Licencia de vado: solicitud, modificación de características, cambio de titular y baja

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El trámite permite realizar todas las gestiones relacionadas con la licencia por el uso restringido de la vía pública (acera) para la entrada y salida de vehículos privados, ya sea en edificios o en solares y/o espacios en obras.

  • Solicitud de licencia de vado
  • Modificación de las características del vado: físicas, por cambio de uso o por cambio de horario.
  • Cambio de titular de la licencia de vado
  • Baja de la licencia de vado

Es necesario tener en cuenta que:

El solicitante de la licencia de vado deberá depositar una garantía para la restitución de la acera a su estado anterior. El importe de la garantía se determinará en función de la superficie afectada y de las tarifas establecidas para la reconstrucción de pavimentos en las ordenanzas fiscales.

En el caso de concesión de la licencia, tanto la construcción del vado como su señalización corren a cuenta del titular, así como su mantenimiento.

La distancia entre el vado y cualquier elemento urbano ha de ser al menos de un metro. Si se hubiese de trasladar iría a cargo del titular, previa autorización municipal

Si se solicita la baja, la reposición de la acera y la retirada de la placa correspondiente rían a cargo del titular.

¿Qué puede hacer?

Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Antes de iniciar el trámite, deberá descargar, rellenar y guardar en su ordenador la instancia específica que tendrá que adjuntar al formulario como aparte de la documentación de su solicitud.

Se ha de tener en cuenta que en el caso de baja o modificación física del vado se debe hacer constar, en el apartado de observaciones de la instancia, que se llevarán a cabo las obras de restitución de la acera a su estado anterior y la fecha prevista para hacerlas. No será necesario hacer ninguna otra gestión ni solicitar permiso de obras.

El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

  1. Rellene el formulario. Indique el motivo de la solicitud: cambio de titular, modificación física del vado o modificación en Gual tipo Barcelona, cambio de uso o cambio de horario y, en el caso de baja de licencia, indique también si renuncia o no al depósito.

  2. Adjunte el archivo con la instancia específica y el resto de documentación necesaria. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

  3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

Después

El departamento de Servicios Técnicos de Distrito, una vez comprobada la documentación resolverá la concesión o denegación de la licencia, la modificación o el cambio de titular, y contactará con el interesado para notificarle el resultado.

En caso de resolución favorable:

  • Si la resolución de concesión es favorable, le entregarán la liquidación del depósito de garantía (a excepción de vados por entrada de vehículos a obras).
  • Si la resolución de modificación es favorable le entregarán la actualización del depósito de garantía
  • En ambos casos podrán entregar el comprobante de pago en cualquier registro de las OAC. Pasados 3 meses sin constituir el depósito de garantía se emitirá la caducidad del procedimiento.
  • Constituido el depósito se notificará al titular propuesta y resolución de la licencia así como lo liquidación de la tasa de vado.

En caso de resolución desfavorable:

  • Se notificará trámite de audiencia al interesado para que alegue todo lo que considere pertinente.

En el caso de baja:

  • Se notificará la baja con la resolución de la parte proporcional de la tasa, si no se ha efectuado el pago anual o, si el pago ya ha sido abonado, se comunicará la devolución de ingresos indebidos. El depósito de garantía no se retornará hasta la comprobación, por parte del personal municipal de la correcta reposición de la acera y la placa retirada.
  • Si el interesado no repone la acera la ejecución subsidiaria irá a su cargo y se procederá a confiscar el depósito y, si este no cubre la reposición de la acera se emitirá una liquidación complementaria.

¿Quién lo puede pedir?

En caso de solicitar una nueva licencia de vado se deberán cumplir los requisitos siguientes:

El interesado ha de estar en posesión de la licencia de uso del local y, en los casos que sea necesaria, de la licencia de actividad y de la autorización para trasladar los elementos urbanos que impedirían el acceso al local o recinto

También será necesario que el local reúna las condiciones siguientes:

1. Para todos los locales:

a) Que el tipo de actividad exija la entrada y salida de vehículos.

b) Que se cumplan las normas sobre protección contra incendios, ventilación y superficie mínima por plaza de aparcamiento, exigidas en las Ordenanzas de Edificación, Industriales y similares.

2. Para los locales de uso industrial, comercial o de servicios

a) Que dispongan de una superficie libre no inferior a los 40m2 reservada permanentemente y exclusiva para tareas de carga o descarga excepto en aquellos locales que tengan una licencia de actividad relacionada con el ramo del automóvil y en los establecimientos que necesiten efectuar la carga y descarga de pesos importantes, siempre que acrediten la necesidad de efectuar dichas operaciones y declaren la denominación, número y ubicación de los aparatos mecánicos existente, que deberán acreditar la correspondiente licencia. En el caso de actividades sujetas a reglamentaciones específicas que impongan normas de seguridad o higiene para las operaciones de carga y descarga, podrán no aplicarse los mínimos de superficie anteriormente indicados.

