Derecho de rectificación de datos personales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Derecho de rectificación de datos personales

Derecho de la persona interesada a que se modifiquen sus datos que resulten inexactos o incompletos (Artículo 16 del RGPD)..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona afectada o un representante en nombre suyo.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
1. Pulse sobre el botón Tramitar.
2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
3. Rellene el formulario que se abrirá.
4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Presente la documentación necesaria en la oficina indicada.

Documentación necesaria
  • Instancia específica, indicando de forma clara y detallada que pedís ejercer este derecho, a qué datos se refiere y qué corrección se tiene que hacer.
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte
  • Documento acreditativo de los datos a rectificar
Si es el caso, tenéis que acreditar la representación voluntaria por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna mediante poderes notariales o declaración en comparecencia personal de la persona interesada delante de funcionario público municipal. En este último caso tenéis que comparecer la persona que otorga la representación y la persona que lo aceptará, ambas aportando su documento de identidad original para poder identificaros.
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

Una vez se ha hecho efectiva la rectificación de datos personales se hará una notificación a la persona interesada y a las terceras personas que dispongan de las mismas, que también las tienen que rectificar.

Si fuera el caso, se comunicará el motivo por el cual se considera que la enmienda no procede.

MÁS INFORMACIÓN

El Artículo 16 del RGPD dice:

"Artículo 16. Derecho de rectificación

El interesado tiene derecho a obtener del responsable del tratamiento la rectificación de los datos personales inexactos que lo afectan, sin dilación indebida. Teniendo en cuenta las finalidades del tratamiento, el interesado tiene derecho que se completen los datos personales incompletos, incluso mediante una declaración adicional".

Más información en Protección de datos
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TIEMPO DE RESPUESTA

El Responsable del tratamiento (el Ayuntamiento), respecto de su solicitud tiene que resolver y notificar en el plazo de un mes desde su recepción, por lo cual desde comunicará al interesado la información solicitada o bien el motivo por el cual la rectificación no se considera procedente. En este mismo plazo se contestará a su solicitud, aunque no tratemos sus datos.

En caso de que se considere que el plazo de resolución se tiene que ampliar, también se informará al interesado sobre los motivos de la dilación y las actuaciones realizadas para responder su solicitud.

Si se aprueba su solicitud, se comunicará la rectificación a cada uno de los destinatarios a los cuales se hayan comunicado los datos personales, de acuerdo con lo que establece el artículo 19 RGPD.

Si no se atiende esta solicitud de rectificación, Usted tiene derecho a interponer la reclamación oportuna a la Autoridad Catalana de Protección de Datos para iniciar el procedimiento de tutela de los derechos, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 32/2010, del 1 de octubre de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.

NORMATIVA APLICABLE

  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD).

  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de 2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

  • Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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