Inscripción voluntaria de los ALBERGUES de PEREGRINOS sin fin lucrativo en el Registro de Empresas, Actividades y Profesiones Turísticas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramitación electrónica

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Objeto:

Inscribir los albergues de peregrinos sin fin lucrativo en el Registro de Empresas, Actividades y Profesiones Turísticas.

¿Quién lo puede solicitar?:

Personas físicas o jurídicas.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Calefacción suficiente en las habitaciones y en los demás espacios comunes.
b) Teléfono general para uso de los clientes. En su defecto, deberán ofrecer la posibilidad de utilizar el teléfono privado del establecimiento, en caso de necesidad o emergencia.
c) Suministro de agua potable, caliente y fría, durante las veinticuatro horas del día.
d) Suministro de energía eléctrica garantizada, con puntos y tomas de luz en todas las habitaciones y zonas de uso común, adaptadas en número a la normativa técnica vigente.
e) Zona de recepción de clientes.
f) Botiquín de primeros auxilios.
g) Limpieza de las instalaciones, que se mantendrán en perfecto estado de conservación y uso, cuidándose especialmente las condiciones higiénico-sanitarias, de seguridad y demás medidas sanitarias, entre las que se incluirá, un Plan de control biológico sanitario.
h) Plan de Control Biológico Sanitario.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud de inscripción en modelo normalizado.
Plan de Control Biológico Sanitario.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Abierto de forma permanente.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Secciones de Turismo

Notificación:

  • Las comunicaciones se realizaran en la dirección que indique el interesado, ya sea por correo postal o por correo electrónico.

Legislación aplicable:

  • LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León (BOCyL 20-12-2010)
  • Modificaciones que afectan a la LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León
  • DECRETO 52/2008, de 10 de julio, por el que se regula la ordenación de los albergues de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL 16-07-2008)
  • Orden CYT/390/2009, de 17 de Febrero, por lo que se desarrolla el Decreto 52/2008, de 10 de julio, por el que se regula la ordenación de albergues de la Comunidad (BOCyL 02-03-2009)

Información adicional:

  • Se inscribirán, a instancia del interesado, en el Registro de Empresas, Actividades y Profesiones Turísticas.

Oficinas de la administración

Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Palencia

Calle Valentín Calderón 2, 34001, Palencia

Sección Agraria Comarcal de Alba de Tormes-Salamanca

Calle Sánchez Llevot 10, 37800, Alba de Tormes

Oficina del Servicio Público de Empleo de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Plaza Herrasti 1, 37500, Ciudad Rodrigo

Sección Agraria Comarcal de Sahagún-León

Calle El Rastro 2, 24320, Sahagún

Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

Calle Clemente Velasco 50-80, 37500, Ciudad Rodrigo

Unidad Veterinaria de Sedano-Burgos

Calle Alejandro Rodríguez Valcarcel S/N, 09142, Valle de Sedano

Equipo General Villafranca del Bierzo

Avenida Paradaseca 7, 24500, Villafranca del Bierzo

Gerencia de Servicios Sociales Camp de Salamanca

Paseo Lunes de Aguas S/N, 37008, Salamanca

Gerencia de Atención Especializada de Miranda de Ebro (Hospital Santiago Apostol)

Calle Orón S/N, 09200, Miranda de Ebro

Unidad Veterinaria de Castrojeriz-Burgos

Calle Arco Sardina S/N, 09110, Castrojeriz

Gerencia de Servicios Sociales Residencia Asistida de Segovia

Carretera De Soria-Plasencia Km. 193,4, 40002, Segovia

Sección Agraria Comarcal de Lerma-Burgos

Calle Góngora 1, 09340, Lerma

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