Declaración de un recurso de la Sección B) (Aguas minerales)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Autorizar la explotación de recursos de la Sección B) como aguas minerales (minero industriales, medicinales, y termales), estructuras subterráneas, yacimientos de origen no natural existentes en la Comunidad de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier personal física o jurídica.

Lugar y Forma de presentación

Presencial:

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

“AGUA MINERAL NATURAL” Y “AGUA DE MANANTIAL”

  • Documentación del Anexo II del Real Decreto 1798/2010, de 30 de diciembre por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano.

“AGUAS MINERO MEDICINALES TERAPÉÚTICAS”, “AGUAS MINERO INDUSTRIALES” Y “AGUAS TERMALES”

  • Instancia en la que se indique situación y características del acuífero o manantial y otros datos determinantes.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución

  • 3 meses. En la tramitación de la declaración de aguas minerales naturales hay que efectuar una recogida de muestras durante un año a partir de la solicitud, con lo que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de una año + tres meses.

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial de la Provincia.

Recursos

  • Reposición.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

  • Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-07-1973)
  • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE 11-12-1978)
  • Real Decreto 1798/2010, de 30 diciembre, por el que se regula la explotación y comercialización de aguas minerales naturales y aguas de manantial envasadas para consumo humano (BOE 19-01-2011)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicios Territoriales de Economía

Órgano que resuelve:

Consejería de Economía y Hacienda

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Información de tasas

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