Premios de la Generalitat de la fase autonómica del Concurso Escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad, ¿sabes lo que consumes?. Consumo.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Premios de la Generalitat de la fase autonómica del Concurso Escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad, ¿sabes lo que consumes?. Consumo.

    Objeto del trámite

    Promover la educación del consumidor en los centros educativos de la Comunitat Valenciana es una de las prioridades de la Generalitat, con el objetivo de que el alumnado desarrolle capacidades y hábitos críticos y responsables con relación al consumo.
    Por este motivo, para el curso 2018/2019 la Comunitat Valenciana ha decidido participar en la organización del concurso
    escolar Consumópolis 14: Por tu seguridad, ¿sabes lo que consumes?, promovido por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través de la Dirección General Consumo.
    El objetivo de este concurso escolar es sensibilizar a los jóvenes de la importancia que tiene realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica, solidaria y responsable.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Sólo podrán optar a los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso y acceder a la fase nacional del
    mismo, los equipos de los centros educativos, públicos, concertados o privados de la Comunitat Valenciana que reúnan
    los requisitos que se indican a continuación.
    Existen tres niveles de participación:
    - Nivel 1: quinto y sexto cursos de Educación Primaria.
    - Nivel 2: primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
    - Nivel 3: tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

    Requisitos

    a) Estar inscritos dentro del plazo y forma adecuada en el registro de participantes del juego de internet Consumópolis 14, de conformidad con el que establece el artículo 3 de las bases reguladoras de dicho concurso.
    b) Haber completado, todos los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad de Consumópolis, en la forma que se detalla en las instrucciones de participación que figuran en el portal de la plataforma virtual de Consumópolis.
    c) Haber elaborado el trabajo en conjunto y obtenido la ficha virtual del mismo, en la forma que se detalla en las instrucciones de participación que figuran en el portal de la plataforma virtual de Consumópolis.

  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

    1. Los trabajos galardonados obtendrán los siguientes premios:
    a) Un primer premio de 900,00 euros y la participación en la fase nacional, para el equipo que más puntos obtenga en cada uno de los niveles de participación.
    b) Un segundo premio de 500,00 euros, para el equipo que quede en segundo lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.
    c) Un tercer premio de 300,00 euros, para el equipo que quede en tercer lugar en puntos obtenidos en cada uno de los niveles de participación.
    2. Se establecen tres premios especiales de 300,00 euros cada uno para los docentes que coordinan un mayor número de equipos en cada uno de los niveles de participación. Cada docente coordinador solo podrá obtener uno de estos premios especiales.
    En el supuesto de que se produzca un empate entre varios docentes, se otorgarán los premios a aquellos cuyos equipos hayan sumado un mayor número de puntos en total. Si persiste el empate, se prorrateará el premio entre los docentes que sigan empatados.
    3. Para todos los proyectos presentados que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria se expedirá un certificado de participación.
    4. El jurado podrá declarar desiertos algunos de los premios.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el 25 de MARZO de 2019 y finalizará el 16 de ABRIL de 2019, ambos incluidos (de acuerdo con la Resolución de convocatoria publicada en el DOGV núm. 8507, de 15/03/2019).

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
    Y preferentemente en:

    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE ECONOMÍA SOTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
    C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
    46018 València
    Tel: 012

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=2912

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    1.- SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN (según modelo normalizado que figura como impreso asociado a este trámite), suscrita por el docente que coordine el equipo, dirigida a la Dirección General competente en materia de Consumo.
    2 - DOCUMENTACIÓN que deberá acompañarse a la solicitud:
    a) ANEXO I a la solicitud de subvención (según modelo normalizado que figura como impreso asociado a este trámite denominado CONSUMOP), en el que:
    - Figurarán los datos del centro educativo, el nivel en el que el equipo participa, el nombre del equipo y el listado de los cinco concursantes que componen el equipo, con indicación respecto de cada uno de ellos de su fecha de nacimiento y curso en el que está matriculado.
    - Y será suscrito por el docente que coordine el equipo, con indicación de su cargo o especialidad y funciones.
    b) Autorización expresa a la Consellería competente en materia de consumo para que esta compruebe los datos de identidad del/de la solicitante, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público. (Autorización a suscribir según modelo que figura como impreso asociado a este trámite denominado AUDATSUBV).
    No obstante:
    - Si de la comprobación efectuada resultase alguna discordancia con los datos facilitados por el propio interesado, el órgano instructor estará facultado para realizar las actuaciones procedentes para aclararla.
    - Si el/la solicitante deniega su consentimiento, deberá aportar fotocopia del documento nacional de identidad.
    c) ANEXO II a la solicitud de subvención (según modelo normalizado que figura como impreso asociado a este trámite denominado AUTMOPOL), correspondiente a la autorización firmada por las personas representantes legales del alumnado. Deberá presentarse un ejemplar de este Anexo II para cada alumno miembro del equipo.
    d) Ficha virtual del trabajo realizado en conjunto.
    e) Trabajo original del equipo (prototipo o maqueta de un producto nuevo y original).

