Ministerio de Economía

  • Las compañías de seguros pueden remitir los elementos necesarios para solicitar modificaciones a Planes de Seguros que hayan sido tramitados a través del procedimiento de aprobación de carácter general.

    ¿A quién está dirigido?

    Entidades Aseguradoras.

    ¿Qué necesito?

    Todos los firmantes deben tener usuarios de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

    Copia del Acta de Directorio certificada por el Escribano.

    Nota Técnica – Política de Suscripción y Retención de Riesgos.

    Bases Técnicas.

    Aval de Reaseguro (con membrete y firma del reasegurador).

    Opinión Actuarial.

    Opinión Legal.

    Documentación.

    Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, trámite Modificación - Aprobación de Carácter General, con clave fiscal.

    2

    Cargá la documentación requerida y sus correspondientes firmantes.

    3

    Una vez firmados la totalidad de los documentos, en la pestaña de notificaciones encontrarás el número de expediente electrónico. La presentación ya se encuentra en la Mesa de Entrada de la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN.

    4

    Se notificará la providencia observatoria o la Resolución aprobatoria por medio de S.U.N (Sistema Único de Notificaciones).

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400.

    Iniciar trámite en TAD

  • Las compañías de seguros pueden remitir los elementos necesarios para solicitar modificaciones a Planes de Seguros que hayan sido tramitados a través del procedimiento de aprobación de carácter particular.

    ¿A quién está dirigido?

    Entidades Aseguradoras.

    ¿Qué necesito?

    Todos los firmantes deben tener usuarios de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

    Copia del Acta de Directorio certificada por Escribano.

    Condiciones Contractuales (exclusivamente las que se modifican – no se tramitarán planes proforma).

    Condiciones Particulares (Frente de Póliza).

    Certificado de Incorporación Individual.

    Formularios de Solicitud del Seguro.

    Formularios de Denuncia de Siniestro.

    Formulario de Declaración Jurada de Salud.

    Nota Técnica – Política de Suscripción y Retención de Riesgos.

    Bases Técnicas (exclusivamente las que se modifican – no se tramitarán planes proforma).

    Aval de Reaseguro (con membrete y firma del Reasegurador).

    Opinión Actuarial.

    Opinión Legal.

    Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, trámite Modificación – Aprobación De Carácter Particular, con clave fiscal.

    2

    Cargá la documentación requerida y sus correspondientes firmantes.

    3

    Una vez firmados la totalidad de los documentos, en la pestaña de notificaciones encontrarás el número de expediente electrónico. La presentación ya se encuentra en la Mesa de Entrada de la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN.

    4

    Se notificará la providencia observatoria o la Resolución aprobatoria por medio de S.U.N (Sistema Único de Notificaciones).

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400.

    Iniciar trámite en TAD

  • Las compañías de seguros pueden remitir los elementos necesarios para solicitar modificaciones a Planes de Seguros que hayan sido aprobados a la entidad a través del procedimiento de aprobación de carácter particular conforme al Sistema de Pautas Mínimas.

    ¿A quién está dirigido?

    Entidades Aseguradoras.

    ¿Qué necesito?

    Todos los firmantes deben tener usuarios de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

    Copia del Acta de Directorio certificada por Escribano.

    Declaración Jurada suscripta por el Presidente y dos miembros del Órgano de Administración.

    Condiciones Contractuales (exclusivamente las que se modifican – no se tramitarán planes proforma).

    Condiciones Particulares (frente de póliza).

    Certificado de Incorporación Individual.

    Formularios de Solicitud del Seguro.

    Formularios de Denuncia de Siniestro.

    Formulario de Declaración Jurada de Salud.

    Nota Técnica – Política de Suscripción y Retención de Riesgos.

    Bases Técnicas (exclusivamente las que se modifican – no se tramitarán planes Proforma).

    Aval de Reaseguro (con membrete y firma del Reasegurador).

    Opinión Actuarial.

    Declaración Jurada suscripta por un Actuario.

    Declaración Jurada suscripta por un Abogado.

    Dado que este trámite se realiza vía TAD, toda la documentación a presentar debe ser digitalizada.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, trámite Modificación – Aprobación de Carácter Particular conforme el Sistema de Pautas Mínimas, con clave fiscal.

