Ayudas a mujeres solas con cargas familiares

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Ayudas a mujeres solas con cargas familiares

Descripción del procedimiento

Son ayudas económicas de carácter municipal destinadas a proporcionar un nivel de renta mínima a mujeres con cargas familiares no compartidas complementando sus medios económicos propios hasta un mínimo que varía en función del tamaño de la unidad familiar. Tienen carácter de complemento de los rendimientos del trabajo o del patrimonio personal y de la cobertura de otros sistemas de protección y se conceden por un periodo de 12 meses prorrogables por períodos de inferior o igual duración. Para acceder a la ayuda se exige a las solicitantes que hayan ejercido con carácter previo a la solicitud de la ayuda "los derechos de los que pueda ser acreedora la interesada o lo miembros de su unidad familiar". Se trata de una ayuda incompatible con la percepción del Salario Social Básico. Se define como una contraprestación, ya que exige a sus beneficiarias, dentro del proyecto de intervención social formalizado con cada una de las mismas, el cumplimiento de aquellos compromisos que pudieran coadyuvar en la superación de sus necesidades sociales.

Descripción abreviada del procedimiento

Son ayudas económicas destinadas a proporcionar un nivel de renta mínima a mujeres con cargas familiares no compartidas complementando sus medios económicos propios hasta un mínimo que varía en función del tamaño de la unidad familiar.

Quién

Mujeres con cargas familiares no compartidas. Se entiende por cargas no compartidas el tener hijos menores de 26 años que convivan de forma permanente con la solicitante. Se presumirán compartidas cuando la solicitante mantenga relación análoga a la conyugal, así como la amistad o convivencia en el mismo domicilio.

Información adicional

Reglamento de 6 de agosto de 2001, publicado en el B.O.P.A. de 25 de agosto de 2001, con modificaciones posteriores publicadas en el B.O.P.A. de 28 de febrero de 2004 y de 15 marzo de 2006.

Documentación a presentar

  • Solicitud, según modelo.
  • Copia del D.N.I. o tarjeta de residente en caso de nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea.
  • Certificados y documentos acreditativos de los recursos e ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, solicitante e hijos menores de 26 años que convivan con ella, expedidos por la empresa u organismo competente (nóminas, pensiones, copia de la última declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, certificado del Instituto Nacional de empleo en caso de desempleo, sentencia judicial o cualquier otro de análoga naturaleza que para el estudio de su situación personal le pudiera solicitar el profesional correspondiente)
  • Declaración responsable para situaciones que no puedan ser acreditadas documentalmente.
  • Presupuesto de gastos de la unidad familiar, si fuera posible.

Dónde

La solicitud se realiza a través del Centro de Servicios Sociales más cercano a su vivienda habitual. Para más información sobre el centro que le corresponde o las características de la prestación pueden consultar el callejero con la distribución de Centros en la ciudad o llamar al teléfono 985 18 28 51.

Canales de solicitud

Teléfono

No disponible actualmente

Web

No disponible actualmente

Cajeros ciudadanos

No disponible actualmente

Presencial

No disponible actualmente

Móvil

No disponible actualmente

Correo ordinario

No disponible actualmente

Fax

No disponible actualmente

Importe tasas

Gratuito

Palabras clave

Servicios Sociales, mujer, Sede electrónica, Gijón

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Oficinas de la administración

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