Ministerio de Desarrollo Social

  • Deben distinguirse dos tipos de fusiones:

    a) la fusión propiamente dicha, que se produce cuando dos o más sociedades desaparecen como tales para dar vida a una nueva entidad, enteramente distinta de las sociedades fusionadas.

    b) anexión o incorporación, que se produce cuando una o más sociedades se confunden en el seno de otra sociedad. La sociedad absorbente, en tal caso, continúa viviendo, mientras que la sociedad absorbida, desaparece por su incorporación a la sociedad absorbente.

    ¿Qué necesito?

    A los efectos de la debida autorización para funcionar e inscripción en el Registro Nacional de la nueva entidad y las respectivas cancelaciones de matrículas, las mutuales que resuelvan su
    fusión, deberán remitir a la autoridad de aplicación copia de todo lo actuado y copia del acta de la asamblea en que se haya aprobado el acuerdo definitivo de fusión, todas suscriptas en forma
    ológrafa por los consejeros titulares conforme lo establecido en la Resolución 729/78

    ¿Cómo hago?

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    Para la Fusión:

    a) Que las mutuales que desean fusionarse, previa resolución del Consejo Directivo convoquen a asamblea, por separado, en las que se resolverá la disolución social de cada una de ellas para fusionarse y crear una nueva entidad.

    b) Que en las mencionados asambleas se den las bases y razones que fundamenten la decisión, de lo cual se dejará debida constancia en actas. En las mismas asambleas deben considerarse los respectivos estados contables.

    c) Que el supuesto que no esté previsto en los estatutos de la mutuales que desaparecen, el destino de los bienes en los casos de disolución, las asambleas deberán dejar expresa constancia que el patrimonio de cada una de ellas pasará a engrosar el de la nueva institución a formarse.

    d) Que, en caso contrario, vale decir, si el estatuto ha previsto el destinatario de los fondos, en la misma asamblea de disolución, como punto previo, podrá reformarse el artículo pertinente para establecer que tales bienes integrarán el acervo patrimonial de la nueva entidad.

    e) Que de las asambleas mencionadas, surja una comisión provisoria, con expreso mandato para constituir la nueva asociación a efecto de que esta gestione la inscripción ante los organismos competentes.

    f)Que, una vez celebrados las asambleas aludidas, las entidades disueltas, por separado, se dirijan a los órganos competentes para solicitar la cancelación de sus respectivos matrículas, acompañando la documentación pertinente, y copia de los estados contables aprobados según el incisob) Además, si se modifica el estatuto conforme al inciso d), deberá solicitarse la aprobación de la enmienda.

    g) Una vez aprobadas las modificaciones estatutarias y la cancelación de la matrícula, por conducta de la comisión provisoria indicada en el apartado e), los asociados de las entidades disueltas se reunirán en asamblea para dejar formalmente constituida la nueva mutual sobre la base de lo convenido y resuelto en las sendas asambleas de las ex-asociaciones.
    Formaran parte de este acto constitutivo, como elementos o piezas habilitantes, las actas de las asambleas de disolución y los estados contables arriba mencionados.

    h) Cumplidos los recaudos señalados, la nueva entidad se presentará al órgano competente, gestionando la aprobación de sus estatutos y la respectiva inscripción como mutual.

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    Para la Incorporación:

    a)Que la mutual absorbida celebre una asamblea en la que resolverá su disolución para incorporarse con todo su patrimonio a la entidad absorbente, la que deberá estar inscrita como mutual.

    b) En su caso, son aplicables las normas indicadas en los apartados b), c), d) y f) establecidas para los casos de fusión por desaparición de dos o más entidades para la creación de una nueva mutual.

    c) La entidad absorbente, por su parte, reclinará una asamblea para aprobar la fusión de que se trata, la aceptación del patrimonio de la incorporada, y, en su caso, las condiciones convenidas con la absorbida. En esta asamblea se considerarán además los estados contables de la entidad.