    2

    Cargá la documentación requerida y sus correspondientes firmantes.

    3

    Una vez firmados la totalidad de los documentos, en la pestaña de notificaciones encontrarás el número de expediente electrónico. La presentación ya se encuentra en la Mesa de Entrada de la Gerencia Técnica y Normativa de la SSN.

    4

    Se notificará la providencia observatoria o la Resolución aprobatoria por medio de S.U.N (Sistema Único de Notificaciones).

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400.

    Iniciar trámite en TAD

  • A través de la Ley N° 27.133, el Estado Nacional reconoce una indemnización a favor de exagentes de Yacimientos Petrolíferos Fiscales no incluidos en el Programa de Propiedad Participada, tras la privatización de la empresa.

    ¿Qué necesito?

    La Ley contempla las diferentes situaciones que se presentan en la actualidad, como consecuencia de la oportuna implementación de regímenes indemnizatorios que no lograron resarcir satisfactoriamente el perjuicio sufrido por los ex trabajadores, como así también de aquellos que debieron recurrir a la vía judicial para la obtención de un resarcimiento.

    En el cálculo de la nueva indemnización, se han contemplado los antecedentes laborales de las personas beneficiarias como así también la cotización de la acción a la fecha de publicación de la norma en el Boletín Oficial N° 33138 del 28/05/2015, mediante Resolución Ministerio de Economía y Finanzas Públicas 877/2015 asegurando con ello una reparación integral para los ex trabajadores.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    El trámite es GRATUITO y PERSONAL.
    No requiere de GESTORES ni INTERMEDIARIOS.

  • Podés informar a la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) la valuación de las inversiones a valor técnico de acuerdo a lo establecido en el punto 39.1.2.4.1. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) para las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

    ¿A quién está dirigido?

    Las entidades aseguradoras y reaseguradoras que informan a la SSN.

    ¿Qué necesito?

    Tener usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).

    Acta del Órgano de Administración en la que se decidió valuar los títulos conforme lo previsto en el punto 39.1.2.4.1

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, trámite Información de valuación de inversiones según punto 39.1.2.4.1, con clave fiscal.

    Debés operar como apoderado de la entidad a la que representás.

    El rol del apoderado no es necesariamente el de "apoderado legal", sino es quien fue designado por el administrador de relaciones de clave fiscal de la entidad como quien gestiona el trámite y la firma digital de la entidad por la que está actuando en nombre.

    2

    Establecé el firmante: ingresá el CUIL/CUIT del presidente de la aseguradora. y completá el formulario.
    El sistema colocará en primer lugar de la lista de firmantes el nombre de la entidad, por la que firma el apoderado, en forma automática.
    El apoderado firma cuando finaliza la carga de información.
    El sistema envía a firmar los documentos en forma secuencial de acuerdo al orden de firmantes establecido. El proceso se detiene si uno de los firmantes no ha realizado su tarea. En caso de que el otro firmante rechace la tarea de firma, se te notificará el motivo del rechazo y podrás volver a confeccionar el documento y elegir nuevo firmante o modificar la documentación, todo desde la sección “MIS TRÁMITES”.
    Indicá el código SSN y el nombre de la compañía, el código SSN de inversiones, la especie, el valor nominal, el valor técnico de la operación, el precio de la operación, el código de afectación SSN, la cartera y la fecha de compra.
    Tené en cuenta que:

    • Código SSN de la compañía: es el otorgado por el Organismo a la entidad aseguradora o reaseguradora.
    • Código SSN de inversiones: es el otorgado por el Organismo en el Maestro de Inversiones de SINENSUP.
    • Código de afectación SSN: Para uso de las compañías que operan seguros de vida con componente de ahorro y las aseguradoras de
      retiro.

    3

    Establecé el firmante: ingresá el CUIL/CUIT del presidente de la aseguradora y adjuntá el acta.

    4

    Confirmá el trámite.

