Cambio de domicilio en el padrón de habitantes

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Nombre del procedimiento

Cambio de domicilio en el padron de habitantes

Resumen

Procedimiento por el cual se procede a la solicitud y tramitación de cambio de domicilio en el padrón municipal de habitantes

Descripción del procedimiento

Cambio de domicilio en el padrón de habitantes

Organismo que inicia el procedimiento

Oficina de Estadística

Organismo instructor

Oficina de Estadística

Puesto instructor/a expediente

Técnico de Gestión de Estadística

Dependencia instructora expediente

Oficina de Estadística

Organismo que resuelve

Oficina de Estadística

Requisitos para la tramitación

  • Estar previamente empadronado

Pasos a realizar por el ciudadano

  • Autorización para trámites firmada por todas las demás personas mayores de edad que no realizan la solicitud mediante su certificado digital. Puede descargar el impreso en su apartado correspondiente.
  • Para formalizar el cambio de domicilio en el Padrón, además de cumplimentar la solicitud con los datos de todas las personas que desean realizar el cambio, es necesario adjuntar la siguiente documentación:
  • Documento que acredite la identidad de las personas que realizan el cambio (D.N.I., Tarjeta de Residencia, Pasaporte, etc., Libro de Familia para los menores de 15 años)
  • Si alguna de las personas que solicitan el cambio es titular de la vivienda, documento que acredite la ocupación de la vivienda (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato o factura actual expedido por Compañía suministradora de teléfono, agua, electricidad, etc.)
  • En el caso de incorporación de nuevos habitantes a un grupo familiar ya empadronado, impreso de autorización de la persona titular de la vivienda así como del Documento de identifidad del mismo. Puede descargar el impreso en su apartado correspondiente.
  • En el caso de inscripción de menores en un domicilio distinto del de sus padres o tutores: autorización de los padres o tutores y de la persona titular de la vivienda en que se integra el menor, y documento de identidad de los autorizantes y del Libro de Familia. Puede descargar el impreso en su apartado correspondiente.
  • En caso de altas de menores mediando separación o divorcio de los padres o acogimiento, tutela, etc., deberá adjuntarse la correspondiente resolución judicial

Formularios

Clase de iniciación

A instancia de parte

Canal de iniciación

1) Presencia, 2) Web

Tramitación

Inmediata

Modo de tramitación

1) Presencia, 2) Web

Efectos del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos que proceden

  • Recurso potestativo de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.

Información sobre el estado de la tramitación

1. En la Oficina de Estadísticas, sita en Plaza de San Juan de Dios, S/N. 11005 - Cádiz: 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta del ciudadano; 3. En el teléfono de la Oficina de Estadística: 956 241 022 / 956 241 073

Plazo de resolución

3 Meses

Plazos y caducidades

Normativa

  • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Resolución de 21 de julio de 1997 de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 4 de julio de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre actualización del Padrón municipal
  • Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos
  • Orden de 11 de julio de 1.997 del Ministerio de la Presidencia sobre comunicaciones electrónicas entre las Administraciones públicas referentes a la información de los Padrones municipales
  • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
  • Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales
  • Resolución de 9 de abril de 1997 de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de abril, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal
  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local

Resoluciones-Notificaciones

  • 3 meses desde la entrada en registro de la documentación


Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

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Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

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Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

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Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

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