Reconocimiento de situación de Dependencia

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Reconocer la situación de dependencia de los solicitantes, en el grado y nivel que corresponda, así como el derecho a las prestaciones derivadas de dicha situación.

El procedimiento incluye las opciones de:
a) Reconocimiento inicial de la situación de dependencia.
b) Establecimiento del Programa Individual de Atención (PIA) y reconocimiento de las prestaciones
c) Revisión del grado y nivel de dependencia y de las prestaciones

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier persona física que se encuentre en una situación de dependencia.

Lugar y Forma de presentación

Por teléfono
Si desea ayuda para rellenar la solicitud, llámenos al teléfono: 902 106 060
Si prefiere que le llamemos nosotros, podemos hacerlo si nos facilita su número de teléfono.


De manera presencial
También puede acudir a los Centros de Acción Social "CEAS" dependientes de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos con más de 20. 000 habitantes. Para garantizar la correcta tramitación desde el principio, sería aconsejable que cuente con la ayuda de un profesional antes de proceder a cumplimentar la documentación y en cualquier caso leer atentamente las instrucciones de la solicitud.


Busque el Centro de Acción Social más próximo a su domicilio (pinchar)

Preguntas frecuentes sobre DEPENDENCIA

Las personas que se encuentren en un centro residencial, pueden solicitar la ayuda de la dirección del centro.

También puede informarse a través del teléfono 012.

OFICINAS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD


ELECTRÓNICO

¿Qué requisitos debo cumplir?

Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

¿Qué documentos necesito?

Informe sobre condiciones de salud emitido en modelo normalizado.
Documentación acreditativa de los ingresos indicados en el modelo normalizado de solicitud.
Documentación acreditativa del parentesco en caso de solicitar la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.
Documentación acreditativa de la representación, en su caso.

Plazo de resolución

  • El plazo máximo entre la fecha de entrada de la solicitud y la de la resolución de reconocimiento de la prestación será de 6 MESES.
  • La resolución de reconocimiento de la situación de dependencia de los menores de tres años se dictará en el plazo máximo de 30 DÍAS NATURALES.

Notificación

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Legislación aplicable

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE 15-12-2006). MODIFICADA por Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio
  • RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2011, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se determina el contenido de los servicios de promoción de la autonomía personal. (BOCyL 23-06-2011)
  • RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2015, del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se establecen los precios de referencia de los servicios adquiridos mediante prestación económica vinculada. (BOCyL 12-01-2015)
  • ORDEN FAM/824/2017, de 30 de abril, por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (Versión consolidada - enero 2018)
  • ORDEN FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales. (BOCyL 15-01-2018)

Organismo

Consejería / Centro Directivo:

Protección de los datos de carácter personal

Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (366 kbytes)

Tramitación electrónica

Descargar formulario

Descargas

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Ayudas:


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