    5

    Cada firmante debe firmar el documento.
    Cada firmante recibirá una notificación en su mail informándole que tiene una tarea para realizar. Deberá entrar a TAD y hacerlo a través de la pestaña “MIS TRÁMITES”.
    Podrá:

    • ver el estado de firmas en el que se encuentra el documento
    • firmar el documento
    • visualizar el documento y cancelar la tarea. Por ejemplo si el firmante advierte que el documento no es el correcto. En ese caso, el trámite vuelve al apoderado.

    6

    Finalizado el proceso se creará formalmente el trámite con número de expediente.
    El trámite generado pasa a la SSN.

    7

    La Superintendencia analizará los datos de la valuación y, si el Organismo requiere más información u otra documentación, se notificará por medio de TAD.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    El trámite tendrá vigencia permanente.

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 o escribir a ge@ssn.gob.ar.

    Iniciar trámite en TAD

  • Son sociedades compuestas por auditores o actuarios, a los efectos de analizar y prestar conformidad con los balances de las compañías de seguros.

    ¿A quién está dirigido?

    A sociedades profesionales (auditores o actuarios).

    ¿Qué necesito?

    Formulario de inscripción completo.

    Copia certificada por escribano público del estatuto constitutivo de la sociedad.

    Nota acerca de la constitución, composición, organización y cartera de clientes de la sociedad.

    Certificado emitido por cada Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde conste la inscripción de la sociedad y que a la fecha no presenta sanciones disciplinarias inhabilitantes aplicadas por dicho Consejo.

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá el formulario de inscripción.

    2

    Presentá la documentación en la SSN (dirección/mapa) o enviala por Correo Postal.

    3

    Se te notificará la resolución al domicilio informado en el formulario de inscripción, la misma se publicará en el Boletín Oficial .

    Si tenés dudas podés consultar por teléfono al 0800-666-8400.

  • Inscribir en el Registro de Productores Asesores de Seguros a personas físicas.

    ¿A quién está dirigido?

    Puede efectuarlo el interesado a obtener la matrícula de productor asesor de seguros, con la previa aprobación del examen de competencia correspondiente.

    ¿Qué necesito?

    1.- Fotocopia simple del certificado de aprobación del examen de competencia.
    2.- Boleta de pago de derecho de inscripción, con la constancia de pago efectuado en Banco de la Nación Argentina.
    3.- Solicitud de inscripción en el registro con firma certificada por Escribano Público o Juez de Paz.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Solicitar la boleta de derecho de inscripción (la boleta será emitida en forma nominada). Puede solicitar la boleta por los siguientes medios:
    - Telefónicamente al 011-4338-4000 int 1416-1418-1420-1421-1422
    - Correo electrónico, productores@ssn.gov.ar
    - Correo postal, Av. Julio A. Roca 721 Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1067)
    2.- Abonar la solicitud.
    3.- Enviar la solicitud de inscripción junto con la boleta de depósito y copia de la constancia de aprobación del examen de competencia, al registro de productores.
    4.- Una vez otorgado el número de matrícula se informará por carta certificada al domicilio comercial informado por el solicitante.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Derecho de inscripción: $120.-.

    Vigencia

    La matrícula estará vigente mientras no infrinja la Ley 22.400 y sus reglamentaciones.

  • Podrán inscribirse como Intermediarios en Reaseguros las Sociedades Anónimas, Nacionales y las Sucursales de Sociedades Extranjeras.

    ¿A quién está dirigido?

    A las Sociedades Anónimas, Nacionales y Sucursales de Sociedades Extranjeras que aspiran a inscribirse como sociedades de intermediarios en reaseguros.

    ¿Qué necesito?

    Estados Contables auditados por auditor externo independiente registrado ante la SSN.

    Póliza de Errores u Omisiones por una suma asegurada igual al máximo valor entre U$S 3.000.000 y 10% (diez por ciento) de la prima intermediada en el ejercicio económico anterior.

    Declaración jurada del intermediario, en la cual se compromete a colocar los reaseguros en los que intermedie en las entidades reaseguradoras previstas por este régimen.

    Acreditar un Capital al inicio de las operaciones no inferior a $ 1.000.000. Una vez iniciadas las operaciones acreditar, con carácter permanente, un Patrimonio Neto igual a $ 1.000.000 (un millón de pesos).

