CONVOCATORIA DE CONCURSO PÚBLICO PARA EL OTORGAMIENTO DE 39 LICENCIAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL POR ONDAS HERTZIANAS TERRESTRES (TDT LOCAL Y FM), CON ÁNIMO DE LUCRO

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

6 meses desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Adjudicación de 27 licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres (TDT local) con ánimo de lucro

Quién puede solicitarlo

Prestadores de servicios de comunicación audiovisual que tengan un ámbito de cobertura de emisión autonómico o local aragonés, así como los titulares de participaciones significativas en dichos prestadores

Requisitos y observaciones

Para ser titular de una licencia será necesario, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual y demás normativa de aplicación, cumplir los siguientes requisitos:
1. En el caso de personas físicas, tener la nacionalidad de un Estado miembro del Espacio Económico Europeo o la de cualquier Estado que, de acuerdo con su normativa interna, reconozca este derecho a los ciudadanos españoles.
2. En el caso de personas jurídicas, tener establecido su domicilio social en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo o en cualquier Estado que, de acuerdo con su normativa interna, reconozca este derecho a las empresas españolas.
3. El titular debe tener un representante domiciliado en España a efectos de notificaciones.
4. En el caso de personas jurídicas:
- el objeto social, sus estatutos, reglas fundacionales o equivalente, deberá incluir necesariamente dentro de su objeto, fines o ámbito de actividad, la prestación de servicios de comunicación audiovisual televisivos y/o radiofónicos, en su caso.
- la participación en su capital social de personas físicas o jurídicas nacionales de países que no sean miembros del Espacio Económico Europeo deberá cumplir el principio de reciprocidad.
Además, la participación individual de una persona física o jurídica nacional de países que no sean miembros del Espacio Económico Europeo no podrá superar directa o indirectamente el 25% del capital social. Asimismo, el total de las participaciones en una misma persona jurídica de diversas personas físicas o jurídicas de nacionales de países que no sean miembros del Espacio Económico Europeo deberá ser inferior al 50% del capital social.
5. Respetar lo previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, en cuanto a las limitaciones por razón del pluralismo en el mercado audiovisual.
En ningún caso, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, podrán ser titulares de una licencia las personas físicas o jurídicas que se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:
a) Aquellas que, habiendo sido titulares de una licencia o efectuado una comunicación previa para cualquier ámbito de cobertura, hayan sido sancionadas con su revocación o con la privación de sus efectos en los dos últimos años anteriores a la solicitud mediante resolución administrativa firme.
b) Aquellas sociedades en cuyo capital social tengan una participación significativa o, en su caso, de control, directo o indirecto, personas que se encuentren en la situación anterior.
c) Aquellas que habiendo prestado servicios audiovisuales en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo hayan visto prohibidas sus actividades durante los dos últimos años por atentar contra los principios y valores del Convenio Europeo de Derechos Humanos o lo dispuesto en materia de protección de menores en la normativa europea y española.
d) Aquellas personas incursas en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Los interesados podrán solicitar el otorgamiento de más de una licencia pero solo podrán presentar una proposición por cada licencia. El incumplimiento de este requisito llevará consigo la exclusión de todas las proposiciones que dicho interesado hubiera presentado a la misma licencia, pero no la del resto de proposiciones que haya podido realizar.
A tales efectos se entienden como presentadas por un mismo interesado todas aquellas solicitudes correspondientes a empresas de un mismo grupo de sociedades, entendiendo como tal lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio

Qué documentación necesito

Solicitud firmada por la persona interesada o, en su defecto, por el representante legal debidamente apoderado, conforme al modelo que figura como Anexo I de las Bases, acompañada de los siguientes sobres:
SOBRE A. DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA. Los documentos que se deben presentar este sobre son los especificados en la cláusula 7.3 de las Bases de la convocatoria.
SOBRES B. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Los documentos que se deben presentar en los SOBRES B1 y B2 son los especificados en la cláusula 7.4 de las Bases de la convocatoria.
Descargar formularios:
Concurso para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual en Aragón (2018)
Anexo II
Anexo III
Anexo IV
Anexo V

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

Organismo responsable

Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1735, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

Concurso para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios de comunicación audiovisual en Aragón (2018)

Anexo II

Anexo III

Anexo IV

Anexo V


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