Fusión de COLEGIOS PROFESIONALES de distinta profesión

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Objeto

Atribución de personalidad jurídica a la Corporación Pública que se crea.

¿Quién lo puede solicitar?

Colegios Profesionales

Lugar y Forma de presentación

Electrónico:

¿Qué documentos necesito?

  • Solicitud, en modelo normalizado, suscrita por la Comisión Gestora, en la que deberán constar los datos de identificación de los Colegios afectados, número del registro de los mismos y fecha de inscripción.
  • Certificación de las Juntas Directivas de los Colegios afectados en la que se ponga de manifiesto a la Administración Autonómica la composición de la Comisión Gestora, a los efectos previstos en el artículo anterior.
  • Certificación acreditativa de los acuerdos favorables a la fusión, adoptados por los Colegios afectados en la forma prevista estatutariamente.
  • Certificación de las Asambleas Generales de los Colegios afectados acreditativas de la aprobación de los Estatutos o sus modificaciones. Al efecto, se remitirá copia autentificada de los Estatutos o modificaciones aprobadas.
  • Informe del Consejo de Colegios de Castilla y León, si existiere, sobre la fusión.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución

  • 3 MESES.

Notificación

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Legislación aplicable

  • LEY 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales (BOE 15-02-1974).
  • LEY 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 10-07-1997).
  • DECRETO 26/2002, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Castilla y León (BOCyL 27-02-2002).

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Colegios Profesionales

Órgano que resuelve:

Junta de Castilla y León

Información adicional

  • La Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero competente en materia de colegios profesionales, remitirá a las Cortes Regionales el Proyecto de Ley.
  • Una vez aprobada la Ley se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León y el órgano gestor practicara las inscripciones que procedan en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León.

Tramitación electrónica

Descargas


Oficinas de la administración

Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia

Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia

Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca

Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes

Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo

Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León

Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún

Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo

Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos

Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano

Equipo General Villafranca del Bierzo

Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo

Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca

Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca

Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)

Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro

Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos

Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz

Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia

Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia

Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos

Calle Góngora 1, 09340, Lerma

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