Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía

Requisitos del informe técnico-sanitario.

Relativo a las condiciones de manejo, higiene y profilaxis, suscrito por veterinario legalmente capacitado que contiene :

- Memoria descriptiva de la actividad señalando especies, censo y capacidad máxima por especies, así como los métodos de destrucción de cadáveres y materias contumaces.
- Croquis y/o descripción de las instalaciones con indicación de las instalaciones de secuestro de animales en casos de enfermedad y detalle de la eliminación de vertidos.
- Programa definido de manejo, higiene y profilaxis de los animales albergados que deberá estar visado por un veterinario.
- Protocolo de actuación desde el ingreso del animal hasta su salida (venta, adopción o sacrificio) con indicación de los controles en la identificación, inscripciones censales, distribución de animales, alimentación, baños, vacunaciones y desparasitaciones, protocolo de eutanasia, etc.
- Cualquier otra información concerniente al tipo de Centro prevista en la legislación vigente conforme a lo establecido en el siguiente

Anexo

Características especificas del informe técnico-sanitario en función del tipo de centro

  • Centros Veterinarios
  • Centros para la venta
  • Centro para el cuidado temporal
  • Centros de adiestramiento
  • Centros de estética

Centros Veterinarios

a. El programa definido de manejo, higiene y profilaxis deberá incluir:

- Protocolo de limpieza y desinfección. Descripción de los medios físicos y químicos utilizados. Procedimientos y regularidad.
- Protocolo de gestión de cadáveres animales (SANDACH). Documento de aceptación o Contrato con gestor autorizado.
- Protocolo de gestión de Residuos Peligrosos (Sanitarios y otros). Contrato con gestor autorizado.

b. Documentación complementaria:

- Se acreditará la existencia del Registro de animales sacrificados, conforme a lo dispuesto en la ORDEN de 19 de abril de 2010, por la que se establecen los tratamientos obligatorios de los animales de compañía, los datos para su identificación en la venta y los métodos de sacrificio de los mismos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, siendo el titular del centro el responsable de su mantenimiento.

Centros para la venta

a. El programa definido de manejo, higiene y profilaxis deberá incluir:

- Especies, censo y capacidad máxima por especies.
- Plan de alimentación adecuado para cada especie.
- Actuaciones documentales higiénicas, sanitarias y de bienestar animal destinadas a prevenir enfermedades y dar calidad de vida al colectivo de animales presentes en las instalaciones.
- Acreditación de la existencia de condiciones ambientales idóneas, con habitáculos protegidos del sol, con temperatura y condiciones adecuadas a cada especie, seguros y que garanticen el descanso de los animales.
- Tratamientos antiparasitarios y otros aplicados a la entrada de los animales (vitaminas, antibióticos, antiestresantes, etc.).
- Protocolo de limpieza y desinfección. Descripción de los medios físicos y químicos utilizados. Procedimientos y regularidad.
- Protocolo de actuación desde el ingreso del animal hasta su salida del Centro.
- Protocolo de gestión de estiércoles y/o cadáveres animales (SANDACH). Documento de aceptación o Contrato con gestor autorizado.
- En su caso, Protocolo de gestión de Residuos Peligrosos (Sanitarios y otros). Contrato con gestor autorizado.

b. Documentación complementaria:

- Declaración Responsable del Titular en la que se reconozca conocer la normativa legal para el ejercicio de su actividad, y en concreto:

a. Obligación de dotar los habitáculos de los animales de fichas identificativas que incluyan la información establecida en el art. 8 de la ORDEN de 19 de abril de 2010, por la que se establecen los tratamientos obligatorios de los animales de compañía, los datos para su identificación en la venta y los métodos de sacrificio de los mismos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
b. Obligación de entregar al comprador documento de venta según lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 11/2003 de Protección de los Animales.
c. Obligación de entregar los animales sanos y bien nutridos, mayores de 40 días de edad en el caso de los mamíferos.
d. Obligación de entregarlos debidamente identificados, desparasitados y vacunados en función de su edad y especie, por veterinario autorizado y con la correspondiente cartilla sanitaria.
e. Prohibición de vender Animales Potencialmente Peligrosos a personas que no estén en posesión de la Licencia Municipal correspondiente.

Centro para el cuidado temporal

(RESIDENCIAS, ALBERGUES, CRIADEROS, ESTABLECIMIENTOS PARA LA PRÁCTICA DE LA EQUITACIÓN Y OTROS ANÁLOGOS)

a. El programa definido de manejo, higiene y profilaxis deberá incluir:

- Especies, censo y capacidad máxima por especies.
- Plan de alimentación adecuado para cada especie.
- Actuaciones documentales higiénicas, sanitarias y de bienestar animal destinadas a prevenir enfermedades y dar calidad de vida al colectivo de animales presentes en las instalaciones. Tratamientos antiparasitarios y otros aplicados a la entrada de los animales (vitaminas, antibióticos, antiestresantes, etc.).
- Protocolo de limpieza. Descripción de los medios físicos y químicos utilizados. Procedimientos y regularidad.
- Programa de Desratización, Desinsectación y Desinfección de las instalaciones. Sistemas y productos utilizados.
- Protocolo de actuación desde el ingreso del animal hasta su salida del Centro.
- Protocolo de gestión de estiércoles y/o cadáveres animales (SANDACH). Contrato con gestor autorizado.
- Protocolo de gestión de Residuos Peligrosos (Sanitarios y otros). Contrato con gestor autorizado.

b.Documentación complementaria:

- Declaración Responsable del Titular en la que se reconozca conocer la normativa legal para el ejercicio de su actividad, y en concreto:

a. Obligación de disponer de personal veterinario responsable sanitario de las instalaciones.
b. Obligación de disponer de Libro de Registro del Centro donde se recojan los datos de los animales desde su entrada hasta su salida, incluyendo los datos sanitarios reflejados por el servicio veterinario.
c. Obligación de comunicar al propietario de un animal de forma inmediata la aparición de procesos patológicos.
d. Obligación de exigir a los propietarios que en el momento del ingreso los animales se encuentren al corriente de los tratamientos y vacunas de carácter obligatorio establecidos por las autoridades competentes.

