Ocupación de vía pública temporal por personas | Ayuntamiento de Almería
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Área de Ciudad Activa, Movilidad Urbana y Deporte
Ocupación de vía pública temporal por personas
No afectada por:
–Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión.
-Actividades comerciales de compraventa.
–Zonas de servidumbre de la zona marítimo-terrestre.
–Contenedores de obra.
–Sillas y veladores.
Unidad tramitadora
Unidad de Administración y Concesiones




