Catalogación de vehículos históricos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Catalogación de vehículos históricos

Departamento / Organismo Autónomo

Desarrollo Económico e Infraestructuras


Órgano gestor

Dirección de Energía, Minas y Administración Industrial


Objeto

Realizar la catalogación / autorización de vehículos históricos.

Destinatarios/as

Vehículos que puedan considerarse históricos según los requisitos definidos en el art. 1 del RD 1247/1995, de 14 de julio.

Normativa reguladora

Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el reglamento de vehículos históricos


Personas de contacto

Delegación Territorial de Álava
Tel.: 945 01 77 70

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Tel.: 943 02 25 00

Delegación Territorial de Bizkaia
Tel.: 94 403 14 00

Documentación a aportar
  • Solicitud general: Deberá incluir los datos del titular del vehículo, así como los del solicitante cuando ambos no coincidan. Los datos del domicilio del titular son especialmente importantes ya que, debido a la obligación de pasar la inspección ITV en una estación ubicada en la provincia de residencia, el domicilio formará parte de la resolución. No se tramitarán expedientes de vehículos cuyos titularres residan fuera de la CAPV.

  • Documentación del vehículo: En el caso de vehículos anteriormente matriculados en España, se presentará fotocopia, junto con el original cuando exista, del certificado de características técnicas del vehículo y del permiso de circulación; en su defecto, certificación de haber estado matriculado y de sus características técnicas expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.

  • Para vehículos procedentes de la Unión Europea se presentará, además de la documentación técnica del mismo, la documentación justificativa de la titularidad del vehículo.

    En el caso de vehículos procedentes de países no pertenecientes a la UE, la documentación exigible al vehículo en su país de procedencia, si se dispone de ella y el Documento Unificado de Aduana (DUA). Certificación del taller en el que se efectuó la reforma.

  • Informe del fabricante, club o entidad de vehículos históricos. Deberá contemplar al menos los siguientes aspectos:
    • Idoneidad de la calificación como vehículo histórico, indicando cuál de las condiciones mencionadas en el art. 1 del RD 1247/1995 reúne para su catalogación como vehículo histórico.

    • Descripción del vehículo (marca, modelo, año de fabricación, nº de bastidor,...) y acreditación de autenticidad del mismo

    • Propuesta justificada de la necesidad de imponer limitaciones a la circulación del vehículo y de conceder exenciones a las pruebas a efectuar en la ITV, que restrinjan la aplicación del Manual de Inspección.

    • Fecha, sello y firma (con nombre, apellidos y cargo del firmante)

  • Informe del laboratorio oficial: Deberá cumplir con lo especificado en el art. 4 del RD 1247/1995 y contener, al menos:

1. Descripción del vehículo:

    • Marca
    • Modelo
    • Tipo/variante
    • Fecha o año de fabricación o de 1ª matriculación

2. Limitaciones a la circulación

Se indicará la existencia y la causa de alguna de las siguientes limitaciones a la circulación:

    • Velocidad
    • Sistemas de alumbrado y señalización
    • Dirección
    • Suspensión
    • Sistema de frenado
    • Dimensiones
    • Nº de plazas
    • Cinturones de seguridad
    • Espejos
    • Otros

En caso de que no existan limitaciones, se indicará expresamente en este campo "ninguna"

3. Exenciones y condiciones de la inspección ITV

Se indicará de forma justificada las exenciones propuestas a las pruebas efectuadas en la ITV, que restrinjan la aplicación del Manual de Inspección.

Se propondrá una frecuencia de inspección técnica. Se recomienda ajustarse a la recomendación del Ministerio de Industria (según acta de la 31ª reunión de coordinación celebrada en Madrid en fecha 11/11/2003):

    • Vehículos entre 25 y 25 años: inspección cada 2 años
    • Vehículos entre 36 y 45 años: inspección cada 3 años

    • Vehículos entre 46 y 55 años: inspección cada 4 años

    • Más de 55 años: inspección cada 5 años.

En caso de poner una frecuencia diferente, el laboratorio deberá justificar debidamente su criterio.

4. El informe debe incluir un apartado en el que se recojan las principales características técnicas del vehículo, a menos que se adjunte una copia del catálogo o publicación el modelo de vehículo que recoja sus características.

5. Inspección del laboratorio: se indicará la fecha de la inspección y el técnico que la ha realizado.

6. El informe debe indicar el nº de bastidor y la posición en el vehículo. En el casi de vehículos que no tengan grabado el nº de bastidor, el laboratorio procederá a troquelar un nº de identificación y lo indicará en el informe.

  • Ficha reducida de características técnicas, según los anexos X y XI del RD 2140/1985 emitida por el fabricante, el club o el laboratorio oficial, acompañada de fotografías en color de los cuatro lados del vehículo.

Tasas a aplicar

Inspección para matriculación de vehículos históricos: Autoliquidación

Plazo de presentacion

A lo largo de todo el año.


Lugar presentación solicitudes

Delegación Territorial de Álava
Samaniego, 2
01008-Vitoria-Gasteiz
Tel.: 945 017770
Fax: 945 017051

Delegación Territorial de Gipuzkoa
Easo, 10
20006-Donostia-San Sebastián
Tel.: 943 022500
Fax: 943 022542

Delegación Territorial de Bizkaia
General Concha, 23
48010-Bilbao
Tel.: 94 4031400
Fax: 94 4031445

Descripción de los trámites

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Órgano que resuelve

Dirección.


Plazo de resolución

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Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Solicitud general

  • Modelo de Informe del fabricante, club o entidad de vehículos históricos
  • Modelo de Ficha reducida de las características técnicas
  • Otros documentos

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    Observaciones

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    Nota

    Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


    Fecha de la última modificación

    07/01/2016



    Oficinas de la administración

    Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto

    Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao

    Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional

    Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria

    Artatzu Goiko Irale Irakastegia

    Camino Artazu 5, 48003, Bilbao

    Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria

    Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi

    Centro Territorial de Gipuzkoa

    Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián

    Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos

    Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao

    Delegacion Territorial de Araba-Educacion

    Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz

    Cip Samaniego IPI

    Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz

    Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa

    Calle Asturias 9, 48015, Bilbao

    Fundación Basque Team Fundazioa.

    Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo

    Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco

    Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz

    Delegación Territorial de Bizkaia

    Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao

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    Expansión
    EFE Emprende
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