Ayuntamiento de Palma de Mallorca

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    FASE 1. Documentación a aportar para el inicio de las obras

    • Comunicación previa para el inicio de las obras ligadas a una actividad permanente menor o inocua (modelo 4) debidamente cumplimentada
    • Plano de situación y del estado actual
    • Croquis de las obras a realizar
    • Presupuesto desglosado
    • Certificado técnico de la obra, si procede

    FASE 2. Documentación a aportar para el inicio y ejercicio de la actividad

    • Declaración responsable de inicio y ejercicio de actividad permanente (modelo A1) debidamente cumplimentado
    • Fotografía en la que se vea con claridad el acceso para persones con movilidad reducida

    Toda la documentación se ha de aportar también en formato digital pdf

    En el Registro General de las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC) o en cualquiera de los órganos de las administraciones públicas que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
    • Autoliquidación generada por el Registro General a la vista de la documentación que se presenta, según tasa fijada en la Ordenanza fiscal municipal del año en curso
    • La cuantía puede variar en función de la superficie de la actividad, de la categoría de vía pública donde se ubique el establecimiento, el tipo de actividad, etc.
    • Mediante tarjeta financiera en el Registro General en el momento de la presentación de la documentación
    • Pago el día de presentación de la documentación o al día siguiente en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la autoliquidación, o por Internet en la página web del Ayuntamiento de Palma (https://pagaments.palmademallorca.es)
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre)
    • Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 16 de febrero)
    • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 29 de diciembre)
    • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (BOE núm. 266, de 6 de noviembre)
    • Ordenanzas fiscales y de precios públicos del Ayuntamiento de Palma
    • Otras ordenanzas municipales según la actividad solicitada

    La normativa municipal se puede consultar desde esta web accediendo por "El Ayuntamiento>Urbanismo>Normativa"

    Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos

    Gerencia de Urbanismo

    Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna

    Av. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)

    07006 Palma

    Tel. 971225900 (ext. 8238 / 8240)

    A petición de la persona interesada
    Modelos de formularios normalizados bien cumplimentados y acompañados de la documentación indicada en los mismos

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    La licencia de actividad (documento informativo) (279 KB)

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    Proceso de la comunicación previa de las obras (documento informativo) (73 KB)

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    Instrucciones para cumplimentar la comunicación previa de las obres (leer antes de cumplimentar la CP) (46 KB)

    Instrucciones para cumplimentar la declaración responsable (leer antes de cumplimentar la DR) (36 KB)

    COMUNICACIÓN PREVIA PARA EL INICIO DE LAS OBRAS LIGADAS A UNA ACTIVIDAD PERMANENTE MENOR O INOCUA (modelo 4) (139 KB)

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    • Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 16 de febrero)
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    COMUNICACIÓN PREVIA DE INSTALACIÓN DE ACTIVIDAD PERMANENTE MENOR (modelo A5) (111 KB)

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    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre)
    • Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 16 de febrero)
    • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 29 de diciembre)
    • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (BOE núm. 266, de 6 de noviembre)
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    • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 29 de diciembre)
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    • Certificado de la dirección de la obra
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    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre)
    • Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 16 de febrero)
    • Ley 12/2016, de 17 de agosto, de evaluación ambiental de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 20 de agosto)
    • Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 29 de diciembre)
    • Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (BOE núm. 266, de 6 de noviembre)
    • Ordenanzas fiscales y de precios públicos del Ayuntamiento de Palma
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    Gerencia de Urbanismo

    Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna

    Av. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)

    07006 Palma

    Tel. 971225900 (ext. 8238 / 8240)

    A petición de la persona interesada
    Modelos de formularios normalizados bien cumplimentados y acompañados de la documentación indicada en los mismos

    Departamento de Actividades y de Seguridad de los Establecimientos

    Gerencia de Urbanismo

    Área de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna

    Av. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)

    07006 Palma

    Tel. 971225900 (ext. 8238 / 8240)

    No aplica
    Sin clasificar

    Para más información descargue los documentos informativos

    Leer atentamente las instrucciones para cumplimentar los modelos

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Modificación de las actividades (documento informativo) (110 KB)

    Instrucciones para cumplimentar la comunicación previa de modificación simple de actividad permanente (leer antes de cumplimentar la comunicación) (47 KB)

    COMUNICACIÓN PREVIA MODIFICACIÓN SIMPLE DE ACTIVIDAD PERMANENTE (modelo A8) (170 KB)

