CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LAS FEDERACIONES DEPORTIVAS ARAGONESAS EN EL EJERCICIO 2015

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

Los plazos para la resolución de los expedientes iniciados con las solicitudes acogidas a esta convocatoria comenzarán a contar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el 'Boletín Oficial de Aragón'. Transcurridos seis meses desde la publicación de la convocatoria sin haber procedido a la publicación en el Boletín Oficial de Aragón de la Orden de resolución de la misma, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes.

Se aprueba la convocatoria de ayudas para apoyar el programa Actividades Ordinarias de las Federaciones Deportivas Aragonesas en el ejercicio 2018. La concesión de las ayudas convocadas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

Quién puede solicitarlo

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, las federaciones deportivas inscritas en el Registro General de Asociaciones Deportivas de Aragón.

Requisitos y observaciones

Requisitos: Los beneficiarios quedan sometidos al cumplimiento de los requisitos generales establecidos en el artículo 6 de las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte y, además, para solicitar la subvención objeto de esta convocatoria, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Cumplir las atribuciones conferidas por la Ley 4/1993, de 16 de marzo, del Deporte de Aragón, en su artículo 26.
2. Tener contratado un seguro deportivo que incluya las prestaciones mínimas del Seguro Obligatorio Deportivo establecidas en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio.
3. No estar inmersos en procesos judiciales que dificulten o impidan las funciones de promoción y desarrollo ordinarios del deporte aragonés atribuidas por delegación de la Comunidad Autónoma.
4. Estar al corriente en el cumplimiento de los procedimientos administrativos ante la Dirección General de Deporte (procesos electorales, documentación técnica y económica, justificación de subvenciones).
5. Haber presentado a la Dirección General de Deporte, de acuerdo con la normativa existente, los datos técnicos federativos, a excepción de aquella documentación que ya obre en poder de la Dirección General.
6. En caso de solicitar ayudas por el programa ?Aulas de Tecnificación Deportiva?, la federación deberá formar parte del mismo al día de finalización del plazo de presentación de las correspondientes solicitudes para poder ser beneficiario de aquellas.
7. Para tener la condición de beneficiario, el solicitante no podrá estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Según lo establecido en dicho artículo, en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en la Disposición adicional segunda punto 2 de la Ley 4/2017, de 10 de mayo de 2017, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2017, el beneficiario de cualquier subvención o ayuda concedida por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón vendrá obligado a acreditar, en el momento que dispongan las bases reguladoras y la convocatoria de cada subvención, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
8. Cumplir las obligaciones de transparencia, en los términos previstos en la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.
9. Acreditar, mediante certificado emitido por el Secretario de la Federación o por su representante legal, el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
Las Federaciones Deportivas Aragonesas deberán presentar su solicitud, específica e individualizada para el programa Actividades Ordinarias, en los impresos según modelos normalizados que se indican en los anexos correspondientes.
El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará a los 20 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Orden en el ?Boletín Oficial de Aragón?.