Centros de adiestramiento

a. El programa definido de manejo, higiene y profilaxis deberá incluir:

- Especies, censo y capacidad máxima por especies.
- Plan de alimentación adecuado para cada especie.
- Actuaciones documentales higiénicas, sanitarias y de bienestar animal destinadas a prevenir enfermedades y dar calidad de vida al colectivo de animales presentes en las instalaciones. Tratamientos antiparasitarios y otros aplicados a la entrada de los animales (vitaminas, antibióticos, antiestresantes, etc.).
- Protocolo de limpieza.Descripción de los medios físicos y químicos utilizados. Procedimientos y regularidad.
- Programa de Desratización, Desinsectación y Desinfección de las instalaciones. Sistemas y productos utilizados.
- Protocolo de actuación desde el ingreso del animal hasta su salida del Centro.
- Protocolo de gestión de estiércoles y/o cadáveres animales (SANDACH). Contrato con gestor autorizado.
- Protocolo de gestión de Residuos Peligrosos (Sanitarios y otros). Contrato con gestor autorizado.

b. Documentación complementaria:

- Declaración Responsable del Titular en la que se reconozca conocer la normativa legal para el ejercicio de su actividad,
y en concreto:

a. Obligación de disponer de personal veterinario responsable sanitario de las instalaciones.
b. Obligación de disponer de personal acreditado para el adiestramiento que utilice métodos fundamentados en el conocimiento de la psicología del animal y que no entrañen malos tratos físicos ni daño psíquico.
c. Obligación de disponer de Libro de Registro del Centro donde se recojan los datos de los animales desde su entrada hasta su salida y, específicamente:

- Datos de identificación de los animales, incluyendo los datos sanitarios reflejados por el servicio veterinario.
- Datos de identificación del propietario.
- Tipo de adiestramiento.

d. Obligación de comunicar al propietario de un animal de forma inmediata la aparición de procesos patológicos.
e. Obligación de exigir a los propietarios que en el momento del ingreso los animales se encuentren al corriente de los tratamientos y vacunas de carácter obligatorio establecidos por las autoridades competentes.

Centros de estética

a. El programa definido de manejo, higiene y profilaxis deberá incluir:

- Protocolo de limpieza, desinsectación y desinfección. Descripción de los medios físicos y químicos utilizados.

Procedimientos y regularidad.

b. Documentación complementaria:

- Declaración Responsable del Titular en la que se reconozca conocer la normativa legal para el ejercicio de su actividad, y en concreto:

a. Obligación de disponer de agua caliente.
b. Obligación de disponer de dispositivos de secado con los artilugios necesarios para impedir la producción de quemaduras a los animales.
c. Disponer de mesas de trabajo con sistemas de seguridad capaces de impedir el estrangulamiento de los animales en el caso de que intenten saltar al suelo.

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Córdoba le informa que los datos personales obtenidos recogidos en esta Solicitud y demás documentos del expediente que se adjunten van a ser incorporados al tratamiento de datos descrito a continuación:

- Denominación: Registro Municipal de Centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía.

- Responsable: Ayuntamiento de Córdoba. Delegación de Gestión y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y Control Animal. Calle Capitulares, 1, CP 14071 - Córdoba, e-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla., tel. 957 499 900. Delegado de Protección de Datos, e-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

- Finalidad: Asegurar la correcta gestión de los datos personales de los titulares y representantes de establecimientos consistentes en centros veterinarios, centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de animales de compañía, que solicitan el alta, la modificación de datos o la baja de los mismos en el Registro Municipal de este tipo de entidades.

- Legitimación: RGPD: 6.1.c) El tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal. Ley 11/2003, de 24 de Noviembre, de Protección de los Animales y Decreto 65/2012, de 13 de Marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad y zootécnicas de los animales. RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Reglamento General de Protección de Datos.

- Plazo de conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación y resto de normativa legal aplicable.- Existencia de decisiones automatizadas o elaboración de perfiles: No procede.

- Destinatarios: Junta de Andalucía.

- Derechos: Acceder, rectificar, suprimir, oponerse o solicitar la limitación del tratamiento respecto a los datos personales relativos a la persona afectada. De acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento, dirigiéndose por escrito al Ayuntamiento de Córdoba mediante la dirección de e-mail de nuestro Delegado de Protección de Datos: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla., indicando como Asunto:

“Derechos Ley Protección de Datos”, y adjuntando fotocopia de su DNI. En el caso de no recibir respuesta, o si la respuesta recibida fuese insatisfactoria, puede interponer una reclamación de tutela de sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).


Oficinas de la administración

Viviendas Municipales de Córdoba S.A.

Calle Angel de Saavedra 9, 14003, Córdoba

Cementerios y Servicios Funerarios Municipales de Córdoba

Carretera Antigua N-Iv Carretera Madrid-Cádiz S/N, 14014, Córdoba

Consorcio Orquesta de Córdoba

Calle Alfonso XIII 13, 14001, Córdoba

Tel. 957491767

Instituto Municipal de Turismo de Córdoba (IMTUR)

Calle Rey Heredia 22, 14003, Córdoba

Tel. 957201774

Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (IMDECO)

Calle José Ramón García Fernández S/N, 14010, Córdoba

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