Tarjetas de identidad de buceo profesional

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Cualquier persona que se someta a un medio hiperbárico para la práctica de intervenciones hiperbáricas o subacuáticas de carácter laboral o profesional en aguas que pertenezcan al ámbito territorial de Cataluña, tanto si son marítimas como continentales, tiene que tener el título de buceo profesional adecuado a su nivel de exposición hiperbárica.
Así, los/las buzos profesionales tendrán que tener la tarjeta de identidad profesional que corresponda al título, especialidad o el certificado que tengan, que es emitida por el departamento competente en materia de pesca y asuntos marítimos, o el documento equivalente acreditativo de las titulaciones de carácter equivalente emitidas por entidades o autoridades competentes de cualquier comunidad autónoma o estado miembro de la Unión Europea.

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A quién va dirigido

A personas físicas.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la tarjeta de buceador/a de mediana profundidad

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento

Documentación

Documentación genérica

  1. Dos fotografías tipo carnet en color, con el número del DNI/NIE/passaport detrás y entregadas dentro de un sobre.
  2. Copia de la página del Diario de buceo profesional correspondiente al apartado del reconocimiento médico, expedido por un/a médico que tenga título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas emitido por un organismo oficial (Orden de 14 de octubre de 1997 del Ministerio de Fomento).
  3. Acreditación de la realización de un curso de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y de un curso de soporte vital básico.
  4. Justificante del ingreso de la tasa.

Documentación específica

  1. Copia del DNI/NIF/NIE:
    • Únicamente habrá que aportar esta documentación en caso de no autorizar en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para obtenerla. Si ya se ha presentado previamente esta documentación al DAAM y sigue vigente, no hay que volver a presentarla. En el caso en que se haya iniciado el procedimiento administrativo en una oficina del DAAM diferente a la que se presentó la documentación habrá que indicar el procedimiento (nombre de la ayuda), año y lugar (OC,ST, SC) donde se presentó.
  2. Para la primera vez que se expide una titulación de buceo profesional:
    • Certificado/s médico de aptitud física y psíquica para el buceo, en impreso oficial, expedido por un/a médico que tenga título, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas.
  3. Para la expedición de la tarjeta de buceador/a de mediana profundidad por cambio de tarjeta:
    • Tarjeta original de identidad profesional de buceador/a de 2ª clase. En caso de pérdida o robo de la titulación habrá que presentar copia de la denuncia a la policía o declaración bajo juramento o promesa.
  4. Para los poseedores de la titulación académica de técnico en buceo de mediana profundidad (Decreto 87/2000, de 8 de febrero):
    • Copia del Título académico de Técnico en buceo en media profundidad, o del resguardo de tramitación.
  5. Para la expedición de la tarjeta de buceador/a de mediana profundidad, en caso de titulaciones procedentes de otras comunidades autónomas o estado miembro de la Unión Europea, o no homologados y autorizados por la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos:

Requisitos

  1. Tener cumplidos los 18 años.
  2. Cumplir uno de los siguientes requisitos:
    • Haber superado un curso homologado o equivalente.
    • Disponer del certificado de examen o la titulación de buzo profesional de 2ª clase.
    • Poseer la titulación académica de técnico en buceo en media profundidad.
  3. Acreditar la realización de cursos de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo, y de soporte vital básico. Estos cursos tienen una vigencia de dos años.
  4. Superar el reconocimiento médico de aptitud física para el buceo. Este reconocimiento té una vigencia de un año.
  5. Superar el test psicotécnico de aptitud para la práctica del buceo profesional (Los poseedores de una tarjeta de identidad profesional de un título de buceo no tendrán que acreditar este requisito)

Tasas

50,30?.

Presencialmente

Debe presentarse en:

Renovación de titulaciones de buceo profesional

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento. Hay que renovar la tarjeta cada cinco años o en el momento en que el titular no pueda acreditarse como a consecuencia de la pérdida, deterioro o sustracción de la tarjeta.

Documentación

  1. Dos fotografías tipo carné en color, con el número del DNI/NIF/NIE detrás y entregadas dentro de un sobre.
  2. Copia de la página del Diario de buceo profesional correspondiente al apartado del reconocimiento médico, llenado por un médico que tenga título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas emitido por un organismo oficial (Orden de 14 de octubre de 1997 del Ministerio de Fomento).
  3. Copia de la/las página/as del Diario de buceo profesional donde se acredite la vigencia del curso de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y del curso de soporte vital básico. Estos cursos se tienen que renovar cada dos años.
  4. Justificante del ingreso de la tasa.

