Orden MED/48/2016

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Orden MED/48/2016

Sin certificado Con certificado Presencial 012

Descripción:

Orden MED/48/2016, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la compra de material vegetal de reproducción de categorí­a certificada en aplicación de las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de organismos nocivos en Cantabria.

Boletí­n Oficial de Cantabria

Número BOC: 209

Enlace BOC

Fecha BOC: 31/10/2016

Plazo presentación:

PENDIENTE DE APERTURA

El plazo para la presentación de las solicitudes será el establecido en la correspondiente convocatoria de la presente ayuda, cuyo extracto se publicará en el Boletí­n Oficial de Cantabria.

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que aquí­ se regulan los titulares de explotaciones inscritos en el Registro de Explotaciones Agrí­colas de Cantabria (REA), cuyos productos resulten afectados por Resoluciones de la Dirección General de Desarrollo Rural dictadas en ejercicio de las competencias en materia de sanidad vegetal, en las que concurran alguno de los siguientes supuestos:

a) Se declare la contaminación por los organismos nocivos expresados en el artí­culo 1.

b) Se declare la no contaminación de los vegetales previamente inmovilizados por sospecha de contaminación por los organismos nocivos citados en el artí­culo 1, siempre que como consecuencia de dicha inmovilización se hubiesen producido daños en las partidas inmovilizadas, que puedan ser comprobados por los Servicios T écnicos de la Consejerí­a de Medio Rural, Pesca y Alimentación.

- Serán beneficiarios de estas ayudas quienes acrediten los siguientes requisitos:

a) Haber realizado todas las actuaciones indicadas en las Resoluciones que dicte la Dirección General de Desarrollo Rural en relación con la declaración de contaminación o probable contaminación de la explotación.

b) Estar dado de alta en los registros oficiales que en su caso le correspondan.

Documentación a adjuntar:

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Factura justificativa de los gastos realizados

La factura deberá estar expedida de acuerdo con el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación., debiendo contener:

i) Fecha de emisión y número de factura

ii) Nombre y CIF de la empresa o persona que factura.

iii) Nombre y CIF del comprador.

iv) Unidades, conceptos detallados y valores unitarios..

v) Los descuentos aplicados por la empresa vendedora, especificando los distintos conceptos.

vi) El precio neto, sin IVA.

b) Acreditación del pago de las facturas con la documentación que se especifica en el Anexo III de la presente Orden.

c) Autorización al órgano gestor para recabar los certificados de estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración y al Gobierno de Cantabria. En el caso de no autorizar a recabar tal información, deberán presentarse por el solicitante los correspondientes certificados, conforme al articulo 12 del Decreto 20/2012.

d) Declaración responsable, referente a todas las ayudas de mí­nimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el presente ejercicio que est én sujetas a reglamentos de mí­nimis, según modelo del Anexo II de la presente Orden.

Lugar presentación :

En el Registro Auxiliar de la Consejerí­a o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artí­culo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de R égimen Jurí­dico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Asimismo, podrán presentarse a trav és del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".

Órgano tramitador:

Órgano: DIRECCIí?N GENERAL DE DESARROLLO RURAL Dirección:

Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander

Tel éfono: 942 20 78 39


Oficinas de la administración

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Tel. 12

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