Servicio de Atención Domiciliaria de la Infancia

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Este servicio se dedica, exclusivamente, al cuidado de la prole de las mujeres, con escasos recursos económicos y falta de apoyos socio-familiares. Se denomina servicio a los desplazamientos que la cuidadora realiza al domicilio de la beneficiaria o lugar indicado para el cuidado de los menores.

A quién está dirigido

Mujeres, con escasos recursos económicos y falta de apoyos socio-familiares, que por su incorporación al mercado laboral, por ampliación de formación, por su participación en actividades socioculturales y deportivas o en otro plano, en situaciones de emergencia como los casos que teniendo algún familiar hospitalizado, la madre y el padre no pueden cuidar en aquellas horas, de sus hijas e hijos.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Mediante cita previa a través del correo electrónico info.muller@vigo.org con la trabajadora social del Centro Municipal de Información de los Derechos de la Mujer (CMIDM). La solicitud se hará con una antelación mínima de 3 días aunque se atenderán casos de imprevistos.

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Presencialmente

Mediante cita previa con la trabajadora social del Centro Municipal de Información de los Derechos de la Mujer (CMIDM). La solicitud se hará con una antelación mínima de 3 días aunque se atenderán casos de imprevistos.

Documentación requerida

  • Libro de Familia
    Fotocopia compulsada.
  • Justificante del motivo por el que solicita el servicio
  • DNI
    Fotocopia compulsada.
  • Documentación Complementaria
    Cuando por distintas razones no se puedan acreditar las rentas mensuales o se produzcan causas sobrevenidas que afecten a los recursos de la unidad familiar, la trabajadora social del Centro Municipal de Información de los Derechos de la Mujer podrá solicitar otros documentos.
  • Justificante de ingresos mensuales de la unidad familiar
    Última nómina, certificado de prestaciones públicas, etc.
  • En el caso de carecer de ingresos
    • Vida Laboral
  • Justificante / Volante de Empadronamiento

Observaciones

- Se establece como máximo 4 horas diarias de prestación del servicio por cada usuaria o colectivo beneficiario, en un horario comprendido entre las 7 y las 23 horas .

- El servicio se hará desde la hora concedida hasta que la usuaria o persona adulta en quien delegue regrese, hora que será previamente estipulada , aunque en ningún caso se dejarán a las niñas y niños sós ni al cuidado de menores de edad.

- En el caso de cuidado colectivo, este se realizará en una sala que reuna las condiciones de seguridad y hixiene previstas en la legislación vixente.

- Los niños/las beneficiarios del servicio serán los que teñan una edad inferior a los 12 años.

Criterios para servicios individuales:

El límite de ingresos de la unidad familiar para tener derecho al servicio estípulase en función del IPREM fijado en los Presupuestos Generales del Estado para cada año.

Límite de ingresos para tener derecho al servicio:

Unidad familiar con un hijo/a: valor mensual del IPREM+50%

Por cada nuevo hijo/a se incrementará la cuantía anterior un 20% del IPREM.

En el caso de que uno o una de las menores a su cargo tenga reconocido el grado de dependencia el porcentaje del valor del IPREM a tener en cuenta se incrementá en un 20%.

Oficinas

  • Centro Municipal de Información de los Derechos de la Mujer

    C/ Romil 20
    36203 Vigo
    Teléfono: 986 293 963
    Fax: 986 201 153
    Email: info.muller@vigo.org

    Horario: De lunes a viernes de 10:00 a 14:00 horas.
    El jueves además de 17:00 20:00 horas.

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