Procedimiento de concesión de licencia de Ocupación y/o Utilización.

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Verificar si los actos de construcción o edificación e instalación y de uso del suelo, incluidos el vuelo y el subsuelo realizados al amparo de una licencia de obras, se adecuan a la misma, y consecuente al planeamiento vigente y a la normativa urbanística de aplicación.

¿Quién lo puede solicitar?

Deberán solicitar licencia de ocupación y/o utilización toda persona que pretenda ocupar un edificio de nueva planta o que haya sido rehabilitado.

  • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
  • Plazo de resolución:3 meses.
  • Plazo de validez y recurso:La validez es indefinida.
    Contra el acuerdo que deniegue o conceda licencia de obra cabe interponer recurso de reposición ante el órgano que resolvió.

Documentación necesaria

Licencias de Ocupación y/o Utilización.
(1) Solicitud, según modelo oficial.
En el caso de que se actúe a través de representante se deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna , o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
(2) Certificado conjunto de terminación de las obras, firmado por los técnicos intervinientes en la ejecución y en la dirección de estas , visado por los respectivos Colegios Profesionales*.
(3) Certificado de terminación de las obras del Técnico director de las mismas, visado por el Colegio correspondiente*.
*Tras la entrada en vigor del Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, y de acuerdo con sus artículos 3 y 5.1 párrafo segundo, si los certificados finales de obra de edificación están visados una sola vez y por un solo colegio profesional (ya sea el del director de la obra o el de la dirección de la ejecución de obra), junto con los mencionados certificados se deberá aportar:
a) Si los certificados están únicamente visados por el Colegio profesional del director de obra (Arquitecto) deberá aportarse, además, el Certificado del Colegio Profesional al que pertenece el director de la ejecución de la obra (Arquitecto Técnico-Aparejador) en el que se acredite que la documentación del seguimiento del control, exigida por el Código Técnico de la Edificación, ha sido depositada en éste último Colegio Profesional. Este Certificado del Colegio podrá ser sustituido por una declaración responsable del técnico en los mismos términos
b)Si los certificados están únicamente visados por el Colegio profesional del director de la ejecución de la obra (Arquitecto Técnicó-Aparejador) deberá aportarse, además, el Certificado del Colegio Profesional al que pertenece el director de la obra (Arquitecto) en el que se acredite que la documentación obligatoria del seguimineto de la obra exigida por el Código Técnico de la Edificación, ha sido depositada en éste último Colegio Profesional.Este Certificado del Colegio podrá ser sustituido por una declaración responsable del técnico en los mismos términos

(4) Fotocopia de la Licencia de obras expedida en su día, o al menos, el número de referencia del expediente de licencia de obras para su localización.
(5) Documentación Final de obras, debidamente visada, donde se recojan las modificaciones que se hayan producido durante la ejecución de las obras con relación al proyecto respecto del que se concedió licencia.
(6) Toda aquella documentación que, según el documento expeditivo de la licencia de obras , debiera aportarse a la solicitud de la licencia de ocupación y/o utilización.
(7) Fotografía de la edificación ejecutada, debidamente firmada al dorso por el promotor y el técnico que haya dirigido la ejecución de las obras.
(8) Referencia Catastral de la/s finca/s objeto de la licencia ( si no se aportó en su día, dentro del Procedimiento de Concesión de la licencia de obras).
(9)Declaración del coste real y efectivo de las obras realizadas acompañado del Certificado del técnico, director de las obras o de la ejecución de las obras, sobre dicho coste y/o de certificaciones de obras que acrediten dicha declaración; o bien aportando, cumplimentado, el documento correspondiente de la zona de impresos.
(10) Documentación de las compañías prestadoras de los servicios de agua, saneamiento, electricidad, etc... acreditativa de la conformidad de las acometidas y redes respectivas. Estos documentos son los siguientes:
* Certificado de conformidad de la Instalación de red de agua y saneamiento den EMASA y en su caso del servicio de Bomberos de los hidrantes instalados y pruebas de presión y caudal de los mismos.
* Escrito de la Compañía Suministradora, dando conformidad a la instalación de energía realizada.
(11) Cuando se pretenda solicitar licencia parcial de ocupación y/o utilización deberá presentar plano debidamente visado, en el que se refleje la división en fases solicitada, y aportar, de conformidad con lo previsto en el art.9.2 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma Andaluza, Decreto 60/2010, de 16 de marzo, certicado expedido por el Arquitecto Director de las obras, visado por el Colegio Profesional correpondiente, en el que se acredite:
- Que las partes para cuya ocupación o utilización se solicite licencia, resultan técnica y funcionalmente susceptibles de ser utilizadas de forma independiente sin detrimento de las restantes.
- Que en la ejecución del resto de las obras previamente autorizadas se están cumpliendo, en el momento de la solicitud de licencia parcial, los plazos y las demás determinaciones que imponga la normativa aplicable.
Asimismo, se le advierte que, de conformidad con el art. 9.3 del mismo texto legal, el Ayuntamiento podrá exigir, mediante acuerdo motivado, que el solicitante constituya garantía para asegurar la correcta ejecución de las obras restantes.
Licencias de Ocupación y/o Utilización de las obras de adaptación motivadas por cambios de uso
(1) Solicitud, según modelo oficial.En el caso de que se actúe a través de representante se deberá acreditar dicha representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna , o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
(2) Certificado de terminación de las obras, firmado por el técnico que haya intervenido en la dirección y ejecución de éstas, visado por el Colegiocorrespondiente. No obstante, si en la Licencia de Obras se exigió doble direccióntécnica, tendrá que aportarse lo siguiente:
Certificado conjunto de terminación de las obras, firmado por los técnicos intervinientes en la ejecución y en la dirección de éstas, visado por los respectivos Colegios Profesionales.*
Certificado de terminación de las obras del Técnico director de las mismas, visado por el Colegio correspondiente.*
*Tras la entrada en vigor del Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, y de acuerdo con sus artículos 3 y 5.1 párrafo segundo, si los certificados finales de obra de edificación están visados una sola vez y por un solo colegio profesional (ya sea el del director de la obra o el de la dirección de la ejecución de obra), junto con los mencionados certificados se deberá aportar:
a) Si los certificados están únicamente visados por el Colegio profesional del director de obra (Arquitecto) deberá aportarse, además, el Certificado del Colegio Profesional al que pertenece el director de la ejecución de la obra (Arquitecto Técnico-Aparejador) en el que se acredite que la documentación del seguimiento del control, exigida por el Código Técnico de la Edificación, ha sido depositada en éste último Colegio Profesional. Este Certificado del Colegio podrá ser sustituido por una declaración responsable del técnico en los mismos términos
b)Si los certificados están únicamente visados por el Colegio profesional del director de la ejecución de la obra (Arquitecto Técnicó-Aparejador) deberá aportarse, además, el Certificado del Colegio Profesional al que pertenece el director de la obra (Arquitecto) en el que se acredite que la documentación obligatoria del seguimineto de la obra exigida por el Código Técnico de la Edificación, ha sido depositada en éste último Colegio Profesional.Este Certificado del Colegio podrá ser sustituido por una declaración responsable del técnico en los mismos términos

