Denuncias Limpieza Pública y Residuos Sólidos Urbanos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

La tipicación de infracciones administrativas vienen recogidas en el artículo 50 (parcialmente derogado) de la Ordenanza Municipal correspondiente.

Además se debe tener en cuenta:

1. Se establece la obligación de los propietarios de terrenos, urbanizaciones de iniciativa particular, edificaciones y carteles , de mantenerlos en las condiciones de funcionalidad, seguridad, salubridad, ornato público y habitabilidad según su destino, y con arreglo a las normas de protección del medio ambiente, del patrimonio histórico y rehabilitación.

El Ayuntamiento ordenará, de oficio o a instancia de cualquier interesado, mediante el correspondiente expediente y previa audiencia de los interesados, la ejecución de las obras necesarias para conservar estas condiciones, con indicación del plazo de realización. En caso de incumplimiento de la orden de ejecución, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria de la misma o a la imposición de multas coercitivas hasta doblegar la voluntar del infractor. (Vid. Art. 199 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia).

2. El abandono, vertido o eliminación incontrolado de residuos urbanos (Vid. Art. 3.b de la Ley 10/1998 y art. 3 de la Ley 10/19997) sin que se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave la salud de las personas constituye una infracción grave (Vid. Art. 34.3.b en relación con el art. 37.2 de la Ley 10/1998) según la Ley 10/1998.

Sanciones: Vid art. 35.1. b) de la Ley 10/1998

3. La no recogida de las defecaciones de animales en la vía pública se sanciona según lo previsto en la Ordenanza Municipal para la protección y tenencia de animales (BOP, nº 119, de 22/06/2000).

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

Tramitar por Internet >>


Presencialmente

Cubriendo el impreso de denuncia y entregándolo en el Registro Municipal del Ayuntamiento.

Documentación requerida

Oficinas

  • Oficina de Medio Ambiente

    Ayuntamiento de Vigo
    Praza do Rei 1
    2ª Planta
    36202 - Vigo
    Teléfonos: 986 810 210 ; 986 810 204

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal

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