Autorización previa Construcciones Industriales. (X157)

Actualizado el 17 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Autorizar construcciones industriales en zonas permitidas,garantizando seguridad,salubridad y protección del medio ambiente.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas.

Requisitos principales

  • Instancia General
  • Fotocopia del NIF/DNI
  • Acreditación de representación
  • Memoria justificativa
  • Documentación Gráfica

Duración del trámite

3 meses

Descripción

En casos justificados,podrán autorizarse mediante licencia municipal,construcciones destinadas a fines industriales en las zonas permitidas,cuando la seguridad,salubridad y protección del medio ambiente quedaren suficientemente atendidas y el propietario asumiera las obligaciones que le correspondan,mediante inscripción en el Registro de la Propiedad.

Impresos relacionados

Normativas

Plazo de Resolución

3 meses

Silencio Administrativo

POSITIVO

Recursos que proceden

  • Recurso de Reposición
  • Recurso Contencioso-Administrativo

Formas de tramitación

Presencial

Lugar de Presentación

Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Urbanismo)

Documentación

  • Instancia General
  • Fotocopia del NIF/DNI
  • Acreditación de representación,en su caso,tanto a título particular,legal o profesional.
  • Memoria que justifique la autorización que se solicita,en la que se incluya:
  • a) Descripción de la actuación para la que se solicita autorización,propuestas que se realizan,medidas correctoras,junto con referencias de carácter legal,urbanístico y técnico para el cumplimiento del artículo 16.3 de la Ley Urbanística de Aragón y artículo 2.1.3 del Capítulo 2.1 de las Normas Urbanísticas del P.G.O.U. y demás normativa vigente.
  • b) Situación actual con descripción de los condicionantes legales y urbanísticos,características de la parcela,antecedentes,cesiones,alineaciones,etc.
  • c) Descripción de las soluciones propuestas para las infraestructuras inexistentes o deficitarias y/o en su caso se constate la existencia de infraestructuras.
  • d) Otras referencias necesarias aplicables al caso específico.
  • Documentación Gráfica (con referencia a la cartografía municipal):
  • a) Planos de situación,de la parcela y de estado actual que refleje,en su caso,la edificación existente con la precisión que permita comprobar el cumplimiento de los parámetros urbanísticos.
  • b) Planos de la propuesta que definan suficientemente la actuación para la que se solicita autorización.
  • c) Planos definitorios de las soluciones propuestas y de las infraestructuras,(abastecimiento,vertido,accesos,otros servicios,etc.) Con reflejo tanto de las características básicas de las infraestructuras existentes como de las propuestas.
  • d) Planos que reflejen expresamente alineaciones y superficies de parcela neta y de cesión (adjuntando copia del acta oficial de alineaciones y rasantes emitida por el Servicio de Información Geográfica de este Ayuntamiento).
  • Otra documentación:
  • a) Nota simple del Registro de la Propiedad de titularidad y cargas.
  • b) Reportaje fotográfico que refleje la situación actual de la parcela y zonas de acceso propuestas.
  • c) En su caso autorizaciones de organismos competentes,terceros afectados,etc.

Proceso

CITA PREVIA

  • Para el inicio del trámite de forma presencial se debe solicitar Cita Previa en la Agenda de Cita Previa >> Sección Técnica de Información,Admisión y Control de Solicitudes,del Servicio del Servicio de Información y Atención al Ciudadano

  • Solicitud de Cita Previa

  • Presente la solicitud en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida.

  • En el momento de la presentación de la solicitud,se verificará la documentación aportada,dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación,notificándose el resultado,con acuse de recibo,al solicitante.

  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud,se requerirá al interesado para que,en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,con indicación de que,si así no lo hiciera,se tendrá por desistido de su petición,previa Resolución y Notificación.

  • Remisión del expediente al Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión.

  • Informes técnicos y jurídico

  • Resolución

  • Notificación.


Preguntas frecuentes


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