Padrón Municipal. Solicitud de justificantes de empadronamiento: certificados y volantes

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Certificado

Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual. Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:

  • Organismos judiciales (juzgados y tribunales)
  • Organismos militares o autoridades extranjeras

  • Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.)Declaraciones de herederos

  • Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, SEPE, Universidades
  • Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia)
  • Reconocimiento de situación de dependencia
  • Bono Social

Volante

Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual. En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Comunidad de Madrid, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:

  • Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI)

  • Matriculación de vehículos

  • Bonos de piscina, ayudas de Servicios Sociales

  • Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Madrid

  • Trámites en los que no se exija expresamente el certificado, etc.

Cómo realizar el trámite

  • En línea: a través del enlace que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar - En Línea:
    • Sin identificación electrónica:
      • Solicitud de volante de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de diez días hábiles.
      • Solicitud de certificado de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de quince días hábiles.
    • Con identificación electrónica:
      • Obtención de volante de empadronamiento: se obtendrá en el acto.
      • Solicitud de certificado de inscripción padronal anterior al 1 de marzo de 1991 (a través del enlace ?Registro Electrónico'). Para más información: consultar la ayuda.
  • Por teléfono: llamando al teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
  • Por correo postal: enviando la petición por correo postal a la siguiente dirección: Subdirección General de Estadística. Servicio de Padrón de Habitantes. C/ Augusto Figueroa nº 36, 1ª pl. - 28004 Madrid.
  • Presencialmente: acudiendo a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (Línea Madrid) de los Distritos.

Documentación

  • Solicitudes formuladas por persona distinta del titular
    • En el caso de que la solicitud de los justificantes sea realizada por una persona distinta del titular del documento, es preciso aportar documento de identidad original del autorizado, escrito de AUTORIZACIÓN del interesado debidamente firmado, adjuntándose al mismo la fotocopia del documento de identidad del autorizante.
    • Cuando en la acreditación de la representación por el autorizado, se plantee alguna duda o esta no haya sido acreditada, el Ayuntamiento está facultado para solicitar la documentación que considere conveniente y podrá si así lo estima, enviar el justificante de empadronamiento al domicilio del interesado.
  • Peticiones presenciales:
    • DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado.
    • En el caso de certificados anteriores a 1 de marzo de 1991 se rellenará un formulario de solicitud facilitado en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía. También puede descargarse desde el apartado 'Modelos de Formularios'
    • En el caso de menores no emancipados:
      • Los solicitantes (sean progenitores o no) se encuentran empadronados en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor: original de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de identidad en caso de ser nacional de estados miembros de la Unión Europea, de los solicitantes.
      • Los solicitantes (sean progenitores o no) no se encuentran empadronados en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor: original de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de identidad en caso de ser nacional de estados miembros de la Unión Europea, de los solicitantes y autorización del mayor de edad con el que el menor figure empadronado, adjuntándose fotocopia del documento de identidad del autorizante.
    • En el caso de personas fallecidas: DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, tanto del fallecido como del solicitante, en todos los casos, deberá presentarse además Certificado de Defunción expedido por el Registro Civil o la página del Libro de Familia en que figura registrado el fallecimiento, así como, el documento de acreditación de interés legítimo, como pueden ser entre otros:
      • Si la persona que lo solicita es el cónyuge: Libro de Familia o Certificado de Matrimonio.
      • Si la persona que lo solicita es un hijo/a o padre/madre: Libro de Familia o Certificado Literal de Nacimiento.
      • Si la persona que lo solicita es heredera testamentaria: Testamento y/o Certificado de Últimas Voluntades.
      • Si el solicitante no está empadronado en el mismo domicilio de la persona fallecida, ni aparece como heredera, deberá aportar documento en el que se acredite su condición de interesado o de representante del interesado.
      • Cuando la persona solicitante sea persona jurídica (por ejemplo, una gestoría) u otros profesionales (por ejemplo, un abogado/a), se deberá aportar la fotocopia de los documentos que acrediten que actuán en representación de los interesados legítimos.
  • Peticiones por correo postal:
    • Escrito de solicitud firmado por el interesado, indicando:
      • Qué se solicita
      • Nombre y apellidos
      • Fotocopia del DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, del interesado.
      • Dirección Postal completa en la que se quiere recibir la información
      • Teléfono de contacto
    • En el caso de menores no emancipados:
      • Los solicitantes (sean progenitores o no) se encuentran empadronados en situación de alta en la inscripción en la que figura el menor: fotocopia de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de identidad en caso de ser nacional de estados miembros de la Unión Europea, de los solicitantes.
      • Los solicitantes (sean progenitores o no) no se encuentran empadronados en situación de alta en la inscripción en la que figur el menor: fotocopia de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de identidad en caso de ser nacional de estados miembros de la Unión Europea, de los solicitantes y autorización del mayor de edad con el que el menor figure empadronado, adjuntándose fotocopia del documento de identidad del autorizante.
    • En el caso de personas fallecidas: Fotocopia de DNI, o Pasaporte, o Tarjeta de Extranjero, o Tarjeta de Identidad en caso de ser nacional de la Unión Europea, tanto del fallecido como del solicitante, en todos los casos, deberá presentarse además Certificado de Defunción expedido por el Registro Civil o la página del Libro de Familia en que figura registrado el fallecimiento, así como, el documento de acreditación de interés legítimo, como pueden ser entre otros:
      • Si la persona que lo solicita es el cónyuge: Libro de Familia o Certificado de Matrimonio.
      • Si la persona que lo solicita es un hijo/a o padre/madre: Libro de Familia o Certificado Literal de Nacimiento.
      • Si la persona que lo solicita es heredera testamentaria: Testamento y/o Certificado de Últimas Voluntades.
      • Si el solicitante no está empadronado en el mismo domicilio de la persona fallecida, ni aparece como heredera, deberá aportar documento en el que se acredite su condición de interesado o de representante del interesado.
      • Cuando la persona solicitante sea persona jurídica (por ejemplo, una gestoría) u otros profesionales (por ejemplo, un abogado/a), se deberá aportar la fotocopia de los documentos que acrediten que actuán en representación de los interesados legítimos.
  • Peticiones por Internet: no requiere anexar documentación. Sólo hay que cumplimentar los campos del formulario de petición.

