Ayuda 2017 a los productores de determinados cultivos forrajeros, prevista en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto

  • La Acción III.12 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, establece medidas de apoyo a las producciones agrícolas y ganaderas de las Islas Canarias, mediante la concesión de una ayuda por hectárea a los productores de determinados cultivos forrajeros destinados a la alimentación animal. Dichos cultivos serán: cebada, avena, centeno, maíz, alforfón, guisantes, habas, altramuces, veza, alfalfa, pasto de Sudán, ray-grass, tagasaste y otras forrajeras
A quién está dirigido:
Asociaciones y Empresas
Beneficiarios:
Productores de cultivos forrajeros destinados a la alimentación animal
Grado de administración electrónica:
Nivel 2: Descarga formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Persona física o jurídica que cumpla los siguientes requisitos:
  • a) Ser productor de los cultivos forrajeros citados en la base anterior destinados a la alimentación animal, cuya superficie productiva se encuentre ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, con una extensión mínima de 0,3 has por solicitud.
  • b) Tener la consideración de agricultor activo, según la definición contenida en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 637/2008 y (CE) nº 73/20009 del Consejo.
  • c) Que las parcelas y/o recintos solicitados estén debidamente identificados, a fecha de la solicitud, en el Sistema de Información Geográfica (SIGPAC) determinado en el Reglamento (UE) nº 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) nº 352/78, (CE) nº 165/94, (CE) nº 2799/98, (CE) nº 814/2000, (CE) nº 1290/2005 y (CE) nº 485/2008 del Consejo. Y correctamente referenciadas a la última actualización publicada.
  • d) Que en el caso de los cultivos anuales, su ciclo de cultivo comience en el mes de octubre del año 2016
Cuantía
  • El importe unitario de la ayuda ascenderá, como máximo, a 300 euros por hectárea
Criterios de valoración y baremación:
  • El Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución
Forma de Abono:
  • La ayuda se pagará directamente al beneficiario en la cuenta corriente indicada en la solicitud, en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2017 y el 30 de junio de 2018

Medios de presentación

Presencial:
Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación:

Fecha Inicio: 1/1/2017 0:0

Fecha Fin: 31/3/2017 23:59

  • Condición:
    • Solicitud de ayuda
  • Por internet

    Presencial

      • Anexo I
      • Certificado de titularidad de cuenta corriente
      • El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento, la documentación acreditativa de la titularidad de las superficies productivas

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Viceconsejería del Sector Primario
      Plazo de resolución:
      18 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      DesestimatorioArtículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa


    Oficinas de la administración

    Agencia Canaria de Protección del Medio Natural

    Rambla De Santa Cruz 149, 38071, Santa Cruz de Tenerife

    Parque Nacional de Timanfaya

    Calle La Mareta 9, 35560, Tinajo

    Instituto Canario de la Vivienda en Arrecife

    Via Medular 99, 35500, Arrecife

    Eei las Rosas

    Calle LAS AGÜITAS 2, 38428, San Juan de la Rambla

    Secretaría General del Servicio Canario de la Salud

    Avenida Juan XXIII 17, 35071, Pájara

    Dirección General de Seguridad y Emergencias

    Calle León y Castillo 57, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

    Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife

    Avenida José Manuel Guimerá 10, 35071, Santa Cruz de Tenerife

    Oficina de Empleo de Primero de Mayo

    Avenida Primero de Mayo 11, 35071, Palmas de Gran Canaria, Las

    Oficina de Empleo Descentralizada de Tegueste

    Calle El Carmen 7, 38280, Tegueste

    Oficina de Empleo de Arucas

    Calle Médico Anastasio Escudero Ruíz 1, 35400, Arucas

    Oficina de Empleo de Gran Tarajal

    Calle Maxorata 18, 35627, Tuineje

    Direccion de Area de Salud de la Gomera

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    Tel. 922141558

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