CONCESION DEL "DISTINTIVO DE EXCELENCIA" EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL | Sede Electrónica

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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PROCEDIMIENTO

030514 CONCESION DEL DISTINTIVO DE EXCELENCIA EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

Plazo de resolución

6 MESES

Efectos silencio

Desestimatorio

SJZU CONCESION DEL "DISTINTIVO DE EXCELENCIA" EN IGUALDAD, CONCILIACION Y RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL

Plazo de presentación de solicitudes


Del Jue, 19 Sep 2019 al Mié, 09 Oct 2019

Objeto

Reconocer públicamente la labor desarrollada por empresas radicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando así la implantación de políticas igualitarias.

Destinatarios

Cualquier empresa implantada en Castilla-La Mancha, ya sea de carácter público o privado, que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 3 del Decreto 6/2003, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en Igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.

Requisitos

Las empresas implantadas en Castilla-La Mancha, tanto de carácter público como privado, podrán solicitar el ¿Distintivo de Excelencia¿ siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Que hayan acordado con los sindicatos o representantes de su personal planes de igualdad.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) No haber sido sancionadas en los tres años anteriores a la solicitud, con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
d) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros públicos correspondientes.

Criterios

Los recogidos en el artículo 6 del Decreto 6/2013, de 7 de febrero, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial, y que se contempla en la base novena de la Resolución de 5 de marzo de 2013,por la que se convoca el procedimiento de concesión del ¿Distintivo de Excelencia¿ en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2013 y se establecen sus bases reguladoras

Documentación a aportar

1. Las formas de acreditar el cumplimiento de los requisitos generales serán las siguientes:
Acreditación de requisitos mediante declaraciones responsables:
a) Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
b) Declaración firmada por la representación legal de la entidad, incluido en la solicitud, de no haber sido sancionada en los tres años anteriores a la solicitud con carácter firme, por infracción grave o muy grave en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación o por infracción muy grave en materia social, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones en el Orden Social, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
c) Declaración responsable de estar legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.
Documentación relativa al cumplimiento del resto de requisitos generales:
a) Documento acreditativo de la implantación de la entidad solicitante en Castilla-La Mancha a través de la tarjeta de identificación fiscal o, en su caso, del Número de Identificación Fiscal (NIF)
b) Documento acreditativo de la representación legal de quien firme la solicitud.
c) Documento que acredite que el Plan de Igualdad ha sido acordado y aprobado con los sindicatos o representantes de personal; así como dicho Plan de Igualdad.
2.- Documentación específica en materia de igualdad de oportunidades:
Se deberá cumplimentar el modelo normalizado de cuestionario de evaluación y autoevaluación, conforme al Anexo I, aportando cualquier otra documentación que la empresa considere oportuna a los efectos de acreditar las medidas desarrolladas en materia de igualdad de oportunidades, conciliación o responsabilidad social, así como el modelo normalizado del informe de evaluación de los resultados del Plan de Igualdad en los dos últimos años conforme al Anexo II.

Lugar de presentación

Las empresas presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm)

Información Adicional

Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación , ante la Consejería de Igualdad y Portavoz de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, de conformidad con lo estipulado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DOCM: 25/11/10 Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
DOCM: 12/02/13 Decreto 6/2013, de 07/02/2013, por el que se regula el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial.
DOCM: 08/03/13 Resolución de 05/03/2013, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2013 y se establecen sus bases reguladoras.
DOCM: 18/09/19 Resolución de 11/09/2019, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convoca el procedimiento de concesión del Distintivo de Excelencia en igualdad, conciliación y responsabilidad social empresarial correspondiente al año 2019.

Tramitación - Fuera de Plazo

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