Requisitos

Disponer de una tarjeta de buceo profesional caducada o deteriorada o no disponer como consecuencia de pérdida o robo.

Tasas

50,30?.

Altres Informacions

Las titulaciones que renueva la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos son las siguientes:

  1. Buceador/a de 2ª. Clase restringido
  2. Buceador/a de 2ª. Clase
  3. Buceador/a de 1ª clase
  4. Buceador/a Instructor/ora
  5. Buceador/a de pequeña profundidad
  6. Buceador/a de mediana profundidad
  7. Buceador/a de mediana profundidad proveniente de un curso de buceador profesional de 2ª clase
  8. Buceador/a de gran profundidad de intervención

Presencialmente

Las solicitudes deben presentarse en:

Solicitar la tarjeta de buceador/a de gran profundidad de intervención

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación genérica

  1. Dos fotografías tipo carnet en color, con el número del DNI/NIF/NIE/ detrás y entregadas dentro de un sobre.
  2. Copia de la página del Diario de buceo profesional correspondiente al apartado del reconocimiento médico, expedido por un médico que tenga título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas emitido por un organismo oficial (Orden de 14 de octubre de 1997 del Ministerio de Fomento).
  3. Acreditación de la realización de un curso de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y de un curso de soporte vital básico.
  4. Justificante del ingreso de la tasa.

Documentación específica

  1. Copia del DNI/NIF/NIE:
    • Únicamente habrá que aportar esta documentación en caso de no autorizar en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para obtenerla. Si ya se ha presentado previamente esta documentación al DAAM y sigue vigente, no hay que volver a presentarla. En el caso en que se haya iniciado el procedimiento administrativo en una oficina del DAAM diferente a la que se presentó la documentación habrá que indicar el procedimiento (nombre de la ayuda), año y lugar (OC,ST, SC) donde se presentó.
  2. Para la primera vez que se expide una titulación de buceo profesional:
    • Certificado/s médico/s de aptitud física y psíquica para el buceo, en impreso oficial, expedido por un médico que tenga título, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas.
  3. Para la expedición de la tarjeta de buceador de gran profundidad de intervención, en caso de titulaciones procedentes de otras comunidades autónomas o estado miembro de la Unión Europea, o no homologados y autorizados por la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos:
    • Original y copia en color del título o la tarjeta de identidad profesional

Requisitos

  1. Tener el título de buceo de mediana profundidad, o de buceador/a de mediana profundidad proveniente de un curso de buceador/a de 2ª clase.
  2. Haber trabajado y cotizado en la Seguridad Social como mínimo de 6 meses desde la obtención del título de buzo/a profesional por término medio profundidad, utilizando equipos de buceo autónomo o semiautónomo con un total de tiempo de inmersión, incluyendo el tiempo de descenso, permanencia en el fondo y tiempo total de descompresión, siguientes:
    • 1.600 minutos bajo el agua a la profundidad de 0 a 19 metros
    • 250 minutos bajo el agua a la profundidad de 20 a 39 metros
    • 150 minutos sola el agua a la profundidad de 40 a 50 metros.
  3. Cumplir uno de los siguientes requisitos:
    • Haber superado un curso homologado o equivalente para el buceo a gran profundidad de intervención.
    • Disponer del certificado de examen o la titulación de buzo profesional de 1ª clase
  4. Acreditar la realización de cursos de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y de soporte vital básico.
  5. Superar el reconocimiento médico de aptitud física y psíquica para el buceo. (Los poseedores de una tarjeta de identidad profesional de un título de buceo no tendrán que acreditar este requisito)

Tasas

50,30?.

Presencialmente

Debe presentarse en:

Solicitar el diario de buceo profesional

Plazos

Aquest tràmit es pot sol·licitar en qualsevol moment

Documentación

Si la titulación no ha sido expedida por la Generalitat de Catalunya se deber presentar solicitud con la siguiente documentación:

  1. Copia del certificado de examen de la titulación que se presenta.
  2. Tarjeta de Identidad profesional.
  3. Copia del DNI/NIF/NIE: Únicamente habrá que aportar esta documentación en caso de no autorizar en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para obtenerla. Si ya se ha presentado previamente esta documentación al DAAM y sigue vigente, no hay que volver a presentarla. En el caso en que se haya iniciado el procedimiento administrativo en una oficina del DAAM diferente a la que se presentó la documentación habrá que indicar el procedimiento (nombre de la ayuda), año y lugar|sitio (OC,ST, SC) donde se presentó.