    d)Informará de todo lo actuado al órgano competente acompañando la documentación de dicha asamblea conjuntamente con los estados contables aprobados.

    e) Si en las bases o convenios, que deberá insertarse en el acta de la asamblea de la mutual absorbente, se establecen condiciones impuestas por la sociedad absorbida, que obligarían a la primera a modificar sus estatutos (ejemplos: cambio de denominación, nuevas categorías de asociados, nuevos servicios, etc.), deberá solicitar al órgano competente la aprobación de tales reformas.

    f) Hasta tanto no se disponga la cancelación de la inscripción de la mutual disuelta, y no se apruebe en su caso las reformas estatutarias de la absorbente, no surtirá efecto legal la fusión de referencia.

  • De acuerdo a la Resolución 7536/12 las Cooperativas y Mutuales que posean aprobado el reglamento de Servicio de Gestión de Prestamos deben transmitir electrónicamente, en forma trimestral, la información del Anexo I exigida por el articulo 18 de la Resolución 1481/09.

    ¿A quién está dirigido?

    Cooperativas y mutuales

    ¿Qué necesito?

    La Constancia que emite el sistema en la MESA DE ENTRADAS del INAES sita en Avda. Belgrano 172 PB -CABA- en el horario de 10 a 16 hs.

    ACLARACIÓN: Para cualquier consulta sobre la CARGA deberá comunicarse con el sector de Gestión de Prestamos - Avda. Belgrano 172 5º piso -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos 3505

    O bien vía mail a: gestionprestamos@inaes.gob.ar

    Por ERRORES DE SISTEMA o INCONVENIENTES CON EL MISMO comunicarse con Informática Avda. Belgrano 1656 7º piso Frente -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos: 1109/1118/1106

    O bien vía mail a: consultasweb@inaes.gob.ar

    ¿Cómo hago?

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    Ingresar a la página Web del INAES con el código de acceso correspondiente

  • El reglamento interno es el cuerpo de normas dictadas en concordancia con el estatuto y, como éste, expresión de la voluntad social manifestada en la asamblea.

    ¿A quién está dirigido?

    La presentación de la documentación en el INAES puede ser realizada por cualquier asociado de la cooperativa.

    ¿Qué necesito?

    Se deberá presentar copia integra del acta de asamblea que hubiese aprobado aquella normativa interna, acta que deberá contener la transcripción completa
    del nuevo texto.

    Las copias serán firmadas por presidente y secretario del consejo de administración vigente al momento de la iniciación del trámite.

    Debe presentarse nota formulando la solicitud de inscripción, con firmas simples de presidente y secretario, detallándose la documentación que se
    presenta e indicando la dirección de la sede la entidad.

    (Resolución 4069/05, Artículo 2) y su complementaria Resolución 4968/09

    ¿Cómo hago?

    1

    El reglamento interno debe ser aprobado por Asamblea (ordinaria o extraordinaria) por simple mayoría.
    Para que tenga fuerza legal, a su vez, debe ser inscrito en el INAES o en el
    Órgano Local Competente según corresponda.

    Atención

    El respectivo Registro Nacional verificará que el texto acompañado por la entidad se encuentre aprobado e informará acerca de su inscripción.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $55.00

    Consulte aquí las modalidades de pago
    para los trámites arancelados solicitados en este Instituto

  • Esto te permitirá:

    • Incorporar productos y servicios en el Catálogo 100% Nuestro
    • Participar en rondas de negocios con potenciales compradores.
    • Generar vinculaciones comerciales y oportunidades de compra provenientes del sector público y privado.
    • Obtener acompañamiento técnico durante todo el proceso de desarrollo de compras.

    ¿A quién está dirigido?

    • Cooperativas.
    • Efectores Sociales.
    • Organizaciones comercializadoras.
    • Personas con un emprendimiento de la economía social .

    ¿Qué necesito?

    Ser mayor de edad.

    DNI.

    CUIT.

