201300006-Carné para la utilización y manipulación de productos fitosanitarios

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita por Internet

Consiste en

Obtener el carné acreditativo para la utilización y manipulación de productos fitosanitarios.

Requisitos

1.

Certificado de haber superado el curso del nivel correspondiente de una entidad colaboradora homologada.

Necesitas

  1. Dos fotografías tamaño carné.

  2. Copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

  3. Justificante del pago de la correspondiente tasa.

  4. Certificado original o copia compulsada de la entidad de formación colaboradora acreditativo de la superación del curso.

  5. En el caso de renovación:

    • Copia del carné de manipulador a renovar o de haber superado el curso habilitante o, en su caso, la actualización en la formación.
  6. En el caso de convalidación:

    • Copia compulsada del título académico correspondiente o del pago de tasas de dicho título.
  7. Acreditar ser usuario profesional(*) de acuerdo con la definición que viene contemplada en el artículo 3.a) del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

    (Ver: Te interesa saber).

  8. Certificado Digital o DNI electrónico

Tasas

Modelo 046

Te interesa saber

  1. TASA

    • Para pagar la tasa es necesario utilizar el Modelo 046, seleccionando en el desplegable de la casilla dato específico la opción 328003 - Gestión de servicios facultativos de los servicios agronómicos.
    • Importe 2,12 euros.
  2. OBLIGATORIEDAD

    • Los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios para ejercer su actividad, deberán estar en posesión de un carné.
    • A partir del 26 de noviembre de 2015, todos los usuarios profesionales y vendedores de productos fitosanitarios deberán estar en posesión de dicho carné.
  3. NIVELES DE CAPACITACIÓN

    • Nivel básico: para el personal auxiliar de tratamientos terrestres y aéreos (incluyendo los no agrícolas) y los agricultores que los realizan en la propia explotación sin emplear personal auxiliar y utilizando productos fitosanitarios que no sean ni generen gases tóxicos, muy tóxicos o mortales. También se expedirán para el personal auxiliar de la distribución que manipule productos fitosanitarios.
    • Nivel cualificado: para los usuarios profesionales responsables de los tratamientos terrestres (incluidos los no agrícolas) y para los agricultores que realicen tratamientos empleando personal auxiliar. También se expedirán para el personal que intervenga directamente en la venta de productos fitosanitarios de uso profesional, capacitando para proporcionar la información adecuada sobre su uso, sus riesgos para la salud y el medio ambiente y las instrucciones para mitigar dichos riesgos.
    • Fumigador: para aplicadores que realicen tratamientos con productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza. Para obtener el carné de fumigador será condición necesaria haber adquirido previamente la capacitación correspondiente a los niveles básico o cualificado, según lo especificado en los dos puntos anteriores.
    • Piloto aplicador: para el personal que realice tratamientos fitosanitarios desde o mediante aeronaves.

    Estarán exentos de la obligación de realizar el curso de nivel cualificado quienes soliciten el carné para dicho nivel y acrediten que están en posesión de la titulación habilitante, según lo establecido en el artículo 18.2) del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.

  4. VIGENCIA

    Los carnés tendrá una validez para ejercer la actividad en todo el territorio nacional por un periodo de diez años, excepto en los casos que sea retirado por la autoridad competente antes de finalizar este plazo, por incumplimiento de los requisitos o por infracción.

  5. (*) USUARIO PROFESIONAL

    Cualquier persona que use productos fitosanitarios en el ejercicio de su actividad profesional, incluidos los operadores, técnicos, empresarios o trabajadores autónomos, tanto en el sector agrario como en otros sectores.

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Iniciar solicitud

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Desarrollo Agroalimentario

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL Y RECURSOS NATURALES

Código: 201300006

Más información

Normativa relacionada con el servicio


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Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

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Consejería de Empleo, Industria y Turismo

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Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

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Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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