Solicitud de autorización para CAMBIO DE TITULARIDAD de una oficina de farmacia.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de autorización para CAMBIO DE TITULARIDAD de una oficina de farmacia.

    Objeto del trámite

    Cambio de titularidad de una oficina de farmacia: es el procedimiento administrativo mediante el que se realiza el nombramiento de un nuevo farmacéutico titular, como consecuencia del traspaso, venta o cesión total o parcial de una oficina de farmacia por cualquiera de los medios previstos en la normativa vigente para el acceso a la propiedad privada.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Los farmacéuticos que hayan participado en una transmisión total o parcial de una oficina de farmacia.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas Año 2019
    Tarifa 2.a)- 127,51 euros.
    - El impreso de tasas corresponde al modelo 9896.
    Cuantía de la tasa: LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conssanidad

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    En el plazo de 30 días desde que se realizó la transmisión

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
    - Y, preferentemente, en la Dirección Territorial de Sanidad correspondiente a la ubicación de la oficina de farmacia:

    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - VALENCIA
    GRAN VIA FERRAN EL CATÒLIC, 74
    46008 València
    Tel: 012
    REGISTRO AUXILIAR DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA -CASTELLÓN
    AV. DEL MAR, 12
    12003 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - ALICANTE
    C/ GIRONA, 26
    03001 Alacant/Alicante
    Tel: 012

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 187/2001, de 27 de noviembre los farmacéuticos implicados en la misma, deberán solicitar el cambio de titularidad de la oficina de farmacia, para lo que deberán aportar la siguiente documentación:
    - Solicitud firmada por los farmacéuticos en caso de transmisión inter vivos y por el represetante de los herederos en caso de transmisión mortis causa.
    - Título de propiedad que ostenta el nuevo farmacéutico titular.
    - Copia compulsada del título de farmacéutico del nuevo titular.
    - Documento acreditativo de colegiación del nuevo titular.
    - Declaración jurada de no incompatibilidad para el ejercicio profesional en oficina de farmacia del nuevo titular.
    - Documento acreditativo de la disponibilidad de los locales.
    - Documento acreditativo del pago de la tasa.
    En su caso podrá formularse solicitud para que el farmacéutico que pretende acceder a la titularidad sea considerado como farmacéutico sustituto, durante la tramitación del expediente firmada por ambos farmacéuticos.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD DE OFICINAS DE FARMACIA

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Unidad responsable del trámite:
    Será la unidad administrativa de la Dirección Territorial de Sanidad de la provincia donde esté ubicada la oficina de farmacia.
    - Presentación de la solicitud y documentación requerida.
    - Si durante la tramitación del expediente se encontrara a faltar algún documento reflejado en el apartado anterior, se requerirá a los interesados su aportación en el plazo de 10 días, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución expresa que se le notificará, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    - Si por el titular de la oficina de farmacia y el farmacéutico que pretende acceder a la titularidad, se ha solicitado que este último sea considerado como farmacéutico sustituto, durante la tramitación del expediente, se entenderá autorizada la misma, siempre que al expediente se haya aportado la documentación acreditativa suficiente para su ejercicio profesional en la oficina de farmacia.
    Resolución:
    - Corresponde al director general de Farmacia y Productos Sanitarios. En la misma constará como mínimo nombre del farmacéutico que accede a la titularidad, con la indicación si la propiedad es parcial, del porcentaje de la misma que ostenta cada farmacéutico.
    - La resolución deberá dictarse en el plazo de 30 días, y se notificará a los interesados con indicación de los recursos que contra la misma procedan, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos. Si no hubiese recaído resolución expresa en el plazo indicado se entenderá autorizada la solicitud.
    - Recibida la resolución de autorización del cambio de titularidad los farmacéuticos dispondrán de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación para personarse en la dirección territorial de Sanidad de la provincia donde esta ubicada la oficina de farmacia para proceder a levantar del acta de cambio de titularidad.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra las resoluciones del director general de Farmacia y Productos Sanitarios de la Conselleria de Sanidad podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Secretaría Autonómica de la Agencia Valenciana de Salud.

  • Información complementaria

    * DEFINICIONES
    1) Farmacéutico/a titular: es el farmacéutico a cuyo nombre se extiende la autorización y el acta de apertura y funcionamiento de la oficina de farmacia, y que ostenta título de propiedad sobre la misma.
    2) Farmacéutico/a regente: es el farmacéutico no titular nombrado para los supuestos previstos en el artículo 26 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, que asumirá las mismas funciones y responsabilidades que el farmacéutico titular.
    3) Farmacéutico sustituto o farmacéutica sustituta: es el que ejerce su actividad, en lugar del titular o regente, en una Oficina de Farmacia. Asumirá con carácter transitorio y mientras dure la sustitución, las funciones y responsabilidades del farmacéutico o farmacéutica titular, en los casos de:
    a) Maternidad, accidente o enfermedad
    b) Designación o elección para el desempeño de asuntos públicos o de representación profesional.
    c) Ausencias por asuntos propios
    d) Cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio militar o prestación social sustitutoria
    e) Realización de estudios de capacitación o especialización relacionadas con su actividad profesional
    f) Disfrute de vacaciones anuales
    g) Excepcionalmente, por razones estrictamente personales y acreditadas, previo informe de los colegios oficiales de farmacéuticos de la Comunidad Valenciana, la Conselleria de Sanidad podrá autorizar la designación de un sustituto o sustituta

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Ley 6/1998, de 22 de junio de 1998, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación Farmacéutica (DOGV nº 3273, de 26/6/98).
    - Circular 8/1998, de 12 de agosto de 1998, de la Secretaría General de la Conselleria de Sanidad, sobre asignación de tareas en materia de ordenación farmacéutica (DOGV nº 3312, de 20/8/98).
    - Decreto 187/2001, de 27 de noviembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el establecimiento, traslado y transmisión de las oficinas de farmacia (DOGV nº 4145, de 11/12/01).
    - Orden de 22 de abril de 2002, de la Conselleria de Sanidad, por la que se desarrolla el Decreto 187/2001, de 27 de noviembre, del Gobierno Valenciano, mediante el que se regula el establecimiento, traslado y transmisión de las oficinas de farmacia, en lo referente a las transmisiones, regencias y reserva de titularidad de las oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4265, de 06/06/02).


Oficinas de la administración

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Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

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Tel. 961209322

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Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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