PROGRAMA "OPORTUNIDAD EMPLEO JOVEN"

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

La Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo resolverá de forma individualizada sobre la concesión o denegación de las subvenciones previstas en el plazo máximo de dos meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de subvención de conformidad con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de al menos el 50% de una jornada a tiempo completo según el convenio colectivo de referencia.

Quién puede solicitarlo

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden las siguientes entidades:
a) Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades.
b) Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Las Universidades en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.

Requisitos y observaciones

Las entidades solicitantes para poder ser beneficiarias de las subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) No haber sido sancionadas mediante resolución administrativa firme con las sanciones accesorias de exclusión del acceso de ayudas y beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previstas en los artículos 46 y 46.bis del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón, lo que se acreditará en la forma establecida en el punto 3 del apartado noveno de la presente Orden.
c) En el caso de las entidades beneficiarias establecidas en el punto 1. a) del artículo 3 de la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, acreditar que están al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
d) Acreditar, mediante la declaración responsable prevista en el punto 2. e) del apartado noveno de esta Orden, el cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en relación a otras subvenciones que, en su caso, le hubiesen sido concedidas con anterioridad con la finalidad de fomentar la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Horario de atención telefónica: 9:00 a 14:00 .Email: inaem@aragon.es .Teléfono: Servicio de Atención Telefónica: 901 501 000 .Presentar el formulario siguiente cumplimentado y la documentación asociada.

Qué documentación necesito

Junto con la solicitud de la subvención correspondiente y con carácter general, se presentará la siguiente documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos exigidos:
a) En caso de oponerse en el correspondiente modelo de solicitud a que el Instituto Aragonés de Empleo consulte los datos de identidad del representante en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad: DNI o NIE de la persona que solicita la concesión de la subvención o que actúa como representante de la entidad solicitante, debiendo en este último caso acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho.
b) Poder suficiente de la persona representante para actuar en nombre de la entidad o nombramiento oficial y justificación de la competencia para actuar en nombre de la entidad.
c) Memoria descriptiva del proyecto o actividad para la que se solicita subvención, según modelo normalizado que se ponga a disposición de los interesados, en la que se hará constar los siguientes aspectos:
- Denominación, localización y descripción detallada del proyecto o actividad a realizar.
- Coste total presupuestado del proyecto o actividad a realizar.
- Importe de la subvención que se solicita al Instituto Aragonés de Empleo.
- Cualesquiera otras circunstancias de interés que sean útiles para la comprensión y valoración del proyecto.
d) Certificado de la entidad solicitante conforme al modelo normalizado que se ponga a disposición de los interesados en el que se hará constar la aprobación del proyecto para el que se solicita la subvención y, en su caso, la disposición de crédito para financiar la parte no subvencionada por el Instituto Aragonés de Empleo.
e) Declaración responsable conforme al modelo normalizado.
f) Impreso de Relaciones con Terceros debidamente sellado por la entidad bancaria en el supuesto de que con anterioridad no se hubiesen recibido subvenciones del Gobierno de Aragón o de que desee modificar los datos o la cuenta bancaria que ya consten en el Fichero de Terceros disponible en el Instituto Aragonés de Empleo.
g) Cuando la solicitante fuese una entidad local, deberá aportar también certificado comprensivo de los siguientes extremos:
- Que está al corriente en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable.
- Que ha adoptado medidas de racionalización del gasto.
- Que ha presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores, todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
h) Cuando el solicitante fuese una asociación, fundación u otra entidad o institución sin ánimo de lucro, deberá aportar también, certificado del registro correspondiente en el que se acredite: quién ostenta la representación de la misma y la antigüedad en la inscripción que deberá de ser, al menos, de un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención. Igualmente, deberá aportar los estatutos.
Descargar formularios:
1. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
2. MEMORIA DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
3. CERTIFICADO DE APROBACIÓN DEL PROYECTO EXTRAORDINARIO Y DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA
4. DECLARACIÓN RESPONSABLE
5. SOLICITUD DE PAGO
6. INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES
7. PETICIÓN DE INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES
8. DECLARACIÓN RESPONSABLE. REQUISITO DE EDUCACIÓN Y/O FORMACIÓN
9. INFORME DE SELECCIÓN DE TRABAJADORES

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

BASES REGULADORAS: ORDEN EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
CONVOCATORIA 2019:
ORDEN EIE/842/2019, de 9 de julio, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Organismo responsable

Departamento de Economía, Planificación y Empleo

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1795, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

1. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

2. MEMORIA DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

3. CERTIFICADO DE APROBACIÓN DEL PROYECTO EXTRAORDINARIO Y DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA

4. DECLARACIÓN RESPONSABLE

5. SOLICITUD DE PAGO

6. INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES

7. PETICIÓN DE INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES

8. DECLARACIÓN RESPONSABLE. REQUISITO DE EDUCACIÓN Y/O FORMACIÓN

9. INFORME DE SELECCIÓN DE TRABAJADORES


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Oficina Comarcal de MONZÓN

CL RIO VERO 2, 22400, MONZÓN

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