Más Información

Información complementaria
  • Solicitudes especiales

    • Certificados y volantes de menores no emancipados y personas fallecidas:
      • Los certificados y volantes de empadronamiento de los menores no emancipados deberán ser solicitados por sus padres o representantes legales con los que figure empadronado; sino está empadronado con éstos, el solicitante deberá tener autorización del mayor de edad con el que figure empadronado el menor.

      • El certificado de una persona fallecida puede solicitarlo cualquier persona que acredite un interés legítimo: descendientes, cónyuge, ascendientes o personas autorizadas por éstos.

    • Certificados históricos: son aquellos certificados que incluyen información de años anteriores a 1991 (antigüedad en el empadronamiento anterior a 1 de marzo de 1991). No pueden solicitarse a través del 010, solo de forma presencial, por correo postal o a través del Registro Electrónico.

    • Certificados y volantes de no empadronamiento. Se deben distinguir dos situaciones:

      • Personas que no están actualmente empadronadas pero que lo han estado anteriormente: en estos casos se debe certificar el periodo que ha estado de alta y la fecha en que causa baja en padrón poniendo la causa de baja: defunción, caducidad, inscripción indebida, cambio de residencia. En estos casos es necesario la identificación del solicitante, mediante la presentación del correspondiente documento de identidad, DNI, pasaporte, etc. Estos certificados o volantes sólo se expedirán en la modalidad de individual.

      • Personas que no aparecen en la Base da datos: En estos casos es necesario la identificación del solicitante, mediante la presentación del correspondiente documento de identidad, DNI, pasaporte, etc. Estos certificados o volantes sólo se expedirán en la modalidad de individual y en ellos se reflejará que la persona no está empadronada en Madrid.

  • Plazos de entrega
    • Certificados:
      • Solicitudes presenciales: en el acto con carácter general, excepto en las Oficinas de Aravaca, El Pardo y Valverde, que se entregarán a los dos días hábiles. En el caso de los certificados históricos se avisará a los interesados, una vez confeccionados, para que pasen a recogerlos.
      • Solicitudes a través del 010, Internet o por correo postal: se enviarán por correo al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, quince días hábiles desde que se solicita). En el caso de los certificados históricos se remitirán a los interesados una vez confeccionados.
    • Volantes:
      • Solicitudes presenciales: en el acto.
      • Solicitudes a través del 010 o por correo postal: se enviarán por correo al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días hábiles desde que se solicita).
      • Solicitudes a través de Internet:
        • Sin certificado electrónico: se enviará posteriormente por correo al domicilio de empadronamiento del interesado (plazo estimado, diez días hábiles desde que se solicita).
        • Con certificado electrónico: la obtención del volante es inmediata.
Fundamento legal
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada en relación con el Padrón Municipal por la Ley 4/1996, de 10 de Enero.
  • Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, modificado por el Real Decreto 2612/1996, de 20 de Diciembre.
Entidad Gestora

Dirección General de Economía y Sector PúblicoSubdirección General de Estadística

Modelos de formularios

Información relacionada


Oficinas de la administración

OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE MONCLOA - ARAVACA

PLAZA  MONCLOA,  1 28008  MADRID 

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