Qué documentación necesito

La documentación recogida en Anexo I (Impreso de solicitud). Habrá de adjuntarse toda la documentación relacionada en el mismo, salvo aquella que ya haya sido presentada a la Dirección General de Deporte, en cuyo caso habrá de indicarse. La documentación es la siguiente:
1º Identificación fiscal de la federación y de su representante, así como la documentación que acredite dicha representación.
2º Acuerdo de la Junta Directiva en que conste exposición y aprobación del proyecto global a subvencionar.
3º Cuenta de pérdidas y ganancias, balance económico y memoria deportiva del ejercicio 2017, así como el acta de la Asamblea en la que se aprobó dicha documentación.
4º Calendario oficial de actividades, proyecto deportivo y presupuesto federativo del año 2018, así como el acta de la Asamblea en la que se aprobó dicha documentación.
5º Copia de la póliza de seguro en vigor y justificante de pago del mismo.
6º Informe de la última auditoría financiera a la que se ha sometido la Federación.
7º En su caso, actas de la Comisión de Igualdad y relación de cambios habidos en la Federación como consecuencia de la aplicación del Plan de Igualdad.
8º Certificado de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias con el Estado, la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma, en caso de no autorizar la consulta por la Dirección General de Deporte.
9º Certificado de participación de deportistas aragoneses en los últimos Juegos Olímpicos.
10º Justificación del porcentaje de imputación de costes indirectos al proyecto de actividades presentado.
En caso de que las actas a las que se refieren los apartados 3º y 4º no estuvieran aprobadas por la asamblea general en el momento de presentación de la solicitud, habrá de adjuntarse la documentación que será presentada por la junta directiva a la asamblea general para su aprobación, así como declaración responsable del representante de la federación, con el compromiso de presentar posteriormente los documentos a la Dirección General de Deporte, dentro de los cinco días siguientes a su aprobación por la asamblea.
b) Anexo II. Ficha resumen de las actividades por las que se solicita subvención.
c) Anexos III. Memoria descriptiva de cada una de las actividades para las que se solicita subvención.
d) Ficha de terceros.
e) Anexo V. Estadística de licencias federativas correspondientes al año 2017.
Descargar formularios:
Ayudas para las Federaciones Deportivas Aragonesas
Anexo II- Resumen de actividades-
Anexo III-Ficha de actividades-
Anexo IV- Ficha de Terceros-
Anexo IX- Banco de Actividades-
Anexo V-Estadística de licencias-
Anexo VI- Criterios de valoración-
Anexo VII nº 3- Justificante área-
Anexo VII nº 5- Transporte Individual-
Anexo VII nº4-Colaboraciones Técnicas Puntuales-
Anexo VII- Nº 2 Resumen por áreas-
Anexo VII- nº 1 Justificación Económica-
Anexo VIII-Memoria de Actuación-

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

La Ley 4/1993, de 16 de marzo, atribuye competencias en el artículo 6.e al Departamento de Cultura y Educación (actual Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte) la competencia para establecer las normas de concesión y control de subvenciones a las Federaciones Deportivas Aragonesas.
En la mencionada Ley, en su artículo 24, define a las Federaciones Deportivas Aragonesas como entidades de carácter privado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, integradas por los clubes deportivos, técnicos, jueces y árbitros, deportistas y, en su caso, agrupaciones de clubes deportivos, que, además de sus propias atribuciones, ejercen, por delegación de la Comunidad Autónoma, las funciones de promoción y desarrollo ordinarios del deporte en el ámbito territorial aragonés. Por su parte, el Decreto 181/1994, de 8 de agosto, de la Diputación General de Aragón, (B.O.A. núm. 100, de 22 de agosto de 1994), regula las Federaciones Deportivas Aragonesas.
Relacionado con lo anterior, tal y como refleja el trabajo realizado en el Libro Blanco del Deporte, las federaciones deben impulsar desde la conciencia educativa del deporte hasta el alto rendimiento de sus deportistas, adaptándose a las diferentes necesidades y características del deportista.
Para favorecer las actividades de las Federaciones Deportivas Aragonesas y el cumplimiento de sus funciones y objetivos, es necesario arbitrar un sistema de ayudas.
Se procede a esta convocatoria conforme a lo dispuesto en la Orden ECD/747/2016, de 5 de julio, (Boletín Oficial de Aragón nº 142, de 25 de julio de 2016), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte, y a las competencias atribuidas al Departamento de Educación, Cultura y Deporte en el Decreto 341/2015, de 15 de diciembre, por el que se aprobó su estructura orgánica.
ORDEN ecd/510/2018, de 6 de marzo, por la que se convocan ayudas para las actividades ordinarias de las federaciones deportivas aragonesas realizadas en el ejercicio 2018.

Organismo responsable

Departamento de Educación, Cultura y Deporte

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1605, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

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Anexo II- Resumen de actividades-

Anexo III-Ficha de actividades-

Anexo IV- Ficha de Terceros-

Anexo IX- Banco de Actividades-

Anexo V-Estadística de licencias-

Anexo VI- Criterios de valoración-

Anexo VII nº 3- Justificante área-

Anexo VII nº 5- Transporte Individual-

Anexo VII nº4-Colaboraciones Técnicas Puntuales-

Anexo VII- Nº 2 Resumen por áreas-

Anexo VII- nº 1 Justificación Económica-

Anexo VIII-Memoria de Actuación-


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