    Estatutos y la correspondiente inscripción de la sociedad ante la IGJ ya sea como Sociedad Anónima Nacional o como Sucursal de Sociedad Extranjera.

    El objeto de las sociedades que se inscriban como Intermediarios de Reaseguros debe ser exclusivamente la intermediación en la celebración de operaciones de reaseguros.En el caso de personas jurídicas nacionales, deberán contener la expresión “Corredor de Reaseguros” en la denominación social y/o en el nombre de fantasía.

    En el caso de las sucursales de personas jurídicas extranjeras:

    Certificado actualizado emitido por la autoridad competente del país de origen, que acredite que pueden intermediar en reaseguros, con indicación de la fecha desde y hasta las cuales se encuentra autorizado para intermediar y los ramos o riesgos en los cuales está facultado para actuar.

    Toda documentación emanada de un país extranjero deberá estar debidamente legalizada de conformidad con las leyes argentinas y en el caso que esté redactada en otro idioma deberá ser acompañada de traducción al castellano realizada por Traductor Público Nacional y certificada por el Colegio Público de Traductores.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá toda la documentación ante la SSN o enviala por correo postal.

    2

    Aguardá que se realice el análisis de la documentación.

    3

    Se notificará de la Resolución firmada por la autoridad de la SSN al domicilio declarado.

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400

  • Todos aquellos profesionales que se desempeñen en el cumplimiento de tareas actuariales relativas a entidades aseguradoras, ya sea de forma independiente o como integrante de una Sociedad de Graduados, debidamente inscriptas en el Consejo Profesional, deberán inscribirse en el Registro de Actuarios de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).

    ¿A quién está dirigido?

    A los profesionales que quieran cumplir tareas de auditoría en compañías de seguros.

    ¿Qué necesito?

    Formulario de inscripción completo.

    Curriculum Vitae

    Fotocopia de tu DNI digital

    Fotocopia del título profesional autenticada por Escribano Público

    Certificado emitido por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas donde conste el número de matrícula profesional y que a la fecha no presenta sanciones disciplinarias inhabilitantes aplicadas por dicho Consejo.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación requerida ante la SSN

    2

    Aguardá el análisis de la información por parte del Organismo de control.

    3

    Se elaborará una Resolución de inscripción

    4

    El organismo elaborará una Resolución de inscripción y se publicará en el Boletín Oficial

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400 desde cualquier lugar del país.

  • Este trámite te permite solicitar la inscripción de una sociedad en el registro de Sociedades de Productores Asesores de Seguros. La solicitud debe ser presentada por uno de los apoderados.

    ¿A quién está dirigido?

    A Productores Asesores de Seguros que quieran conformar Sociedades de Productores Asesores de Seguros.

    ¿Qué necesito?

    CUIT y Clave Fiscal de la Sociedad.

    Boleta y el comprobante de pago del derecho de inscripción.

    Estatuto constitutivo de la sociedad. En caso de haberse realizado modificaciones al mismo también deberán ser presentadas.

    Constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio del estatuto y sus modificaciones si las hubiera.

    Constancia de CUIT.

    La actividad registrada ante la AFIP debe ser concordante con el objeto social.

    Las Sociedades de Productores deben tener como objeto Exclusivo la intermediación en la comercialización de seguros, de acuerdo con lo prescripto por la Ley 22.400.

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá la boleta para el pago del derecho de inscripción (consignando en el asunto “Boleta para Inscripción de Sociedades de Productores”) a informealproductor@ssn.gob.ar.

    2

    Ingresá a Trámites a Distancia (TAD) y buscá el trámite “Alta de Sociedades – Productores Asesores de Seguros”.

    3

    Completá el formulario y cargá la documentación obligatoria.

    4

    Aguardá a ser notificado de la aprobación o denegatoria mediante el dictado de la Resolución de alta en el Registro. Si es necesaria más documentación, la misma se te requerirá mediante Trámites a Distancia (TAD). Aprobada la Resolución se te informará el número de matrícula asignada por nota.

    Para realizar consultas podés comunicarte gratuitamente al 0800-666-8400.

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