    Impresos asociados

    SOLICITUD GENERAL DE SUBVENCIÓN

    [CONSUMOPOLIS] ANEXO I A LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN: CONCURSO ESCOLAR "CONSUMOPOLIS"

    [AUTMOPOL] ANEXO II AUTORIZACIÓN FIRMADA POR LAS PERSONAS REPRESENTANTES LEGALES DEL ALUMNADO. CONCURSO ESCOLAR: "CONSUMOPOLIS"

    [AUTDATSUBV] AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    1.- PRESENTACIÓN:
    - Presentación de la solicitud y de la documentación requerida (presencial o telemáticamente).
    - Los trabajos podrán presentarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.
    En el caso de que un trabajo realizado en valenciano resulte ganador y pueda pasar a la fase nacional, la Dirección General competente en materia de Consumo realizará la traducción al castellano de dicho trabajo.
    - La presentación de la solicitud de participación en el concurso supone la aceptación expresa de todas las bases de la convocatoria.
    2.- JURADO:
    - Los trabajos presentados serán examinados y evaluados por un jurado constituido según lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la Resolución de convocatoria.
    - El jurado tendrá facultades para resolver todas las dudas que aparezcan en la interpretación de las bases de la
    convocatoria.
    3.- RESOLUCIÓN:
    - El jurado elevará su decisión a la persona titular de la Conselleria competente en materia de consumo, quién resolverá el otorgamiento de los premios. La resolución se notificará a los interesados en los términos previstos en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    - El plazo máximo para resolver y notificar a los ganadores del concurso será de DOS MESES desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado la resolución, se entenderá que la persona solicitante no está entre los ganadores del concurso.
    - Los premios concedidos serán publicados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de los mismos.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra la resolución de otorgamiento de los premios, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=2912

    Tramitación

    1. Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como las no obligadas a ello que opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de este trámite de la Guía Prop disponible en la sede electrónica de la Generalitat.
    Para presentar la solicitud mediante tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten:
    - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana).
    - Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades....).
    Más información en: https://sede.gva.es/es/web/sede_electronica/sede_certificados
    2. En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona (física o jurídica), se deberá inscribir previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES DE LA GENERALITAT para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible en:
    - http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp
    - http://www.accv.es/ciudadanos/registro-de-representantes/
    Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora.
    3. Clickando en el enlace directo indicado en "¿Cómo se tramita telemáticamente?" o en el enlace "TRAMITAR CON CERTIFICADO" (que figura en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la solicitud y demás documentación cumplimentadas y firmadas digitalmente que deba aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro.
    4. Respecto a los DOCUMENTOS A ANEXAR:
    - Es recomendable que, en primer lugar, los reúna todos y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso correspondiente del trámite telemático.
    - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriban.
    - En este trámite de la Guía Prop:
    * En el apartado denominado "¿Qué documentación se debe presentar?" aparece el listado de documentos a presentar.
    * Y en el apartado "IMPRESOS ASOCIADOS"(además de en el propio trámite telemático) existen modelos normalizados y rellenables de todos o algunos de esos documentos, según el caso. Si existe modelo normalizado el documento deberá presentarse en él.Sin embargo, aquellos documentos para los que no exista modelo normalizado deberán ser creados o recabados por la persona solicitante para poderlos adjuntar a su solicitud telemática.
    - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelos antes de anexarlos.
    5. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion
    En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a:
    -Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es
    -Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

  • Información complementaria

    Al profesorado participante en los proyectos seleccionados en esta convocatoria, se le podrá reconocer hasta 30 horas de formación, en aplicación de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, sobre el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas (DOGV 6893, de 31.10.2012), por el Servicio de Registro y Acreditación Docente, de acuerdo con la información certificada en el acta de participación final enviada por la Dirección General competente en materia de consumo.

    Criterios de valoración

    1.- Para la SELECCIÓN de los trabajos con derecho a premio, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
    a) La puntuación obtenida en el juego de internet Consumópolis 14, que representará el 50% de la puntuación total a conseguir por cada equipo.
    b) El trabajo en conjunto que supondrá el 50% de la puntuación total a conseguir por cada equipo.
    2.- Para la VALORACIÓN del trabajo en conjunto, los criterios serán los siguientes:
    - Coherencia del trabajo con los objetivos del concurso, que ponderará el 40% del total de este apartado.
    - Creatividad y originalidad del trabajo, que ponderará el 20% del total de este apartado.
    - Presentación del trabajo, que ponderará el 20% del total de este apartado.
    - Calidad técnica, que ponderará el 10% del total de este apartado.
    - Calidad lingüística, que ponderará el 10% del total de este apartado.

    Obligaciones

    1. Los equipos ganadores del concurso se obligan a ceder a la Generalitat todos los derechos de explotación derivados de la publicación del trabajo, pudiendo la Generalitat utilizar, por sí misma o a través de terceras personas, físicas o jurídicas, de la forma que estime más conveniente para sus intereses, cualesquiera de las imágenes o elementos que conformen dicha publicación.
    2. Asimismo, los equipos ganadores se obligan a asumir las responsabilidades que pudieran resultar de la utilización de los textos, imágenes y otros elementos creativos aportados por los mismos en la realización del trabajo y cuya propiedad sea de terceras personas o entidades ajenas a la convocatoria.

    Enlaces

    Información en la web de la Conselleria

    Web Consumópolis

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden SCB/1288/2018, de 20 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan los premios nacionales del concurso escolar 2018 - 2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad, ¿sabes lo que consumes? (BOE núm. 291, de 03/12/2018).
    - Resolución de 7 de marzo de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan los premios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad, ¿sabes lo que consumes? (DOGV núm. 8507, de 15/03/2019).
    - Extracto de la Resolución de 7 de marzo de 2019, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos Comercio y Trabajo, por la que se convocan los remios de la Generalitat de la fase autonómica del concurso escolar 2018-2019 Consumópolis 14: Por tu seguridad, sabes lo que consumes?( DOGV nº 8507, 15/03/2019)

    Lista de normativa

    Ver Orden SCB/1288/2018, de 20 de noviembre

    Ver Resolución de 7 de marzo de 2019

    Ver Extracto de la Resolución de 7 de marzo de 2019

    Lista de seguimiento

    Resolución premios concedidos de 28 junio 2019


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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