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Indiferente: personas físicas, personas jurídicas...
    • Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de actividad itinerante (modelo A15)
    • Resolución de inscripción en el Registro Autonómico de Actividades
    • Certificado técnico final de montaje e instalación (previamente al inicio de la actividad)
    • Plano de emplazamiento.
    • Acreditación de la autorización del organismo competente cuando se ubique en dominio público.
    En el Registro General de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC), o en cualquiera de los órganos de las Administraciones Públicas que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
    • Autoliquidación generada por el Registro General a la vista de la documentación que se presenta, según tasa fijada en la Ordenanza fiscal municipal del año en curso.
    • Mediante tarjeta financera en el Registro General en el momento de presentación de la documentación.
    • Pago el día de presentación de la documentación o al día siguiente en qualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la autoliquidación, o por Internet en la página web del Ayuntamiento de Palma (https://pagaments.palmademallorca.es)
    • La cuantía es fija.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre).
  • Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB nº. 166, de 30 de noviembre).
  • Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    A petición de la persona interesada
    Titular de la actividad (quien pretenda desarrollarla)
    Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    Sin clasificar
    Sin clasificar
    Estas actividades no requieren permiso de instalación. No obstante, no se podrá empezar a ejercer la actividad hasta que se haya presentado toda la documentación solicitada una vez acabado el montaje de la actividad.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    (A15) Declaración responsable de instalación, inicio y ejercicio de actividad itinerante (209 KB)

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Más información

    Indiferente: personas físicas, personas jurídicas...

    Si hay firma de quien cede la actividad:

  • Fotocopia del documento de identidad del nuevo titular
  • Fotocopia del documento de identidad de quien cede la actividad
  • Fotocopia del documento que acredita su representación si quien cede la actividad o el nuevo titular es una persona jurídica, una comunidad de bienes o una comunidad de propietarios
  • Si no hay firma de quien cede la actividad:

  • Fotocopia del documento de identidad del nuevo titular
  • Fotocopia del documento que acredita su representación si el nuevo titular es una persona jurídica, una comunidad de bienes o una comunidad de propietarios
  • Fotocopia de un documento que acredite su derecho (contrato de alquiler, alta del impuesto de actividades económicas -IAE-, acta de constitución de comunidad de propietarios si se trata de un garaje, aparcamiento o vado, etc.)
  • Certificado emitido por técnico/a competente que acredite que no se han efectuado modificaciones sustanciales en la actividad de acuerdo con lo que prevé el artículo 12 de la Ley 7/2013, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears
  • En el Registro General de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC), o en cualquiera de los órganos de las Administraciones Públicas que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
    No devenga tasa
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre)
    • Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Illes Balears (BOIB nº 166, de 30 de noviembre)
    Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    A petición de la persona interesada
    Nuevo explotador de la actividad
    Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    No aplica
    El Ayuntamiento comunicará al nuevo titular el estado actual de la tramitación del expediente que se traspasa. El nuevo titular se subroga en los derechos y obligaciones del anterior titular, entre estos continuar la tramitación y presentar la documentacion que resta y la declaración responsable de la actividad.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    (A14) Comunicación de transmisión o cambio de titular de actividad (103 KB)

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Indiferente: personas físicas, personas jurídicas...
    Solicitud
    En el Registro General de las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC), o en cualquiera de los órganos de las Administraciones Públicas que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015
    El plazo de tramitación es de 3 meses
    • Tasa de expedición de documentos administrativos fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso
    • La cuantía puede variar en función de lo solicitado (según el número o tipo de folios, el número de copias, la existencia de planos para fotocopiar, la antigüedad del expediente...)
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre)
    Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    A petición de la persona interesada

    Ser interesado, según las condiciones del artículo 4.1 de la Ley 39/2015:

  • a) Titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos
  • b) Quienes, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que se adopte
  • c) Aquéllos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento antes de que se haya dictado la resolución definitiva
  • Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Toda persona física que tenga conocimientos de hechos que pueden constituir infracción en materias competencia del Departamento de Actividades puede reclamar los servicios de inspección municipal. A estos efectos se consideran infracciones en materia de Actividades, las acciones y omisiones de los sujetos responsables tipificadas y sancionadas en la normativa municipal y sectorial de Actividades.
    Para que el Servicio de Denuncias de Actividades pueda decidir iniciar una investigación es obligatorio presentar DENUNCIA según el modelo establecido. Si la denuncia se presenta por vía postal o en los registros sin personarse el denunciante, se exigirá adjuntar copia del DNI del denunciante y el personal municipal verificará los datos de identidad.

