Actividades Potencialmente contaminantes del Sol

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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El RD 9/2005, de 14 de enero, establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.

Personas destinatarias

a) Titulares de aquellas actividades industriales o comerciales que, ya sea por el uso de sustancias peligrosas o para la generación de residuos, pueden contaminar el suelo.

b)Propietaris de los suelos en los que se haya desarrollado en el pasado alguna actividad potencialmente contaminante.

Según la normativa que lo regula, el RD 9/2005, se consideran APC's:

Las actividades incluidas en los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 93 Rev 1) indicadas al Anexo I del RD 9/2005

Las actividades que producen, utilizan o almacenan más de 10 t por año de una o varios de las sustancias incluidas en el RD 363/1995, de 10 de marzo, por lo que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

Las actividades que disponen de almacenajes de combustible para uso propio según el RD 1523/1999, de 1 de octubre, con un consumo anual medio superior a 300.000l y un volumen total de almacenaje igual o superior a 50.000l.

Plazo máximo para la resolución y notificación

Plazo inferior a 2 años con respecto al IPSC.

Silencio administrativo

Negativo

Forma de inicio

Instancia de parte

Fin de la via administrativa

Si

Normativa del procedimiento

Órgano competente para resolver

Servicio de Residuos y suelos contaminados

Simplificación documental

En relación con los procedimientos de la CAIB puede aplicarse el Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, que entró en vigor el 13 de mayo de 2013.

Trámites

X

INFORME PRELIMINAR DE SOLS CONTAMINATS (IPSC)

Documentación a presentar

Plànols de situació i croquis de la instal·lació

Plazo máximo

Plaç inferior a 2 anys a comptar des de la data de l'autorització

Per APC's en actiu a l'entrada en vigor del RD 9/2005 (07/02/05) e l termini de presentació finalitza el 07/02/07

Forma de presentación

De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede presentar los documentos dirigidos a los órganos de la Administración autonómica mediante los siguientes canales (entre otros):


a) De manera telemática a través del Registro electrónico común (REC) de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14,2 y 3 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físques). Para poder llevar a cabo un registro mediante el REC es necesario disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico.


b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local . Encontrará las direcciones de todas las oficinas de la Administración autonómica aquí.


c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (sólo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.


*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración pública le requerirá que la enmiende presentándola por vía electrónica.

Órgano competente para la tramitación

Servicio de Residuos y suelos contaminados

Contacto

Servicio o Sección responsable

Servicio de Residuos y suelos contaminados

Gremi de Corredors 10. Polígon de Son Rossinyol. Tel.: 971176684 - Fax: 971176697

(residus@caib.es)

Observaciones

INFORME PRELIMINAR DE SOLS CONTAMINATS

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