(3) Fotocopia de la Licencia de cambio de uso y de las obras para su adaptación expedida/s en sudía, o al menos número de referencia del/os expediente/s para sulocalización.
(4) Documentación Final de obras, debidamente visada, donde se recojan las modificaciones que, en su caso, se hayan producido durante la ejecución de las obras con relación al proyecto respecto del que se concedió licencia.
(5) Toda aquella documentación que, según el documento expeditivo de la licencia de cambio de uso y de obras de adaptación, debiera aportarse a la solicitud de la licencia deocupación y/o utilización.
(6) Fotografía/s de las obras de adaptación ejecutadas, debidamente firmada al dorso por el promotor y el técnico que haya dirigido la ejecución de las obras.
(7) Declaración del coste real y efectivo de las obras realizadas acompañado del Certificado del técnico, director de las obras o de la ejecución de las obras, sobre dicho coste y/o de facturas y/o de certificaciones de obras que acrediten dicha declaración; o bien, aportando, cumplimentado, el documento correspondiente de la zona de impresos.
(8) Documentación de las compañías prestadoras de los servicios de agua,saneamiento, electricidad, etc... acreditativa de la conformidad de lasacometidas y redes respectivas.
Estos documentos son los siguientes:
* Certificado de conformidad de la Instalación de Red de agua y saneamiento deEMASA y en su caso del servicio de Bomberos de los hidrantes instalados ypruebas de precisión y caudal de los mismos.
* Escrito de la Compañía Suministradora, dando conformidad a la instalaciónde energía realizada.


Obligaciones económicas

Tasa de licencia por información urbanística (Ordenanza Fiscal nº 15).


Procedimiento

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir al Registro General o a la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras.
  • Entregar la solicitud cumplimentada y los documentos adicionales.
  • Se revisará la documentación presentada. En caso de faltar algún documento se notificará, para su subsanación.
  • Se visitará la obra por parte de un técnico.
  • Se emitirá un informe técnico, en el que se podrá pedir más documentación técnica o que se ejecuten determinadas obras a fin de que las obras realmente ejecutadas queden reflejadas en la correspondiente documentación técnica y viceversa.
  • Se notificará la concesión o denegación de la licencia de 1ª Ocupación. Se propondrá una resolución técnico jurídica, dirigida al Consejo de Administración de la G.M.U., en el caso de que las obras ejecutadas difieran de aquellas para las que se concedió licencia.
  • Cumplimentar las posibles condiciones a que quede afecta la concesión de la licencia si las hubiere.
  • Pagar de las tasas.
  • Se expedirá la licencia de 1ª Ocupación.

Procedimiento con certificado digital:

  • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
  • Acceda al trámite pulsando sobre el botón 'Acceder con certificado'
  • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
  • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
  • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
  • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

Oficinas de la administración

Sociedad Mpal. de Aparcamientos y Servicios

Plaza De Jesús "El Rico" nº 2, 29012, Málaga

Tel. 952060104

Ayto. Málaga - Relaciones Internacionales

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CALLE ALONSO CARRILLO DE ALBORNOZ,3, MÁLAGA

Horario: De 08:30 a 14:30 horas

Ayto. Malaga - Cultura

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Calle Marie Curie 20, 29591, Málaga

Tel. 951929261

Ayto. Málaga - Medio Ambiente

Plaza Del General Torrijos 2, 29016, Málaga

Fundación Palacio Villalón (MUSEO CARMEN THYSSEN MÁLAGA)

Calle Compañía 10, 29008, Málaga

Tel. 902303131

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CALLE MARTÍNEZ FALERO,34, MÁLAGA

Tel. 952207017

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1

Calle La Merced 1, 29012, Málaga

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC

CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,58, MÁLAGA

Tel. 951926044

Horario: Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Campanillas Nº 9

Calle Ramírez Arcas 2, 29590, Málaga

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Teatinos Nº 11

Calle Diego López Zúñiga 12, 29010, Málaga

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