Viviendas con servicios para la gente mayor

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Viviendas de protección oficial de alquiler destinadas a personas mayores, con servicios adaptados a sus necesidades respecto a la movilidad, accesibilidad y pagando un canon adaptado a los ingresos de cada usuario y con servicios (sanitarios, alimentación, etc), que en un momento determinado puedan necesitar en función de su situación y autonomía personal.

Superficie de unos 40 m2, constan de un dormitorio, una sala de estar, una cocina y un baño adaptado. Tienen, también, diferentes espacios comunitarios como salas polivalentes, espacios, exteriores i/o soláriums.

  • Servicio de conserjeria.

  • Servicio de soporte social, mediante la figura de un profesional en trabajo social.
  • Servicio de soporte personal, mediante la figura de un profesional de trabajo familiar o auxiliar de geriatría.
  • Servicio de limpieza de espacios comunes y de los apartamentos.
  • Servicio de teleasistencía.

Además:

  • Luz de emergencia para que el arrendatario se pueda orientar en caso de fallo del suministro eléctrico.
  • Alarma centralizada en el baño y en el dormitorio, que permite avisar en caso de accidente.
  • Cocinas equipadas con placas eléctricas.
  • Enchufes situados a una altura cómoda para evitar esfuerzos innecesarios.

¿Cómo se hace el trámite?

Para acceder, deberá inscribirse en el Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Oficial de Barcelona, indicando la opción correspondiente, a través del teléfono de información y trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Quién lo puede pedir?

  • Personas a partir de 65 años.
  • Unidades familiares o de convivencia máximas de 2 miembros.
  • El precio del alquiler máximo será el que se fije en la calificación definitiva. La renta inicial será¡ la que determine la normativa vigente y se podrá¡ actualizar anualmente, en función de las variaciones del IPC.
  • Ingresos familiares máximos: Deberá¡ acreditar que los ingresos familiares anuales no superen los establecidos en la normativa aplicable. Los ingresos de la unidad de convivencia serán ponderados según el IPREM i la de acuerdo con lo que publica la Generalitat de Catalunya.
  • Ingresos familiares máximos: Los ingresos familiares máximos se establecen en las convocatorias específicas.
  • Residir y estar empadronado en Barcelona. Debe residir de manera continuada, durante el plazo que establezca cada convocatoria especifica. La residencia y el empadronamiento deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del plazo de presentación de las solicitudes. Además, los solicitantes que no tengan nacionalidad española o de un país de la Unión Europea deberán acreditar estar en posesión del permiso de residencia durante el plazo antes citado y en las mismas condiciones especificadas y que este vigente.
  • Los solicitantes no podrán ser titulares en pleno dominio de ninguna vivienda ni bien patrimonial, en los términos que especifica el Reglamento del Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona. En caso de ser titular de una vivienda no accesible y de que se trate de la residencia habitual y permanente del solicitante o el conviviente en el momento de formular la petición deberá formalizarse un documento por el que se compromete a ofrecer habitación en la Red de Mediación para el Alquiler Social (según las condiciones especificadas en el Decreto 244/2005, de 8 de Noviembre, o la normativa que lo sustituya).
  • Los contratos de alquiler se regirán por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) y por la normativa de viviendas de protección oficial y, se formalizarán por un plazo de 5 años renovables, hasta el plazo máximo de duración del período previsto en la calificación definitiva, siempre que se mantengan las condiciones necesarias para acceder a una vivienda del mismo tipo.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Cuando se hace una convocatoria de adjudicación se publican al mismo tiempo las bases de la convocatoria y el listado provisional de personas admitidas por esta tipología de viviendas, en base a su inscripción en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección de Barcelona.

Precio

    Trámite gratuito

Organismo responsable

Trámites relacionados


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Calle Aragó, 328, Barcelona

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