Pago telemático genérico (modelo 046)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Pago telemático genérico (modelo 046)

    Objeto del trámite

    Sistema de ayuda que, mediante las nuevas tecnologías, facilita el pago del modelo 046 de autoliquidación, empleando la pasarela o plataforma de pagos de la Generalitat.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Este sistema puede ser utilizado por cualquier persona física o jurídica, pudiendo ser el propio obligado tributario o persona distinta de éste.

    Requisitos

    - Disponer de documento nacional de identidad electrónico expedido por el Ministerio del Interior o de certificado reconocido, de persona física o jurídica, emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana (ACCV).
    - El usuario propietario del certificado, debe ser titular o persona autorizada de una cuenta corriente abierta en una entidad financiera colaboradora que tenga habilitado como modalidad de pago el adeudo on-line. No obstante, cada entidad puede tener, adicionalmente, sus propias restricciones de utilización, ajenas al servicio que presta la Generalitat.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Este procedimiento se tramita exclusivamente de forma telemática.

  • ¿Cómo se tramita?

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-pagotelematicogenerico

    Tramitación

    Para utilizar la modalidad de "pago telemático genérico" el ordenante del pago, que podrá ser el propio obligado al pago o persona distinta de éste, deberá reunir los siguientes requisitos:
    1.- Disponer de documento nacional de identidad electrónico expedido por el Ministerio del Interior o de certificado reconocido, de persona física o jurídica, emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana (ACCV).
    Estos certificados digitales se usan para:
    a) Acceder al sistema.
    b) Realizar la petición de cargo en cuenta.
    Para obtener cualquiera de estos dispositivos de creación de firma puede dirigirse a los siguientes puntos de registro:
    ·El certificado digital de la ACCV se puede obtener en los Puntos de Registro de Usuario de la ACCV (PRU).
    Ver enlace en información complementaria: "Punto de Registro más cercano"
    Una vez disponga del Certificado Digital de la GVA, deberá seguir los pasos indicados en la web de la Autoridad Certificadora de la Comunidad Valenciana, en "Requisitos Aplicaciones con Firma Electrónica ":
    Ver enlace en información complementaria: "Requisitos Aplicaciones con Firma Electrónica"
    ·El DNI electrónico se expide por el Ministerio del Interior. Con esta finalidad puede consultar la siguiente dirección:
    Ver enlace en información complementaria: "DNI electronico"
    2.- El usuario propietario del certificado, debe ser titular o persona autorizada de una cuenta corriente abierta en una entidad financiera colaboradora que tenga habilitado como modalidad de pago el adeudo on-line. No obstante, cada entidad puede tener, adicionalmente, sus propias restricciones de utilización, ajenas al servicio que presta la Generalitat.
    Puede consultar el listado de entidades que tienen habilitada la realización del adeudo on-line en el enlace en información complementaria: "Entidades colaboradoras y formas de pago"
    Una vez efectuado el pago, el sistema permite la generación de un justificante de pago con todos los datos resultantes del cargo en cuenta, incluyendo la fecha de operación y el NRC o Número de Referencia Completo que relaciona de forma unívoca el número de justificante de la autoliquidación con el importe ingresado.
    Se deberá conservar el justificante de pago. Este justificante será válido a los únicos efectos del pago, por lo que deberá cumplir, en su caso, con la obligación de presentar la autoliquidación, junto con la documentación adicional que fuere exigible así como con el justificante de pago, ya sea para su formalización por vía telemática o presencial en el centro gestor competente de la Generalitat, en los plazos señalados legal o reglamentariamente, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación al concepto tributario al que corresponda el ingreso realizado.
    Pulse en el enlace 'Comprobación del Código de Verificación Tributaria' para la comprobación del código de verificación tributaria.

  • Información complementaria

    Enlaces

    Comprobación del Código de Verificación Tributaria

    Entidades Colaboradoras y Formas de Pago

    Punto de Registro más cercano

    Requisitos Aplicaciones con Firma Electrónica

    DNI electronico

    Pago telemático genérico

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Lista de normativa

    Manual Usuario Pago Telemático


Oficinas de la administración

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Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

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Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

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Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

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Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

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Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

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Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922


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