Calificación de feria o exposición oficial de la Comunidad de Madrid

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
Plazo indefinido 
  • Referencia


    2539
  • ¿Qué es?


     

    Otorgar la calificación de Feria o Exposición Oficial de la Comunidad de Madrid a las ferias y exposiciones comunicadas y que cumplan los requisitos que la Ley establece para otorgar la oficialidad.

  • ¿Quién puede?

     

    Para otorgar la Oficialidad:
    1. Celebrarse en recintos o instalaciones públicas de carácter permanente.
    2. Tener una superficie neta de exposición superior a los 2.000 metros cuadrados netos y/o superar los 100 expositores directos, de los cuales al menos el 10 por 100 habrán de provenir de fuera del ámbito de la Comunidad de Madrid.
    3. Disponer, en su caso, de resultados de ediciones anteriores que acrediten la viabilidad económica y comercial de la actividad ferial.
    4. Estar dotado de un Reglamento Interno de Participación de los expositores que se atendrá a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid.

  • ¿Qué necesitas presentar?


    1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
    2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.

    Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesado se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

  • Tramitación


    La calificación de una Feria o Exposición Oficial se otorgará por resolución de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Dirección General de Comercio.


  • Efecto de silencio


    Estimatorio
  • Normativa efecto silencio


    Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa


    3 meses
  • ¿Cómo lo solicito?

  • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
    a

    ) Por Internet (Ver cómo tramitar)


    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.

    En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
    b) Presencial
    Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

  • Información complementaria


     

    Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

    Área de Ferias y Artesanía
    Teléfono 91 580 22 49 / 22 31
    C/ Albasanz nº 14.

  • Normativa aplicable


     

    * Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2008, de 26 de junio, de Modernización del Comercio de la Comunidad de Madrid (Texto consolidado).
    * Resolución de 1 de febrero de 2012, de la Dirección General de Comercio, por la que se publican modelos de impresos correspondientes a los procedimientos “Calificación de Feria Oficial de la Comunidad de Madrid” y “Comunicación de Actividades Feriales” (BOCM nº 39, de 15 de febrero).

      Órgano responsable
    • Consejería de Economía, Empleo y Hacienda
      D. G. de Comercio y Consumo
      Plazos y efectos del silencio administrativo
    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo  fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.


    Gestión


    Oficinas de la administración

    Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

    Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

    Tel. 914382275

    D.G. de Industria, Energía y Minas

    Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

    Tel. 915802100

    Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

    Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

    Tel. 917208002

    Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

    Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

    Tel. 913925526

    D.G. de Trabajo

    Calle Princesa 5, 28008, Madrid

    D.G. de Administración Local (CABRERA)

    Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

    Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

    Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

    D.G. de Vivienda y Rehabilitación

    Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

    Tel. 915804474

    D.G. de Transportes

    Calle Orense 60, 28020, Madrid

    Tel. 915802898

    D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

    Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

    D.G. de Función Pública

    Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

    D.G. de Emergencias

    Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

    Tel. 914207642

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.