Subvenciones para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social: justificación final
Contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general, por parte de las entidades indicadas en el artículo 5 de la Orden reguladora.
Requisitos
Deberán aportar documentación los beneficiarios de la subvención
Documentación
- Solicitud, escrito o comunicación
1. La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará mediante la cuenta justificativa integrada por la memoria final del proyecto ejecutado y por la memoria económica.
Para ello, las entidades beneficiarias presentarán, en el plazo máximo de dos meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado, en la dirección general con competencia en materia de Empleo, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 8.3 de la presente orden, la siguiente documentación:
a) Justificación económica de los costes salariales, que incluirá una relación nominal de los trabajadores contratados para la realización del proyecto, con indicación del importe de los gastos (nóminas, seguros sociales), y el grupo de cotización, (según modelo recogido en el anexo 8) y los controles o evidencias de la asistencia al puesto de trabajo de los desempleados contratados.
Documentos justificativos de los gastos y pagos realizados. Son documentos justificativos de los gastos salariales realizados las nóminas, el TC1 y TC2 y el Modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Son documentos justificativos de los pagos las transferencias con los cargos realizados, los apuntes bancarios que den cuenta de las salidas de fondos de la cuenta de la entidad por los conceptos señalados y las certificaciones emitidas a este efecto por las entidades financieras.
Si no se presentase certificación bancaria, en el caso de que la orden de pago o transferencia de la nómina del trabajador contratado con cargo a esta subvención se incluya dentro de una remesa con otras nóminas, se deberá presentar la relación completa de las órdenes o transferencias incluidas (dejando visibles todas la cantidades que conforman el total de la transferencia pero únicamente la identificación del trabajador cuyo coste salarial se financia). El total de esa transferencia corresponderá con el adeudo bancario presentado.
En el caso del TC1 y del Modelo 111 tendrán también valor probatorio el adeudo por domiciliación emitido por la entidad financiera o la justificación bancaria del ingreso a la Tesorería de General de la Seguridad Social o al Tesoro Público.
No obstante, en el caso de que la dirección general con competencias en materia de Empleo tenga acceso a toda o parte de la documentación aquí requerida mediante los sistemas de aplicaciones informáticas y redes para las administraciones que se estipulen, se lo comunicará a la entidad beneficiaria para que esta autorice su consulta y no presente la información que ya obre en otras administraciones públicas españolas o en instituciones europeas.
b) Memoria final del proyecto ejecutado, que se formalizará en el modelo establecido en el anexo 9, y en la que se informará sobre la obra o servicio realizado, el número de trabajadores contratados con indicación de la edad y el sexo de los mismos, la duración de cada uno de los contratos y sobre el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención así como sobre la consecución de los objetivos previstos en la memoria inicial (presentada con la solicitud) y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
2. En el supuesto de que la justificación no se presentase en el plazo establecido o esté incompleta, se requerirá a la entidad beneficiaria para que en el plazo máximo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Una vez cumplimentado este trámite, se comprobará la documentación justificativa presentada, procediendo en su caso el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas en los supuestos y conforme a las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Anexo VIII_Justificación final de gastos y pagos ( 162 Kb)
Anexo IX_Memoria final del proyecto ( 67.5 Kb)
Plantilla justificación 2018 ( 279 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
- Plazo de presentación de solicitudes
Las entidades beneficiarias presentarán, en el plazo máximo de dos meses computados desde el día siguiente a la finalización del proyecto subvencionado, en la dirección general con competencia en materia de Empleo, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 8.3 de la orden, la documentación requerida.
Más información
- Otros Impresos
- Normativa:
Orden 8/2016, de 29 de junio, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación de trabajadores desempleados de 30 años o más, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución, de convocatoria (Texto íntegro)
- Sentido de silencio (silencio administrativo):
Según normativa aplicable
- Recurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Educación y Cultura
- Órgano competente: Dirección General de Formación Profesional y Empleo
- Unidad tramitadora: Servicio de la Red de Empleo
- Cargo que resuelve: Sr./a Consejero/a
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
- José Ignacio Foronda
- Mª Eugenia Garrigosa
- Mª José Mora
- Isabel Fresnillo de Marco




