Licencia Urbanística de Obra Mayor, Rehabilitación Integral de Edificios (X407)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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DESCRIPCIÓN

De acuerdo con el art.2 del CTE se entenderá por obras de rehabilitación aquéllas que tengan por objeto actuaciones tendentes a lograr alguno de los siguientes resultados.

  1. La adecuación estructural, esto es obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mecánica
  2. La adecuación funcional, obras que proporcionen al edificio mejores condiciones,
  3. La remodelación de edificios con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destinada a las mismas o la remodelación de un edificio sin viviendas que tenga por objeto crearlas.

Se entenderá por rehabilitación integral las obras que incluyan la totalidad de los supuestos mencionados.

Tipologia:

Con carácter general son los supuestos contemplados en el art. 1.3.6.1 c) de las Normas del TR del PGOU de 2007, art. 8.1.2.1 de las Ordenanzas de Edificación y art. 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística.

La rehabilitación viene referida al ámbito de aplicación de la Ordenanza Municipal de Fomento de la Rehabilitación; esto es, edificaciones en el centro histórico, edificios catalogados y conjuntos protegidos por el Plan General de Ordenación Urbana.

Las rehabilitaciones pueden ser de carácter total o parcial.

Pueden comprender entre otros, los siguientes tipos de intervención:

  • Obras en cimentaciones
  • Fachadas
  • Cubiertas
  • Elementos de estructura
  • Obras del edificio que afecten a instalaciones y servicios comunes del mismo
  • Redistribución de espacios, obras privativas y de distribución interior de espacios
  • Demolición generalizada de tabiques y nueva distribución
  • Colocación de falsos techos
  • Nuevos pavimentos
  • Nuevas instalaciones de electricidad, telefonía, TV, agua, gas y calefacción
  • Modificación y construcción de portadas
  • En general, todas aquellas destinadas a mejorar las condiciones de habitabilidad de la totalidad o parte del edificio, incluso con parciales sustituciones de forjados y elementos constructivos.

Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

Normativas

Pago

Tasa de Licencia Urbanística y otros Servicios urbanísticos. Ordenanza Fiscal nº 13.

Plazo Resolución

El plazo máximo para la resolución del procedimiento ordinario es de 3 meses.

FORMAS DE TRAMITACIÓN

Presencial

PROCESO:

CITA PREVIA

  • Para el inicio del trámite de forma presencial se debe solicitar Cita Previa en la Agenda de Cita Previa >> Sección Técnica de Información, Admisión y Control de Solicitudes, del Servicio del Servicio de Información y Atención al Ciudadano
  • Solicitud de Cita Previa
  • Presente la solicitud en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano junto con la documentación requerida
  • De entre esa documentación deberá aportar copia del documento de ingreso de la tasa correspondiente.
  • En el momento de la presentación de la solicitud, se verificará la documentación aportada, dando lugar a una Diligencia en la que se hará constar la presentación completa o incompleta de la documentación, notificándose el resultado, con acuse de recibo, al solicitante.
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de quince días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición, previa Resolución y Notificación.
DOCUMENTACIÓN:

Documentación a presentar

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

Servicio de Información y Atención al Ciudadano
Vía Hispanidad, 20, Planta 0 - Zaragoza 50071

  • Tfno: Información presencial
  • Fax: 976 721 074
  • E-mail: informacionurbanismo@zaragoza.es
  • Horario: Lunes a viernes: de 8,30 a 14 h. (Solicitud de turno para atención presencial hasta las 13,30 h.)

Impresos relacionados

Órgano Gestor

Servicio de Licencias Urbanísticas
Vía Hispanidad, 20, Planta 1ª - Zaragoza 50071

  • Tfno: 976 724309, 1088
  • Fax: 976 721017

Oficinas de la administración

JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO

Antonio Leyva, 87, Zaragoza

Tel. 976 726 096

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL DELICIAS

Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza

Tel. 976 726 058

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO

María Zambrano, 56, Zaragoza

Tel. 976 726 085

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CENTRO

Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza

Tel. 976 726 110

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL

Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza

Tel. 976 726 024

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL CASCO HISTÓRICO

San Pablo, 37, Zaragoza

Tel. 976 721 482

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ

Pza. Mayor, 2, Zaragoza

Tel. 976 726 062 / 60

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA

Avda. Puerta de Sancho, 28, Zaragoza

Tel. 976 726 104

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES

Florentino Ballesteros, s/n, Zaragoza

Tel. 976 724 058 / 57

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

JUNTA MUNICIPAL MIRALBUENO

Calle del Pilón, 147, Zaragoza

Tel. 976 328 241

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

REGISTRO GENERAL

Vía Hispanidad, 20, Planta B. Zaragoza

Tel. 976 724 588

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.

JUNTA MUNICIPAL CASABLANCA

Viñedo Viejo, 1, Zaragoza

Tel. 976 726 007

Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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