    Breve descripción de la unidad productiva (que debe estar funcionando desde hace por lo menos 6 meses).

    Fotos de los productos a promocionar.

    Recomendado: para unidades productivas gastronómicas y de juguetes tener certificado o habilitación para su comercialización.

    Si tenés una cooperativa: número de matrícula.

    Si sos efector social: Certificado de Efector Social emitido por el Registro Nacional de Efectores de la Desarrollo Local y Economía Social.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a Trámites a Distancia

    2

    Buscá el trámite "Inscripción al 100% Nuestro"

    3

    Completá el trámite. Te invitamos a descargar el manual de inscripción para ayudarte a completar el trámite. Si necesitas ayuda, contactate con el equipo de 100% Nuestro llamando al (011) 3752-2010 o escribinos a 100nuestro@desarrollosocial.gob.ar.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    12 meses

    Luego te solicitaremos la actualización de la información.

    Iniciar trámite en TAD

  • Esta herramienta permite a posibles donadores contactarse con vos de manera directa, para recibir productos alimenticios y que los entregues de forma gratuita a los consumidores finales.

    Las organizaciones que deseen realizar donaciones de alimentos podrán seleccionar entre aquellas instituciones registradas para entregar sus productos alimenticios en buen estado y así llegar a quienes más lo necesitan.

    ¿A quién está dirigido?

    • Instituciones públicas.
    • Asociaciones civiles.
    • Simples asociaciones.
    • Fundaciones.
    • Instituciones religiosas, cualquiera sea su culto, que se encuentren registradas por la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
    • Clubes de barrio y de pueblo, entidades de bien público, organizaciones comunitarias, comedores comunitarios, espacios o centros de primera infancia y otras organizaciones de la sociedad civil, siempre que hubieran adoptado alguna de las formas jurídicas detalladas anteriormente.

    Quedan excluidas las instituciones con fines de lucro.

    ¿Qué necesito?

    Clave fiscal de AFIP.

    Ser Administrador de Relaciones en AFIP o apoderado de la personería jurídica que quiero inscribir (ver Manual TAD, versión apoderamiento)

    CUIT.

    Documentación obligatoria según el tipo de institución (asociaciones civiles y fundaciones, simples asociaciones, instituciones religiosas e instituciones públicas).

    Nómina y DNI de la/s persona/s que estarán en contacto con alimentos.

    Certificados de realización del Curso Virtual de Manipulación Segura de Alimentos emitido por la Dirección Nacional de Alimentos y Bebidas dependiente de la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria por cada una de las personas de la nómina.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a Tramites a Distancia (TAD) y seleccioná el apartado para acceder a través de AFIP.

    2

    Ingresá con tu CUIT y clave fiscal.

    3

    Ingresá en “Iniciar trámite” y seleccioná en “A quién representar" a la persona jurídica por la que vas a realizar el trámite. Seleccioná en el buscador la opción “Inscripción al Registro de Instituciones de Bien Público Receptoras de Alimentos”.

    4

    Completá el formulario de inscripción.

    5

    Firmá la declaración jurada de responsabilidad y la autorización de difusión de datos.

    6

    Adjuntá la documentación correspondiente dependiendo la personería jurídica que representes; la nómina de la/s persona/s que estarán en contacto con alimentos (nombre y DNI) y los certificados de realización del Curso Virtual de Manipulación Segura de Alimentos por cada una de las personas de la nómina.

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    Asegurate de adjuntar toda la documentación obligatoria y luego hacé click en “Confirmar trámite”. El sistema te otorgará el número del Expediente que lo identifica.

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    Una vez confirmado el cumplimiento de los requisitos, se te notificará vía TAD y correo electrónico el alta en el registro.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia

    24 meses

    Luego te solicitaremos la actualización de la información.

    Para más información, podés consultar:

    Resolución N° 499/19 (Lineamientos Registro de instituciones de bien público Receptoras de Alimentos creado por el artículo 3° de la Ley N° 27.454).

