Inscripción de animales en el Registro censal de animales de compañía y animales salvajes en cautividad

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Las personas propietarias de perros, gatos, hurones y otros animales salvajes en cautividad, están obligadas a inscribirlos en el Registro Censal de animales de compañía y animales salvajes en cautividad.

En el Registro también se puede inscribir cualquier otro tipo de animal, aunque no es obligatorio.

Es importante inscribir al animal porqué:

  • En caso de pérdida o robo se agilizan los trámites de recuperación del animal.
  • La devolución del animal perdido, la puede hacer directamente la persona que lo ha encontrado.
  • El Centro de Acogida de Animales de Compañía podrá ponerse en contacto inmediatamente con los propietarios de los animales perdidos e identificados.

En el caso de perros, gatos y hurones, antes de darlos de alta en el censo, hay que identificarlos electrónicamente con un microchip homologado y obtener el documento sanitario que facilitan los veterinarios.

A los perros considerados potencialmente peligrosos también hay que identificarlos electrónicamente con un microchip homologado y obtener la licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos.

Las razas y las características físicas que hacen que un perro sea catalogado como potencialmente peligroso están descritas en el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo.

Encontrará más información en el trámite Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos

¿Qué puede hacer?

Podrá imprimir los documentos necesarios que haya rellenado para hacer la inscripción.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

  1. Rellene el formulario, confirme los datos e imprima el documento resultante.

Después

Si está exento del pago de la tasa:

  • Ha de concertar cita previa en la oficina de atención ciudadana para entregar el ejemplar para el Ayuntamiento de la hoja de autoliquidación y la documentación requerida para dar de alta a su animal de compañía.

Si no está exento del pago de la tasa:

  • Pague la tasa en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras indicadas en la hoja de autoliquidación.
  • Una vez efectuado el pago, deberá concertar cita previa en la oficina de atención ciudadana para entregar el ejemplar para el Ayuntamiento de la hoja de autoliquidación y la documentación requerida para dar de alta a su animal de compañía.

En ambos casos, para evitar desplazamientos innecesarios, puede enviar por correo postal, el ejemplar para el Ayuntamiento de la hoja de autoliquidación y la documentación requerida a la Oficina de Protección de los Animales de Barcelona.

Tenga a mano

  • Número de microchip
  • Se encuentra en una etiqueta adhesiva en la cartilla sanitaria del animal y en la "Hoja de identificación" que entrega el veterinario en el momento de poner el microchip.

  • Año de nacimiento del animal
  • Fecha de identificación del animal
  • Fecha en que el veterinario puso el microchip al animal. Está indicada en la "Hoja de identificación" que entrega el veterinario en el momento de poner el microchip.

¿Quién lo puede pedir?

La persona propietaria del animal.

Documentación

La documentación a adjuntar es la siguiente:

En todos los casos:

  • Fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona propietaria del animal.
  • Fotocopia del documento acreditativo de la identificación del animal.

Si presenta la solicitud una persona autorizada, hay que añadir:

  • Autorización firmada por el propietario
  • DNI, pasaporte o permiso de residencia de la persona autorizada

Si la persona propietaria es menor de 16 años, hay que añadir:

  • Fotocopia del DNI del padre, madre o tutor del menor.
  • Consentimiento escrito del padre, la madre o la tutoria del menor, autorizando la inscripción en el censo del animal.

Las personas con derecho a exención en el pago de la tasa deben añadir la documentación requerida según el caso:

  • Fotocopia de la acreditación del microxip.
  • Fotocopia de la acreditación de la disminución visual.
  • Fotocopia de la tarjeta rosa.
  • Fotocopia de la acreditación de la renta familiar inferior al salario mínimo.

Fechas

A partir de la fecha de adquisición, dispone de un 1 mes de plazo para inscribir al animal en el censo y pagar la tasa correspondiente.

Precio

    El abono de la tasa se hace una sola vez en la vida del animal y tiene un coste de 38 euros.

    Están exentas del pago de la tasa:

    • Las personas con discapacidad visual que tengan un perro lazarillo.
    • Las poseedoras de la tarjeta rosa (modalidades gratuita y reducida).
    • Las personas que acrediten una renta familiar inferior al salario mínimo interprofesional.
    • Las personas que acrediten que los animales están identificados con un microchip.

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