AUTORIZACION DE MODIFICACION QUE REQUIERE LA REALIZACION DE OBRAS O INSTALACIONES DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS SIN INTERNAMIENTO | Sede Electrónica

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

010035 AUTORIZACION DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS SIN INTERNAMIENTO

Plazo de resolución

6 MESES.

Efectos silencio

Estimatorio

SJRD AUTORIZACION DE MODIFICACION QUE REQUIERE LA REALIZACION DE OBRAS O INSTALACIONES DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS SIN INTERNAMIENTO

Plazo de presentación de solicitudes

Abierto todo el año.

Objeto

Tramitación de la autorización de modificación que requiere la realización de obras o instalaciones de los centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento excepto los centros y servicios sin internamiento de cirugía mayor ambulatoria, hemodiálisis, radioterapia y medicina nuclear

Destinatarios

Centros, servicios y establecimientos sanitarios sin internamiento, civiles, públicos o privados, de cualquier clase y naturaleza, que se encuentren instalados, domiciliados o que presten servicios en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en desarrollo del artículo 30 de la Ley 8/2000, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
Quedan excluidos los centros y servicios sin internamiento de cirugía mayor ambulatoria, hemodiálisis, radioterapia y medicina nuclear por contar con procedimientos independientes y formularios específicos.

Requisitos

Esta autorización deberán solicitarla los centros, servicios o establecimientos sanitarios sin internamiento que estando en funcionamiento y disponiendo de autorización para ello tienen previsto llevar a cabo alguna modificación que conlleva la realización de obras o instalaciones.
Precisará posteriormente de una autorización de puesta en funcionamiento.

Importe

Tasa 1: Modificación que requiere la realización de obras o instalaciones de centros o servicios sanitarios sin internamiento, catalogados como consultas médicas, consultas de otros profesionales sanitarios y consultorios de atención primaria que no cuentan con instalaciones emisoras de radiaciones, y de establecimientos sanitarios de óptica y de venta con adaptación de productos sanitarios: 75,93 euros.
Tasa 2: Modificación que requiere la realización de obras o instalaciones del resto de centros o servicios sanitarios sin internamiento, de los establecidos en el apartado anterior que cuentan con instalaciones emisoras de radiaciones y de establecimientos sanitarios de fabricación de productos sanitarios a medida: 167,77 euros.

Documentación a aportar

1.- Proyecto técnico básico, firmado por técnico competente conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, y visado por el colegio profesional correspondiente cuando sea preciso, que conste de:
a) Memoria del proyecto de obras que incluya las instalaciones, en la que deberá quedar reflejado que el proyecto se ha redactado de acuerdo a la normativa vigente.
b) Planos de conjunto y detalle que permitan la perfecta localización del mobiliario y equipamiento.
2.- Proyecto de instalaciones firmado por técnico competente conforme a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, y visado por el colegio profesional correspondiente cuando sea preciso, que disponga de memoria y plano de las instalaciones.
3.- Memoria descriptiva sobre las modificaciones que se pretenden llevar a cabo especificando en lo que afectarán a organización general y actividades del centro.
4.- Proyecto de plantilla de personal con especificación del organigrama y funciones del personal, si existen modificaciones al respecto.
5.- Proyecto del nuevo equipamiento.
Si la modificación afecta a instalaciones emisoras de radiaciones, proyecto de instalación de los equipos generadores de estas radiaciones.
Si la modificación del centro, servicio o establecimiento sanitario supone la realización de obras de adaptación para las que no es exigible la realización de un proyecto técnico, los puntos 1 y 2 quedarán reducidos a la presentación de un croquis, a escala y acotado, de la modificación prevista, que permita la identificación del local, mobiliario y equipamiento.
Si la modificación del centro, servicio o establecimiento sanitario no conlleva la realización de nuevas instalaciones o modificación de las existentes, no será preciso que el punto1.a) incluya las instalaciones, ni la presentación del proyecto de instalaciones, punto 2

Lugar de presentación

Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) presentarán la comunicación de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la JCCM (http://www.jccm.es)
Las personas físicas restantes podrán también presentarla en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Información Adicional

Si se trata de centros y servicios sin internamiento de cirugía mayor ambulatoria, hemodiálisis, radioterapia y medicina nuclear deberá solicitarse la autorización de modificación que requiere la realización de obras o instalaciones mediante el formulario del procedimiento número 010432 SKXO

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN E INSPECCIÓN SANITARIA
Consejería de Sanidad
Avda. de Francia, 4 45071-Toledo
Correo electrónico: inspeccioncentrossanitarios.sscc@jccm.es

DIRECCIONES PROVINCIALES DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD:
ALBACETE. Avda. Guardia Civil, 5 - Teléfono 967 557 900 - 02071 ALBACETE
CIUDAD REAL. C/ Paloma, 7 - Teléfono 926 276 000 - 13071 CIUDAD REAL
CUENCA. C/ de las Torres, 43 - Teléfono 969 176 500 - 16071 CUENCA
GUADALAJARA. C/ Doctor Fernández Iparraguirre, 1 - Teléfono 949 885 500-19071 GUADALAJARA
TOLEDO. C/ Guadalmena, 2 - Teléfono 925 266 400 - 45071 TOLEDO
DOCM: 19/12/00 Ley 8/2000, de 30/11/2000, , DE ORDENACION SANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA
DOCM: 18/01/02 Decreto 13/2002, de 15/01/2002, , DE AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS
LEY 14/1986, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD

Tramitación

Online

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