Autorizacion de Espectaculo Publico o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario en un establecimiento.

Actualizado el 28 de abril de 2020
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Procedimiento para regular las autorizaciones para la celebración de espectáculos o actividades recreativas ocasionales o extraordinarios en un establecimiento.

¿Quién lo puede solicitar?

Cualquier interesado que cumpla los requisitos necesarios.

  • Fecha de solicitud:Con una antelación mínima de 30 días respecto a la celebración del evento
  • Plazo de resolución:Inmediato.

Documentación necesaria

·Impreso de Solicitud de Autorización de Espectáculo Publico o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario, según modelo normalizado (por duplicado) y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.
·Acreditación del Promotor: DNI o CIF y escritura de nombramiento del Órgano de Administración de la Sociedad (original o copia compulsada por fedatario público o compulsa del mismo realizada por ésta Administración).
·Acreditación del Representante: DNI y autorización del promotor para su representación ante el Ayuntamiento de Málaga a efectos de ésta solicitud.
·Autorización del Titular del establecimiento o Gestor espacio público utilizado: Documentación acreditativa de la capacidad legal del promotor para la celebración del evento en el lugar solicitado (Contrato de arrendamiento, o cesión, Escritura de propiedad, Licencia de apertura, Área de Comercio Y Vía Publica, Demarcación de Costas....).No será necesario éste requisito cuando en la tramitación de la Licencia Urbanística, ya se le haya exigido dicha autorización.
·Proyecto Técnico de Instalaciones: Visado y elaborado por técnico competente, que recoja cuanto menos los aspectos relacionados a continuación:
-Denominación y clasificación de la actividad, conforme al Nomenclátor y Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado en desarrollo de la Ley 13/1999 por Decreto 78/2002, de 26 de febrero.
-Justificación del cumplimiento del Código Técnico de la Edificación en sus Secciones SI y SUA, aprobado por RD 314/2006, de 17 de marzo y las disposiciones aplicables del Reglamento General de Policía y Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, aprobado por RD 2816/1982, de 27 de agosto y modificado por el RD anterior.
-Documentación técnica justificativa del cumplimiento de las instalaciones eléctricas, de acuerdo con las prescripciones del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por RD 842/2002, de 2 de agosto.
-Planos en número y escalas apropiadas, comprensivos de los aspectos relacionados.
-Plan de Autoprotección, conforme a lo establecido en el RD 393/2007, de 23 de marzo y en la Ordenanza Municipal de Contra Incendios.
·Licencia urbanística para las instalaciones: Procedimiento abreviado expedido por la Gerencia Municipal de Urbanismo, de acuerdo con el Decreto 60/2010, de 16 de marzo.
·Acreditación de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil: Ejemplar de la Póliza y el recibo de pago de las primas correspondientes al periodo del seguro en curso o de copia debidamente autenticada de los mismos, de acuerdo con las condiciones exigidas en el Decreto109/2005, de 26 de abril de la Junta de Andalucía.
La póliza y el recibo podrán ser sustituidos por un Certificado emitido por la Cía. Aseguradora en el que conste de forma fehaciente el cumplimiento del citado Decreto. El Certificado deberá ser original y rubricado por el Asegurador y el Tomador. MODELO A
·Declaración responsable de la capacidad de obrar: Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 195/2007, de 26 de junio, que cuenta con la capacidad de obrar y la habilitación profesional o empresarial necesaria para organizar la actividad recreativa o espectáculo. Modelo B
·Declaración responsable en materia Prevención de Riesgos Laborales: Suscrita por el organizador, en la que se haga constar que de conformidad con el artículo 6.2 del Decreto 195/2007, de 26 de junio, dicho evento cumple la normativa de prevención de riesgos laborales en cuento a las condiciones de los puestos y la formación y vigilancia de la salud del personal trabajador, en todos sus extremos. Modelo C
·Declaración jurada sobre condiciones de limpieza del espacio público utilizado: De acuerdo con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos. Modelo D
·Informe higiene alimentario: En el supuesto que en la actividad o espectáculo se expendan productos alimentarios, deberán aportar Informe del Servicio Sanitario de este Ayuntamiento, acerca de si reúne las condiciones higiénico-sanitarias que exige la normativa vigente.


Obligaciones económicas

Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.


Legislación aplicable

  • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).

  • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009).

  • Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. (BOE nº 72 de 24 de marzo de 2007).

  • Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. (BOJA nº 137 de 12 de julio de 2007).

  • Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).

  • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).

  • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).

  • Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 37 de 30 de marzo de 2002).

  • Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOE nº 267 de 6 de noviembre de 1982).

  • Real Decreto 842/02, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (BOE nº 224 de 18 de septiembre de 2002).

  • Decreto 109/2005. de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. (BOJA nº 92 de 13 de mayo de 2005).

  • Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 66 de 7 de abril de 2010).

  • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de Actividades Administrativas con motivo de la Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).

  • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).

  • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).

  • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. (BOE nº 74 de 28 de marzo de 2006). Corrección de errores y erratas (BOE nº 22 de 25 de enero de 2008).

Procedimiento

Procedimiento presencial:

  • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas.
  • Presentar el impreso de Solicitud de Autorización de Espectáculo Publico o Actividad Recreativa Ocasional o Extraordinario, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria.
  • Obtener copia registrada de su presentación.
  • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
  • Una vez realizadas las comprobaciones necesarias, si procede, se emitirá Resolución concediendo la Autorización solicitada.

Oficinas de la administración

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Calle Compañía 10, 29008, Málaga

Tel. 902303131

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 2 ESTE

CALLE MARTÍNEZ FALERO,34, MÁLAGA

Tel. 952207017

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1

Calle La Merced 1, 29012, Málaga

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC

CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,58, MÁLAGA

Tel. 951926044

Horario: Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas

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Calle Diego López Zúñiga 12, 29010, Málaga

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