Reclamación de consumo

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Reclamación de consumo

Presentación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de quejas, reclamaciones o denuncias en relación a problemas o conflictos en la compra de productos o en prestación de servicios..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

  • Las personas consumidoras (personas físicas o jurídicas), compradoras de productos o usuarias de servicios, siempre que no actúen en un ámbito de actividad empresarial o profesional.
  • Los autónomos y las Pymes de menos de 10 trabajadores, en lo que corresponde a los servicios básicos (agua, gas, electricidad, transportes, medios audiovisuales, servicios postales, telefonía, internet, servicios sanitarios, asistenciales, financieros y de seguros) y a los de trato continuado.
  • La OMIC de L'Hospitalet tiene competencia y puede intervenir en conflictos de consumo cuando la persona consumidora o bien la parte reclamada están domiciliadas en L'Hospitalet.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Cuando surja un problema o un conflicto en materia de consumo que no haya podido resolver. Previamente, se tiene que haber presentado la reclamación a la empresa..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
1. Pulse sobre el botón Tramitar.
2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
3. Rellene el formulario que se abrirá.
4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • Se tiene que haber presentado la reclamación a la empresa.

Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas, concretando su petición en el espacio "solicito" de la hoja de reclamación en la OMIC, o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Documentación necesaria
  • Hoja de reclamación en la OMIC.
  • Hay que adjuntar fotocopiada y por duplicado la documentación relativa al caso (facturas, contratas, publicidad, fotografías, etc).
  • En caso de que se actúe por representación (comunidades, asociaciones, sociedades), se tiene que acreditar documentalmente la representación de la persona que firma la solicitud (acta de nombramiento, escritura, estatutos..).
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

La OMIC estudiará la reclamación/queja/denuncia presentada y determinará su curso:
  1. Mediación (intervención de la OMIC para ayudar a las partes y facilitar la obtención de un acuerdo satisfactorio).
  2. Derivación a la inspección de consumo o a otros servicios o administraciones competentes.
  3. Traslado a la Junta Arbitral de Consumo de L'Hospitalet si resulta procedente.

MÁS INFORMACIÓN

Consulte la información sobre las características y requisitos del procedimiento de mediación de consumo en el documento adjunto..
OTROS DOCUMENTOS ASOCIADOS.

TIEMPO DE RESPUESTA

3 meses

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, Refundida de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Resolución OMIC.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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