3. Garajes o aparcamientos:

a) Que se trate de una edificación o local con obligación legal de tener garaje o aparcamiento.

b) En el resto de casos será necesario que el local acredite una superficie mínima de 60m2 con capacidad para tres o más vehículos, excepto en los edificios unifamiliares o en aquellas calles donde esté prohibido el estacionamiento, autorizándose, en este último caso, a precario.

En el caso de modificación física del vado, debe tenerse en cuenta que el mínimo de metros a solicitar será la anchura de la puerta. En todo caso, la anchura máxima a solicitar no excederá en más de un metro el espacio que ocupe la puerta, a excepción de calles estrechas (menos de 6 metros de calzada) con entrada de camiones grandes, que será hasta 2,5 metros.

Puede realizar el trámite cualquier ciudadano o entidad.

En el caso de cambio de titular será el nuevo propietario quien ha de realizar la petición.

Documentación

Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

Para todos los casos:

Adicionalmente, en el caso de nuevas altas, modificaciones o cambio de titular:

  • Una fotografía reciente de la fachada.
  • Una fotografía de la acera de acceso al local u obra.
  • Dos planos del emplazamiento a escala 1:500, indicando la situación del local o recinto y la del vado, la distancia de la finca al eje de la calle, la del vado a la esquina más cercana, la numeración exacta de la finca y la orientación geográfica (únicamente para nuevas solicitudes).
  • Dos planos del local a escala 1/100, con indicación de la superficie ocupada por el aparcamiento o zona de carga o descarga, ancho de la acera, del acceso de la fachada y del vado, con grafismo de los elementos urbanos (únicamente para nuevas solicitudes y para modificaciones).

Fechas

La licencia de vado para un edificio o por obras no tiene fecha de caducidad, por ello no ha de ser renovada.

El plazo para resolver, por parte del Ayuntamiento es de tres meses. Pasado este plazo sin notificación alguna se considerará desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo.

Precio

    Anualmente se deberá hacer efectivo el pago de la correspondiente tasa de vados.

    La cuantía del precio público viene determinada por el polinomio:

    PB x S x T x FCC x FCA

    PB = Precio básico. Año 2016: 0,4966 euros.

    S = Superficie en m2. (Se calcula con los metros lineales del vado redondeando por exceso, multiplicada por una anchura de tres metros). En el caso de vados, los metros de ocupación que pasen de 5 lineales se contaran doble.

    T = Tiempo en días del aprovechamiento, siempre que no se establezca una duración mínima. Cuando la licencia o autorización se conceda por meses, trimestres, fiestas o vísperas durante el año, semestres, temporada o por año, se considerará, para el cálculo de la cuota, los meses de 30 días, los trimestres de 90 días, las fiestas y vísperas de 128 días, los semestres o temporada de 180 días y los años de 360 días. En los otros casos el cálculo de la cuota se hará por el número de días de ocupación efectiva.

    FCC = Factor Corrector de Calle según las siguientes categorías:

    • Categoría de la calle A = factor corrector 5
    • Categoría de la calle B = factor corrector 3
    • Categoría de la calle C = factor corrector 1,75
    • Categoría de la calle D = factor corrector 1,25
    • Categorías de la calle E,F,Z industr. = factor corrector 1

    FCA = Factor corrector de Aprovechamiento según el siguiente baremo:

    • Permanentes = factor corrector 0,1746
    • Más de 8 h hasta 12 h = factor corrector 0,1358
    • Hasta 8 h = factor corrector 0,1164

    Para vados de garajes parquings sujetos a los epígrafes de IAE núms. 751.1, 751.2 y 751.3 = factor corrector 0,1067

    Para vados de servicios de lavado y engrase de automoviles, servicio de taller de reparación de automoviles, agencias de transporte y locales de compraventa de vehiculos:

    • De más de 8 horas y hasta 12 horas = factor corrector 0,0970
    • Hasta 8 horas = factor corrector 0,0922

    Para vados de acceso a estaciones de servicio: factor corrector de 0,0970

    Para vados de inmuebles destinados a viviendas, el mismo polinomio añadiendo el Factor Corrector de Vivienda.

    PB x S x T x FCC x FCA x FCH

    FCH = Factor Corrector de Vivienda:

    • Superficie del garaje hasta 25 m2 = 0,70
    • Más de 50,1 m2 hasta 100 m2 = 0,90
    • Más de 100,1 m2 = 1

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