    Decreto N° 246/19 (Decreto Reglamentario de la Ley N° 27.454).

    Ley N° 27.454 (Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos).

    Por dudas o consultas podés escribir a: soporte_registro@desarrollosocial.gob.ar

    Web del Tramite

  • El Consejo Directivo decide brindar Nuevos Servicios o (Reglamentos) a sus asociados.
    Para ello el reglamento debe estar aprobado por el INAES

    ¿Qué necesito?

    Son 2 (dos) EJEMPLARES; una para Gerencia de Inspección con todo lo relacionado a la Asamblea Extraordinaria y la otra para Registro y Consultaría Legal:

    1- Copia del Acta de Asamblea que hubiese aprobado el Reglamento

    2- Fotocopia del libro de Asistencia Asamblea

    3- Copia del Acta de Distribución de Cargos

    4- Copia mecanografiada en papel Romaní o Forense de la asamblea La transcripción, desde el inicio de la asamblea, se interrumpirá al llegarse al texto de la normativa aprobada; el espacio libre siguiente del folio respectivo, sea en anverso, o reverso o ambas caras, se rayará, cancelando los blancos y se continuará con el texto normativo de que se trate en la parte superior del anverso del folio siguiente con los cortes, separando la asamblea de los reglamentos.

    5- Resoluciones 4069/05 y 4968/09

    ¿Cómo hago?

    1

    El Consejo Directivo llama a Asamblea Extraordinaria u Ordinaria para la Consideración y Aprobación del o los Reglamentos a tratar por los socios con derecho a voto (Socios Activos)

  • Es una clave que toda entidad debe contar para ingresar a la página web del INAES y realizar las transmisiones de datos y la consulta de sus trámites

    ¿Qué necesito?

    Solo debera completar el formulario del TAD ingresando al siguiente link: Trámites a Distancia. Manual de usuario. Esta solicitud sólo la podrá realizar él o los apoderados de la entidad - (Para realizar el trámite de apoderamiento podrá consultar el manual del TAD ingresando al siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/ManualUsuario.pdf)

    ¿Cómo hago?

    1

    Por TAD (Trámite a distancia) ingresando al siguiente link. Esta solicitud sólo la podrá realizar él o los apoderados de la entidad - (Para realizar el trámite de apoderamiento podrá consultar el manual del TAD ingresando al siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/ManualUsuario.pdf)

  • Es una clave que toda entidad debe contar para ingresar a la página web del INAES y realizar las transmisiones de datos y la consulta de sus trámites

    ¿Qué necesito?

    Solo debera completar el formulario del TAD ingresando al siguiente link: www.tramitesadistancia.gob.ar. Manual de usuario www.tramitesadistancia.gob.ar/ayuda. Esta solicitud sólo la podrá realizar él o los apoderados de la entidad - (Para realizar el trámite de apoderamiento podrá consultar el manual del TAD ingresando al siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/ManualUsuario.pdf)

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Por TAD (Trámite a distancia) ingresando al siguiente link: www.tramitesadistancia.gob.ar. Manual de usuario www.tramitesadistancia.gob.ar/ayuda. Esta solicitud sólo la podrá realizar él o los apoderados de la entidad - (Para realizar el trámite de apoderamiento podrá consultar el manual del TAD ingresando al siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/ManualUsuario.pdf)

    2

    2.- Una vez otorgado el código de acceso, el área de Informática enviará el mismo por mail a la dirección informada en el TAD, por lo tanto la misma debe ser válida .

    ACLARACION: En caso de no recibir el correo con su código revise la carpeta de “correos no deseados” o “spam”

    Para cualquier consulta comunicarse con el sector de Informática - Avda. Belgrano 1656 7º piso Frente -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos 1118/1106

    O bien a través del formulario que se encuentra en Contacto

  • El monto del préstamo varía entre 5 mil y 30 mil pesos según las características del emprendimiento y de la finalidad del microcrédito.

