Ayudas para Acondicionamientos Geriátricos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El Ayuntamiento de Madrid ofrece prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad a aquellos mayores que necesitan realizar adaptaciones en sus viviendas. Está regulado por el artículo 9 de la ordenanza reguladora. BOCM 29 de octubre de 2004.

¿A quién va dirigido?

Personas empadronadas en el Municipio de Madrid que presenten una discapacidad funcional, temporal o permanente, que les impida realizar las actividades de la vida diaria, o cuyas condiciones de vivienda no permitan o dificulten el desarrollo de dichas actividades.

Importe

La ayuda económica, computando cualquiera otra por el mismo concepto otorgada por otra administración pública, está en función de la renta mensual per cápita y de los criterios de valoración establecidos por la Ordenanza. Esta ayuda cubrirá como máximo el 90% del coste del servicio que se subvenciona, debiendo el resto ser aportado por el beneficiario. Para la concesión de la ayuda es imprescindible alcanzar un mínimo de 4 puntos en los criterios de valoración y no superar una renta mensual per cápita de 750 ?.

Puede ver la tabla de aportaciones en la información relacionada.

Requisitos

  • Ser mayor de 65 años.
  • Estar empadronado en el distrito donde se presente la solicitud.
  • Acreditar la situación de necesidad.
  • Aportar la documentación exigida.

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.
  • Presencialmente: en Centros Municipales de Servicios Sociales del Distrito donde se encuentre empadronado el solicitante, con cita previa obligatoria.

Documentación

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'.
  • Documento Nacional de Identidad de los miembros de la unidad familiar que lo posean, y en el supuesto de extranjeros tarjeta de residente.
  • Fotocopia de la documentación relativa a la pensión, siendo válida la fotocopia de la carta que cada año remite la Seguridad Social sobre la actualización de la pensión. Si no se dispone de esta carta, se solicitará certificado en cualquier oficina de la Seguridad Social.
  • Declaración jurada, o promesa, en la que se haga constar que no se ha recibido de otros organismos, y para la misma finalidad, la ayuda que se solicita.
  • Documentos acreditativos de la situación de necesidad, determinantes de la solicitud.

Más Información

Tramitación
  1. Presentación de la solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios'en los centros de Servicios Sociales.
  2. Estudio y valoración, por los técnicos del distrito correspondiente, de la petición y de la necesidad.
  3. Presentación de la documentación requerida.
  4. Elaboración del Diseño de intervención social.
  5. Decreto/Resolución del Concejal-Presidente de la Junta Municipal de Distrito, concediendo o denegando la ayuda económica.
  6. Notificación al solicitante de la Resolución/Decreto, indicando porcentaje de ayuda concedida.
  7. Justificación del gasto acreditado mediante factura de los pagos y gastos realizados.
  8. Comprobación de las ayudas.
Fundamento legal
  • Ley 1/2003 de 27 marzo de 2003. BOE Número 157 de 2 de julio de 2003.
  • Decreto 88/2002 de 30 de mayo de 2002. BOCM Número 136 de 10 de junio de 2002.
  • Ordenanza reguladora del procedimiento de concesión de prestaciones sociales de carácter económico para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social en los servicios sociales del Ayuntamiento de Madrid, septiembre de 2004.
  • Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, de fecha 27 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los Servicios de Atención a Personas Mayores para el año 2017.
Entidad Gestora

Distritos del Ayuntamiento de Madrid

Modelos de formularios

Documentación asociada

Información relacionada


Oficinas de la administración

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE MONCLOA - ARAVACA

PLAZA  MONCLOA,  1 28008  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CARABANCHEL

AVENIDA  PLAZA DE TOROS,  17 28025  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

AGENCIA TRIBUTARIA DE MADRID. REGISTRO

CALLE  SACRAMENTO,  3 28005  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: De lunes a jueves de 8:30 a 17 y viernes de 9 a 14 horas.Verano (agosto) de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE LATINA

AVENIDA  GENERAL FANJUL,  2 28044  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD. REGISTRO

CALLE  MONTALBAN,  1 28014  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CHAMARTÍN

CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  142 28002  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. REGISTRO

CALLE  PRINCIPE DE VERGARA,  140 28002  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE USERA

AVENIDA  RAFAELA YBARRA,  41 28026  MADRID 

Tel. Línea Madrid: 010

Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

TRIBUNAL ECONÓMICO - ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE MADRID (TEAM). REGISTRO

CALLE  MAYOR,  83 28013  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a viernes  será de 8,30 a 14 horas.Cerrado 24 y 31 de diciembre.  

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE FUENCARRAL - EL PARDO

AVENIDA  MONFORTE DE LEMOS,  40 28029  MADRID 

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Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado  

ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. REGISTRO

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Horario: Laborables de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.  


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¿Tiene fecha limite de ejecucion el acondicionamiento geriatrico una vez concedida la ayuda economica?
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