Registro censal de animales de compañía

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Registro censal de animales de compañía

Comunicación para tramitar el alta, la baja o cualquier otra modificación de los datos que ya consten en el Censo municipal de animales de compañía, como la cesión o el cambio de residencia del animal (perro, gato o hurón).

En relación a la licencia para la tinencia y conducción de perros considerados potencialmente peligrosos por la vía pública y partes comunes de los edificios vea el trámite relacionado al final de esta página..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona propietaria del animal (perros, gatos y hurones).

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Dentro del plazo de 30 días, contado desde la fecha de nacimiento, de adquisición, cambio de residencia del animal o traslado termporal por un periodo superior a tres meses al término municipal de L'Hospitalet.

Dentro del plazo de 10 días, contado desde la fecha de cesión, o cualquier otro modificación de los datos que figuren en el Censo municipal de animales de compañía.

Por defunción, presentar el certificado veterinario de defunción y la cartilla sanitaria del animal al Censo municipal de animales de compañía en el plazo de 10 días, con el fin de darlo de baja..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • El animal tiene que de residir en L’Hospitalet.
  • El animal tiene que estar identificado con un microchip registrado en la AIAC o ANICOM (vea el folleto informativo sobre trámites y gestiones).

Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Documentación necesaria
  • Solicitud de alta-baja en el censo municipal de animales de compañía
Además tendrá que aportar la siguiente documentación:
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona propietaria
  • Cartilla sanitaria
  • Hoja de alta del microchip
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

Una vez registrado el animal, a la persona solicitante se le envía el certificado del censo con el número de registro a su casa.

MÁS INFORMACIÓN

Puede consultar más información en los documentos que encontrará a continuación en el apartado "Otros documentos asociados"..
OTROS DOCUMENTOS ASOCIADOS.

VALIDEZ

La inscripción en el censo tendrá una vigencia máxima de 15 años, posteriormente a la que el animal será dado de baja de oficio. Una vez transcurrido este plazo, para que el animal continúe dado de alta, tendrá que solicitar la actualización de los datos con periodicidad bianual.

SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Sin resolución de órgano.

TRÁMITES RELACIONADOS


Oficinas de la administración

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