    ¿A quién está dirigido?

    • Emprendedores que pueden ser personas físicas o grupos asociativos que se organicen en torno al autoempleo rural o urbano.

    ¿Qué necesito?

    Ser mayor de edad.

    DNI vigente.

    Breve descripción del emprendimiento y del destino que le darías al microcrédito.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a la Institución de Microcrédito (IM) más cercana a tu domicilio. Encontralas en el mapa interactivo.

    2

    Recibirás asesoramiento de las características del Programa Nacional de Microcrédito y orientación sobre las herramientas de promoción más adecuadas para tu emprendimiento.

    3

    Presentá la documentación y, una vez realizado el trámite, comunicate con la institución de microcrédito más cercana a tu domicilio para que te informen sobre el estado de tu solicitud.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Web del Tramite

  • Las cooperativas y mutuales comprendidas en la Resolución N° 11/12 de la Unidad de Información Financiera o en cualquier otra que la sustituya o complemente, deben presentar al INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO y ECONOMIA SOCIAL una declaración jurada en la que se exprese que la entidad cumple con la normativa vigente en materia de prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

    ¿A quién está dirigido?

    Cooperativas y Mutuales

    ¿Qué necesito?

    Constancia de cada uno de los anexos con las correspondientes firmas de las autoridades.

    Con la constancia del Anexo III se debe adjuntar:

    • Copia certificada del acta del órgano decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social
    • Constancia de inscripción del Oficial de Cumplimiento ante la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
    • Copia certificada del acta del órgano directivo aprobando el Manual de Procedimientos para la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo

    Dicha documentación deberá ser presentada en la MESA DE ENTRADAS del INAES sita en Avda. Belgrano 172 PB -CABA- en el horario de 10 a 16 hs.

    ACLARACIÓN: Para cualquier consulta sobre la CARGA deberá comunicarse con el sector de Balance - Avda. Belgrano 172 5º piso -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos 3519

    Por ERRORES DE SISTEMA o INCONVENIENTES CON EL MISMO comunicarse con Informática Avda. Belgrano 1656 7º piso Frente -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos: 1109/1118/1106

    O bien mediante el formulario que se encuentra en Contacto

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresar el Código de acceso de la entidad

    2

    Seleccionar la opción Sistemas Habilitados

    3

    Seleccionar la RES. 5588/12 RES. UIF

    4

    Ingresar información en los cinco anexos

    -Anexo I ORIGEN Y LICITUD DE LOS FONDOS: Sólo se completa si la entidad recibió aportes de terceros, créditos, subsidios etc. Luego CONFIRMAR Y TERMINAR LA CARGA para realizar el envío electrónico y generar el PDF con el remito.

    -Anexo II CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Se debe generar una Declaración Jurada sobre la condición de Persona expuesta políticamente por cada autoridad de la. Luego CONFIRMAR Y TERMINAR LA CARGA para realizar el envío electrónico y generar el PDF con el remito para cada una de las autoridades.

    -Anexo III ART. 6º: Se ingresan datos del Domicilio de la entidad

    Inscripción del Oficial de Cumplimento

    Manual de procedimientos. Luego CONFIRMAR Y TERMINAR LA CARGA para realizar el envío electrónico y generar el PDF con el remito.

    -Anexo IV ART. 6º inc h) : Se ingresan los datos de las personas que tienen uso de firma por la entidad. Luego CONFIRMAR Y TERMINAR LA CARGA para realizar el envío electrónico y generar el PDF con el remito para cada una de las autoridades.

    -Anexo V TITULARIDAD DEL CAPITAL SOCIAL –SOLO COOPERATIVAS- :
    Se ingresan los datos de los 20 principales asociados aportantes de capital. Luego CONFIRMAR Y TERMINAR LA CARGA para realizar el envío electrónico y generar el PDF con el remito.

    Atención

    Se informará toda vez que haya cambio de autoridades

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.