Certificado de contratos de seguros de cobertura de defunción

Actualizado el 28 de abril de 2020
Ver en la web de la administración

Documento que acredita si una persona difunta tiene o no un contrato vigente de seguro de vida o de accidente con cobertura de defunción y, si es el caso con que entidad aseguradora.

No se hacen certificados de:

  • Seguros que instrumentan compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios regulados en el Real decreto 1588/1999, de 19 de octubre.
  • Seguros en los que, en caso de fallecimiento del asegurado, coincidan el tomador y el beneficiario.
  • Contratos suscritos por mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial, mutualidades de profesionales colegiados y mutualidades cuyo objeto exclusivo sea otorgar prestaciones o subsidios de docencia o educación.

¿Cómo se hace el trámite?

El certificado se puede solicitar de manera presencial, por correo ordinario o por internet.

Presencialmente: Dirigirse a la Gerencia territorial de Justicia con la documentación.

Telemáticamente a través de la página web del Ministerio de Justicia. En este caso sólo para defunciones posteriores al 2 de Abril de 2009. No se pueden pedir para inscripciones de defunciones hechas en los Juzgados de Paz

Por correo postal:

Registro de Actos de Última Voluntad

Ministerio de Justicia

Plaza de Jacinto Benavente, 3

28012 Madrid.

El certificado se remitirá por la misma vía por la que se solicitó.

¿Quién lo puede pedir?

Cualquier persona interesada en obtener la información.

Documentación

  • Certificado de defunción.
  • La solicitud, que se presenta junto con el certificado de defunción, el número de identificación fiscal del solicitante y de la persona fallecida.
  • Recibo del pago de la tasa.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

El certificado se puede solicitar transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de defunción de la persona.

Los datos del Registro de Contratos de seguros de cobertura de defunción estarán disponibles durante 5 años a partir de la fecha de defunción.

Los datos de contratos que hayan sido satisfechas sus prestaciones por la entidad aseguradora se cancelarán tan pronto como sea comunicada dicha gestión por la entidad aseguradora.

Precio

    3,70 euros

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

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