Domiciliación del Pago de Impuestos y Tasas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Domiciliación del Pago de Impuestos y Tasas

¿En qué consiste?:

Los ciudadanos que lo deseen pueden domiciliar todos los impuestos y tasas que se cobran periódicamente.

¿Dónde se hace?:

Registro Área Económica Municipal

Presencial

¿Qué se necesita?:

DOMICILIACIÓN

Los ciudadanos que lo deseen pueden domiciliar todos los impuestos y tasas que se cobran periódicamente.

La domiciliación puede ser solicitada en cualquier momento pero, para que surta efectos en el año en el que se solicita será necesario tramitarlo al menos 2 meses antes del comienzo del período recaudatorio.

Alta o cambio de domiciliación en perído de ingreso en voluntaria:

Si la domiciliación se realiza a través de una de las entidades colaboradoras (Abanca, BBVA, Banco Pastor, Banco Sabadell Gallego, Banco Santander o CaixaBank), el propio banco, al enviar el pago del impuesto al Área Económica Municipal ya comunica la domiciliación del recibo.

Si la domiciliación se realiza en otras entidades bancarias, el interesado deberá llevar el cuerpo del recibo que corresponde a la domiciliación debidamente cuñado por el banco al Área Económica Municipal.

Alta o cambio de domiciliación fuera del período de ingreso en voluntaria:

Es necesario dirigirse al Área Económica Municipal y solicitar un impreso para la domiciliación o descargarlo desde la web www.coruna.es.

Dicho impreso, debe estar cuñado por la entidad bancaria correspondiente (en la que se desee domiciliar el recibo), salvo que se aporte certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta, y debe estar firmado por el interesado. Por último, se entregará de nuevo en el Área Económica Municipal.

VALIDEZ

Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.

CANCELACIÓN DE UNA DOMICILIACIÓN

Puede ser solicitada en cualquier momento pero, para que surta efectos en el año en el que se solicita será necesario tramitarlo al menos 2 meses antes del comienzo del período recaudatorio.

Se realizará de manera presencial en el Área Económica Municipal aportando una copia del DNI del contribuyente además del impreso de solicitud

(se puede recoger en la oficina de registro de este Área o descargar a través de la página web www.coruna.es) en el que se indicará el impuesto sobre el que se desea cancelar la domiciliación. En caso de no encontrase en la ciudad, pueden enviarlo por correo postal o mensajería.

La puede realizar cualquier persona, sin necesidad de autorización, siempre que el impreso de solicitud esté firmado por el contribuyente.

¿Cómo se hace?:

Internet

¿Qué se necesita?:

¿Cómo se hace?:

Teléfono

¿Qué se necesita?:

¿Cómo se hace?:

Más información:

Pueden domiciliarse las siguientes tasas e impuestos:

¿Dónde se hace?

-101

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