    El modelo de denuncia de actividades establecido se puede descargar desde la web. También se puede obtener personándose a la Oficina de Atención al Ciudadano de la Gerencia de Urbanismo, así como en el resto de Oficinas de Atención al Ciudadano.

    El plazo de tramitación es de 6 meses
    • Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades de las Islas Baleares (BOIB nº. 21, de 16 de febrero)
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre)
    • Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares (BOIB nº. 166, de 30 de noviembre)
    Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    De oficio
    El Servicio de Denuncias de Actividades decidirá iniciar una investigación para comprobar los hechos denunciados siempre que:
  • El escrito de denuncia de actividades sea el modelo establecido y se encuentre debidamente cumplimentado y contenga todos los documentos que se indiquen justificativos de los hechos denunciados y de la identidad del denunciante, representante legal o representado.
  • Se haya mejorado el escrito de denuncia presentado, previo requerimiento municipal dentro del plazo establecido.
  • Se trate de un escrito de denuncia por actividad.
  • Departamento de Actividades y Seguridad de los Establecimientos
    Avda. Gabriel Alomar, 18 (2ª planta)
    07006 Palma de Mallorca
    Teléfono: 971 22 59 00 (centralita)
    Desestimatorio
    La resolución pone fin a la vía administrativa
    Contra la resolución que archiva la denuncia no se puede interponer ningún recurso.

    Conforme con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la denuncia puede justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.

    La potestad de iniciar el procedimiento de comprobación de los hechos denunciados corresponde a la Administración y el efecto del silencio es negativo.

    Si los hechos denunciados no son constitutivos de infracción o como resultado de la fase de comprobación no se constata su comisión se procederá al archivo de la denuncia.

    La resolución administrativa que decide archivar la denuncia pone fin a la vía administrativa.

    Qué tipo de actuaciones no se admitirán como denuncias en materia de actividades? Conforme con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en ningún caso se admitirán como denuncias administrativas de actividades:

  • Las comunicaciones ciudadanas presentadas mediante correo electrónico, whatsApp o teléfono.
  • Los escritos de denuncias que no contengan todos y cada uno de los campos de información del modelo de denuncia de actividades establecido.
  • Las denuncias sin fundamento o que resulten ininteligibles.
  • Las denuncias que coincidan con los asuntos que conozca un órgano judicial.
  • Las denuncias anónimas o que no quede acreditada la verdadera identidad del denunciante, representante legal o representado.
  • Las que manifiesten mala fe o uso abusivo del procedimiento con el interés de perturbar o paralizar la Administración (denuncias de contenido idéntico o que reiteran hechos ya denunciados que son objeto de investigación).
  • Las denuncias que se refieran a materias cuya vigilancia no corresponde al Departamento de Actividades.
  • Qué información tiene derecho a recibir el denunciante?

    Una vez formalizada la denuncia el denunciante tendrá derecho a recibir información respecto a su admisión o no.

    Si se admite la denuncia, el denunciante no podrá alegar la consideración de interesado a ningún efecto durante la fase de investigación, la cual se orientará a determinar, por los servicios de inspección municipal, con la mayor precisión posible, los hechos denunciados susceptibles de motivar la incoación de los procedimientos de infracción y sancionador, la identificación de la persona o personas responsables y las circunstancias relevantes que concurran.

    Concluida la fase de comprobación de la denuncia, si el resultado es el archivo de la misma, así se comunicará al ciudadano mediante escrito motivado en el cual, cuando sea posible, se le informará del procedimiento adecuado para defender sus intereses.

    En el supuesto que la denuncia dé lugar a la incoación de un procedimiento de infracción y/o sancionador, esta circunstancia se notificará al denunciante.

    La presentación de denuncia no confiere por sí misma la condición de interesado en los procedimientos que se llevarán a cabo como consecuencia de la fase de comprobación de los hechos denunciados. El denunciante podrá tener, en su caso, la condición de interesado, en los términos y con los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley 7/2013, de 26 de noviembre, Ley 6/2019, de 8 de febrero y Decreto 14/1994, de 10 de febrero.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    (A22) Denuncia de actividades (71 KB)

    Acreditación frente a la Gerència d'Urbanisme (53 KB)

    Apoderamiento APUD ACTA con comparecencia presencial

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.