Pensión de invalidez no contributiva de la Seguridad Social

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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La pensión por invalidez en su modalidad no contributiva consiste en una prestación económica individualizada, de carácter periódico, a favor de personas entre 18 y 65 años afectadas por una disminución permanente, igual o superior al 65%, de carácter físico, psíquico o sensorial, sin recursos económicos suficientes y que no puedan acogerse al sistema contributivo de pensiones.

¿Cómo se hace el trámite?

Presentar la solicitud junto con toda la documentación.

¿Quién lo puede pedir?

Para personas que:

  • Tengan más de 18 años y menos de 65 años.
  • Residan legalmente en territorio español, durante 5 años, de los cuales 2 deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la pensión.
  • Esten afectados por una disminución o por una enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.
  • No superen el nivel de recursos establecido. La persona beneficiaria, en el momento de solicitar la pensión, no puede disponer de ingresos iguales al importe mensual ni anual de la pensión no contributiva. Tampoco podrán superar el límite de recursos establecido las personas con quien conviva la persona beneficiaria, y que estén unidas a ella por matrimonio o por vínculos de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.

Documentación

  • Fotocopia compulsada del DNI del solicitante.
  • Fotocopia compulsada del DNI del representante (si es el caso) y acreditación de representación cuando firme la solicitud una persona que no sea el beneficiario.
  • Fotocopia compulsada del pasaporte y de la tarjeta del permiso de residencia (en el caso de los extranjeros).
  • Certificado de convivencia y empadronamiento expedido por el Ayuntamiento.
  • Documentación justificativa de la situación laboral y/o ingresos económicos de la persona solicitante y las personas que convivan con ella.
  • Si la persona está separada o divorciada, además de la sentencia debe aportar el convenio regulador establecido.
  • Si la persona está incapacitada legalment, fotocopia comulsada de la sentencia de incapacitaciòn y fotocopia compulsada de la aceptación el cargo de tutor.

Las compulsas pueden hacerse en la misma oficina donde se entrega la solicitud.

¿Dónde se puede hacer?

Precio

    • La cuantía de la prestación es variable y depende de los ingresos personales y de los ingresos de los familiares con quien conviva.
    • Para el 2016, va desde un mínimo de 91,98 euros hasta un máximo de 367,90 euros, por 14 mensualidades al año.
    • Las personas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 75% y sea necesaria la ayuda de otra persona para realizar los actos más elementales de la vida cotidiana, percibiran un incremento del 50%: 551,85 euros por 14 mensualidades.

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