Indemnizaciones por daños materiales a víctimas de actos terroristas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

El Estado concede indemnizaciones por daños físicos y materiales causados tanto por bandas armadas y elementos terroristas, como por persona o personas que alteren gravemente la paz y la seguridad ciudadana.

Para más información se puede contactar con la Oficina de Atención a las Víctimas de Delito o llamar al teléfono de información al asegurado del Consorcio de Compensación de Seguros, según el tipo de indemnización.

¿Cómo se hace el trámite?

Solicitud de indemnización por daños físicos:

Presentar la solicitud de indemnización por daños físicos en el Ministerio del Interior, la Subdelegación del Gobierno en Barcelona o la Delegación del Gobierno en Cataluña.

El impreso formalizado se puede recoger en la Subdelegación del Gobierno, la Delegación del Gobierno o a través del web del Ministerio del Interior.

Solicitud de Indemnización por daños materiales:

Ir al Consorcio de Compensación de Seguros con la hoja de comunicación del siniestro y la documentación necesaria. La hoja se puede descargar del web del Consorcio de Compensación de Seguros.

El Consorcio peritará los daños. Si se llega a un acuerdo se subscribe el Acta de Conformidad.

Una vez determinada la indemnización, se efectuará el pago mediante cuenta corriente y por la caja de la Delegación de Hacienda o de Administración de Hacienda.

¿Quién lo puede pedir?

Por lesiones: persona o personas que han sufrido la lesión.

Por muerte: el cónyuge no separado legalemente o la persona (pareja) que haya convivido con la víctima, como mínimo durante los dos años anteriores a su muerte o que hayan tenido descendencia en común, y los hijos, en caso de no existir estos, los padres, nietos o abuelos.

Por daños materiales:

  • El asegurado (los bienes deben estar asegurados)*
  • La misma compañía de seguros.

* En caso de no tener asegurados los bienes dañados se puede solicitar al Ministerio del Interior, a la Delegación o Subdelegación del Gobierno.

Documentación

Indemnización por daños físicos:

DNI i NIF o pasaporte para estranjeros.

Denuncia, atestados policiales, informes forenses o diligencias sumariales.

Informe médico

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Plazo máximo de un año desde que se producen los hechos.

Organismo responsable

  • Administración General del Estado

Oficinas de la administración

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT ANDREU

Calle Segre, 24*32, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA PLAÇA SANT MIQUEL

Plaza Sant Miquel, 3, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE NOU BARRIS

Plaza Major de Nou Barris, 1, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANTS-MONTJUÏC

Creu Coberta, 104, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE GARCILASO

Calle Garcilaso, 103, Barcelona

Tel. 010

DEPARTAMENT D'INFORMACIÓ I DOCUMENTACIÓ - OFICINA D'INFORMACIÓ URBANÍSTICA

Avenida Diagonal, 230, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE GRÀCIA

Plaza Vila de Gràcia, 2, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE L'EIXAMPLE

Calle Aragó, 328, Barcelona

Tel. 010

BIBLIOTEQUES DE BARCELONA

Calle la Rambla, 99, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE CIUTAT VELLA

Calle Ramelleres, 17, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DE LA MARINA

Pg Zona Franca, 185*219, Barcelona

Tel. 010

OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DEL DISTRICTE DE SANT MARTÍ

Plaza Valentí Almirall, 1, Barcelona

Tel. 010

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.