SUBVENCION PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA APICULTURA

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

6 meses

La concesión de subvenciones para las siguientes actividades:
a)La información y la asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel.
b) La lucha contra las agresiones y enfermedades de la colmena.
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Quién puede solicitarlo

- Las cooperativas apícolas, ADS y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia.
- Las personas físicas o jurídicas titulares, incluidas las comunidades de bienes, de una explotación apícola clasificada en el Registro general de explotaciones ganaderas (en adelante REGA) como trashumante
- Las entidades titulares de laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel

Requisitos y observaciones

a) En el caso de las COOPERATIVAS APICOLAS, A.D.S. y demás ENTIDADES REPRESENTATIVAS del sector con personalidad jurídica propia, deberán estar integradas mayoritariamente por apicultores titulares de una explotación apícola inscrita en el Registro General de Explotaciones (en adelante R.E.G.A.), que lleven realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la presentación de la solicitud y estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento competente.
b) En el caso de las PERSONAS FISICAS O JURIDICAS, incluidas las COMUNIDADES DE BIENES, titulares de una explotación apícola, que deberá estar inscrita en el REGA, llevarán realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la presentación de la solicitud, estarán en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento competente, sus colmenares no estarán en situación de abandono, contarán con un mínimo de 50 colmenas, dispondrán de un seguro de responsabilidad civil y realizarán al menos un tratamiento al año frente a varroosis de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.
Se exceptúan del requisito de antigüedad en la actividad, aquellos apicultores cuya explotación ha sido transferida a su favor mediante un cambio de titularidad a consecuencia de una herencia, jubilación, o incapacidad laboral y fuera pariente, como máximo, en cuarto grado; así como, los casos de cambios de titularidad producidos entre derecho habientes o copropietarios y los supuestos de fuerza mayor.
c) Las ENTIDADES TITULARES DE LABORATORIOS, no tendrán ánimo de lucro y estarán capacitados para efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel.
Si al presentar su presentar su solicitud por vía telemática (formulario, anexos y documentos escaneados en pdf ) les surge alguna dificultad técnica dirigirse al soporte técnico, al correo electrónico soptecovt@aragon.es ó llamando al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes).
Pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto (horario 9 a 14 h.)
Se tramita en el Servicio de Ayudas a la sostenibilidad agraria
tramites.agma.sag@aragon.es
tfno.: 976714000-ext.1484
-- Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros
Enlace al Ministerio:
Plan nacional de apicultura

Qué documentación necesito

PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD: Los solicitantes deben presentar el Formulario principal junto al anexo I. SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN
a) Si es PERSONA JURIDICA se deberá acompañar:
1- Documentos que acrediten la personalidad jurídica del solicitante, copia de los estatutos y certificación de la inscripción en el registro público correspondiente, si no obran en poder de la Administración o han sufrido modificaciones.
2-Documento en el que conste el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.
3- Documento que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud si no obra en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.
4- Relación de socios integrantes de la entidad con información del número de colmenas que poseen, NIF y código de explotación apícola (en soporte informático)
b) Fotocopia del libro de explotaciones ganaderas con el censo actualizado en el año 2019, hojas 2,3,4 y 5. Se incluirá la hoja de aplicación de los tratamientos veterinarios, así como las hojas de traslados de colmenas durante todo el año 2018/2019. En su caso Programa de trashumancia de explotación apícola.
c) Certificado de la entidad bancaria, o sellado de la solicitud por la entidad bancaria, en el que se acredite la titularidad de la cuenta por la que desea el solicitante que sea ingresada la ayuda.
d) En su caso, certificado de pertenencia a una ADS.
e) Certificado del veterinario responsable sanitario de la explotación o, en su caso, del veterinario de la ADS a la que pertenezca, relativo al cumplimiento, durante el año 2018, de las actuaciones obligatorias contenidas en el Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel (R.D. 608/2006, de 19 de mayo)
f) Fotocopia de la póliza y el último recibo abonado del seguro de daños y responsabilidad civil de las colmenas.
g) Documentación específica para las actividades subvencionables:
- Memoria con la programación y contenido de los cursos de formación, charlas y actividades diversas de divulgación.
- Memoria con la programación y contenido de las actividades a desarrollar por los técnicos y especialistas contratados para la asistencia técnica de los apicultores.
- Memoria técnica de las actividades a desarrollar por la ADS, que consistirá en un resumen del programa sanitario de la Agrupación.
- Memoria técnica de las actividades a desarrollar por los laboratorios apícolas, programas de formación de personal técnico y puesta a punto de técnicas de análisis de residuos.
- En el supuesto de que el solicitante sea una persona física o jurídica titular de una explotación apícola, una memoria con las actuaciones a realizar y los gastos previstos.
- En todos los casos se acompañará a la memoria de un presupuesto de las inversiones a realizar, respaldado por facturas pro-forma en aquellos casos de adquisición de equipos, maquinaria y colmenas, así como de las posibles fuentes de financiación.
Quedarán eximidos de la presentación de la documentación de los puntos a) 4, d) y e) si ésta es certificada de manera telemática por la ADS correspondiente como entidad acreditada, a través de la web: Plataforma aplicaciones del Dpto. Desarrollo Rural y Sostenibilidad
SOLICITUD DE PAGO: pPosteriormente a la comunicación de la concesión los solicitantes presentarán: Formulario principal, junto al Anexo II Solicitud de pago acompañados de la documentación justificativa especificada en la convocatoria.
Descargar formularios:
SUBVENCION PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA APICULTURA . Formulario principal
ANEXO I. Solicitud de la subvención
ANEXO II. Solicitud de pago
ANEXO. Documentación que obra en poder de la administración

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

- Reglamento (CE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la Organización Común de Mercados de los Productos Agrarios.
- Orden DRS/518/2018, de 19 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales (BOA nº 64, 3 abril 2018)
- ORDEN DRS/82/2019, de 24 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2019 (BOA nº 33, 18 febrero 2019)

Organismo responsable

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 810, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

SUBVENCION PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA APICULTURA . Formulario principal

ANEXO I. Solicitud de la subvención

ANEXO II. Solicitud de pago

ANEXO. Documentación que obra en poder de la administración


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CM SAN JUAN, 50800, ZUERA

Tel. 976 694466

Oficina Comarcal de CALATAYUD

CL AMPARADOS 2, 50300, CALATAYUD

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CL CORTES DE ARAGON 37, 50290, EPILA

Tel. 976 819114

Oficina Comarcal de DAROCA

CL ALFONSO I 1, 50360, DAROCA

Tel. 976 545010

Oficina Comarcal de MONZÓN

CL RIO VERO 2, 22400, MONZÓN

Tel. 974 400964

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Tel. 976 714851

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Tel. 976 616070

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