Voto por correo

Actualizado el 28 de abril de 2020
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Información para solicitar y ejercer el derecho de voto por correo, dirigido a electores que o bien por enfermedad, discapacidad o por tener previsto estar ausente el día de las elecciones no podrán desplazarse a su mesa electoral.

Los solicitantes del voto por correo no podrán, en ningún caso, votar personalmente en su mesa electoral.

¿Qué puede hacer?

Puede solicitar el voto por correo.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Ir personalmente con la documentación a cualquier oficina de Correos y rellenar la solicitud. En caso de personas discapacitadas el representante debe aportar la documentación necesaria.

Unos días después, la delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral (INE) envía por correo certificado y con aviso de recibo, la documentación necesaria para realizar el voto, que deberá devolver por correo certificado urgente (gratuito).

¿Quién lo puede pedir?

  • Electores que por enfermedad, discapacidad o por que tienen previsto estar ausentes el día de las elecciones, no podrán ir a su mesa electoral.
  • Un representante con autorización notarial.

Documentación

Para hacer la solicitud de voto por correo:

  • Documentación de identidad: DNI, pasaporte o carné de conducir.

En caso de personas enfermas o incapacitadas que no puedan desplazarse, podrán autorizar a una persona mediante acta notarial que deberá presentar junto a un certificado médico oficial de la persona a la que representa.

Documentación que envía la Oficina del Censo:

  • Hoja informativa
  • Certificado de inscripción al censo
  • Papeletas y sobres de votación
  • Sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Solicitud de documentación: del 3 de mayo al 16 de junio de 2016

Envio de documentación de voto por parte de la Oficina del Censo: del 6 al 19 de junio de 2016

Remisión del voto por correo: hasta el 22 de juny de 2016

Precio

    Trámite gratuito.

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

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Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010


Preguntas frecuentes

¿Tengo que ir presencialmente a entregar mi voto por correo en Barcelona?
¿Puedo pedir el voto por correo para las municipales si vivo fuera de España?
¿Cuánto cuesta pedir el voto por correo en Cataluña?
¿Cómo funciona el voto por correo en Cataluña?
¿Cómo solicito el voto por correo en Barcelona?
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