Requisitos

Disponer de un certificado o titulación de buceo profesional

Tasas

No hi ha taxes associades a aquest tràmit

Altres Informacions

Autorización administrativa del Diario de buceo profesional

  1. Para el ejercicio de su actividad profesional el /la bussejador/a ha de poder acreditar la vigencia de la autorización administrativa. Estas autorizaciones son gratuitas y por un tiempo determinado. Para renovar las autorizaciones hace falta:
  2. Presentar el Diario de buceo profesional con el apartado de reconocimiento médico expedido por un médico que haga constar que tiene el título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas , y donde se haga constar también la superación y fecha del reconocimiento médico. Su vigencia se de un año.
  3. Acreditar la superación de los cursos de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y de soporte vital básico. La vigencia de estos cursos es de dos años.

Caducidad de la autorización administrativa del Diario de buceo profesional

La fecha de caducidad de la autorización se corresponde con la fecha del documento que en el momento de la presentación antes pierda su vigencia:

  1. Targeta de buceo profesional a los 5 años de su expedicion.
  2. Certificado médico al año de su expedición
  3. Cursos de primeros auxilios y soporte vital básico a los dos años de la realización.

Presencialmente

Descargar el formulario para solicitar el Diario de buceo profesional.

Debe presentarse en:

Solicitar la tarjeta de buceador/a de pequeña profundidad

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento. Es preciso renovar la tarjeta cada cinco años.

Documentación

Documentación genérica

  1. Dos fotografías tipo carnet en color, con el número del DNI/NIE/passaport detrás y entregadas dentro de un sobre.
  2. Copia de la página del Diario de buceo profesional correspondiente al apartado del reconocimiento médico, expedido por un/a médico que tenga título, especialidad, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas emitido por un organismo oficial (Orden de 14 de octubre de 1997 del Ministerio de Fomento).
  3. Acreditación de la realización de un curso de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo y de un curso de soporte vital básico.
  4. Justificante del ingreso de la tasa.

Documentación específica

  1. Copia del DNI/NIF/NIE:
    • Únicamente habrá que aportar esta documentación en caso de no autorizar en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) para obtenerla. Si ya se ha presentado previamente esta documentación al DAAM y sigue vigente, no hay que volver a presentarla. En el caso en que se haya iniciado el procedimiento administrativo en una oficina del DAAM diferente a la que se presentó la documentación habrá que indicar el procedimiento (nombre de la ayuda), año y lugar (OC,ST, SC) donde se presentó.
  2. Para la primera vez que se expide una titulación de buceo profesional:
    • Certificado/s médico de aptitud física y psíquica para el buceo, en impreso oficial, expedido por un/a médico que tenga título, diploma o certificado relacionado con actividades subacuáticas.
  3. Para la expedición de la tarjeta de buzo/a de pequeña profundidad por cambio de tarjeta:
    • Tarjeta original de identidad profesional de buzo de 2ª clase restringido. En caso de pérdida o robo de la titulación habrá que presentar copia de la denuncia a la policía o declaración bajo juramento o promesa.

Requisitos

  1. Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
  2. Cumplir uno de los siguientes requisitos:
    • Haber superado un curso homologado o equivalente para el buceo a pequeña profundidad.
    • Disponer del certificado de examen o la titulación de buzo profesional de 2ª clase restringido.
  3. Superar el reconocimiento médico de aptitud física para el buceo. Estos reconocimientos tienen una vigencia de un año.
  4. Acreditar la realización de cursos de primeros auxilios con oxígeno para los accidentes de buceo, y de soporte vital básico. Estos cursos tienen una vigencia de 2 años.
  5. Superar el test psicotécnico de aptitud para la práctica del buceo profesional (Sólo se requiere en la primera tramitación de título de buceo profesional)

Tasas

Por solicitar la tarjeta: 50,30?.

Presencialmente

Debe presentarse en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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