Teleasistencia Domiciliaria del Ayuntamiento de Vigo

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El servicio de teleasistencia domiciliaria es una prestación social de naturaleza tecnológica que, a través de una línea telefónica y con un equipo de comunicaciones e informático específico, permite a las personas usuarias ponerse en contacto con un centro de atención de llamadas que cuenta con personal especializado para dar respuesta a sus necesidades de forma ininterrumpida las 24 horas del día y los 365 días del año.El servicio municipal se justifica en la necesidad de facilitar una atención domiciliaria a determinados colectivos especialmente vulnerables como el de las personas mayores, con discapacidades, dificultades de autonomía personal, carencia de relaciones personales y familiares o afectados por enfermedades crónicas y otras patologías asociadas, siempre que no estén incluidas en el sistema de atención a la dependencia. Se trata de un servicio social de carácter normalizador con el que se busca la permanencia de las personas usuarias en su medio habitual evitando internamientos innecesarios en centros y con la tranquilidad de que en cualquier situación de riesgo o emergencia serán atendidas con diligencia.

A quién está dirigido

Podrán ser beneficiarias las personas mayores de 65 años o con discapacidad que estén empadronadas en Vigo, se encuentren en situación de riesgo psicosocial o físico, vivan solas, total o parcialmente (en los términos que se establecen en su Reglamento), y no tengan reconocimiento de la situación de dependencia, ni la titular del servicio ni la beneficiaria.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Por Internet

Enviando la solicitud y documentación requerida al Registro General del Ayuntamiento a través de la carpeta ciudadana.

Tramitar por Internet >>


Presencialmente

Presentando el impreso de solicitud y demás documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento, o bien, solicitando cita previa en la zona de atención social (UTS) que le corresponda por domicilio, presentando la documentación requerida.

Direcciones y Teléfonos de las UTS

Plazos

Durante todo el año.

Documentación requerida

  • DNI (Fotocopia)
  • Tarjeta Sanitaria (Fotocopia)
  • Justificación documental de los recursos económicos
    Se tendrán en cuenta los ingresos netos de la persona solicitante, debiendo aportar:
    1. La última declaración de la renta, autorizando (de ser el caso) al Ayuntamiento de Vigo para consultar los datos tributarios.
    2. En caso de que la persona solicitante tuviera cónyuge o pareja de hecho, se entenderá como renta personal a mitad de la suma de los ingresos netos de la pareja y tendrán que aportar la misma documentación que la solicitante.
    3. Si la persona solicitante careciera de ingresos, se valorarán los de las personas de las que dependa económicamente (padre, madre, hijo, etc). En este caso se calculará la renta per cápita familiar. Se aportará la declaración de la renta de las personas de las que dependa.

Normativa Municipal


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