INSPECCIONES TÉCNICAS PREVIAS A LA MATRICULACIÓN : VEHÍCULOS MATRICULADOS PROCEDENTES DEL EEE

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Se entiende por vehículo matriculado del EEE aquel que dispone de una matrícula definitiva otorgada por las autoridades competentes de un Estado Miembro del EEE o se ha puesto en circulación, en el caso que el estado de procedencia no matricule la categoría de vehículos a la que pertenece.

El vehículo completo o completado deberá disponer bien de una homologación CE, o una homologación de tipo española, o una serie corta española, o una homologación individual española o, en el caso de estar homologado por una serie corta u homologación individual concedida por otro Estado miembro del EEE, éstas deben haber sido aceptadas previamente por la Autoridad de homologación española o, finalmente, y sólo para vehículos M1 y N1, disponer de un certificado CE de homologación de un vehículo individual. En todos estos casos los vehículos deberán cumplir con los requisitos alternativos incluidos en el Real Decreto 750/2010derivado de los actos reglamentarios indicados en la columna de nuevas matrículas del Anexo I del Real Decreto 2028/86 en la edición en vigor en la fecha de la primera matriculación en un Estado miembro del EEE o puesta en circulación, en el caso que el estado de procedencia no matricule la categoría de vehículos a la que pertenece.

Si el Órgano administrativo competente del país de origen del vehículo retirara tanto el original del permiso de circulación como la tarjeta de inspección técnica al tramitar la baja del vehículo, ambos documentos podrán ser sustituidos por fotocopias debidamente cotejadas por dicho órgano administrativo o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país de procedencia o de su representación diplomática en España.

En todos los casos se hará constar la fecha de la primera matriculación o, en su caso, de la puesta en servicio del vehículo en la tarjeta ITV tipo A que se expida, a efectos de su inclusión en el permiso de circulación y para computar su antigüedad a los efectos de la asignarles las frecuencias de inspección técnica periódica de los vehículos en España.

En caso de que la inspección documental y técnica unitaria sean favorables, el organismo competente en materia de ITV que realice la referida inspección emitirá la correspondiente Tarjeta de ITV tipo A.

Destinatarios

Todos los usuarios que deseen matricular un vehículo, al que le sea de aplicación esta normativa.

Plazo de presentación

Durante todo el año.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

DIRECTIVA 2007/46/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de septiembre de 2007 por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (D.O.C.E. L,263/1, DE 09-10-07)

REGLAMENTO (UE) N o 183/2011 DE LA COMISIÓN de 22 de febrero de 2011 que modifica los anexos IV y VI de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco) (D.O.C.E. L 53/4, DE 26-02-11)

Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos (B.O.E. Nº 236, DE 02-10-86)

Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (B.O.E. Nº 275, DE 17-11-94)

Real Decreto 1357/1998, de 26 de junio, por el que se modifica el artículo 2 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (B.O.E. Nº 158, DE 03-07-98)

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (B.O.E. Nº 22, DE 26-01-99)

Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos (B.O.E. N º 69, DE 20-03-08)

Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos (B.O.E. Nº 153, DE 24-06-10)

Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos (B.O.E. Nº 170, DE 14-07-10)

RESOLUCIÓN conjunta, de 11 de octubre de 2016, de las Consejerías de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda la adhesión al procedimiento general para el pago y presentación telemáticos de declaraciones y autoliquidaciones de tasas y precios públicos de las tasas por prestación de servicios de inspección técnica de vehículos. (D.O.E. Nº 211, DE 3-11-2016)

Efecto del silencio administrativo

Sin efecto de silencio

Impugnación ví­a administrativa

- Abono de tasas correspondientes a través del Modelo 50

  • Solicitud para la matriculación debidamente cumplimentada.
  • Justificante del pago de tasas.
  • Si la matriculación conlleva una REFORMA, se necesitará la documentación relativa a la reforma efectuada.
  • Ficha reducida particularizada para el vehículo a inspeccionar. En el caso de tratarse de una homologación individual española deberá estar sellada por el servicio técnico de homologación de tipo.
  • En el caso que el vehículo disponga de una homologación de tipo CE y del Certificado de Conformidad CE (CoC), este documento se aceptará como sustitutivo de la ficha reducida.
  • En el caso de que disponga de una homologación de tipo española o de una serie corta española, certificado emitido por el fabricante o por el servicio técnico designado por la Autoridad de homologación que acredite la correspondencia del vehículo con un número de homologación española. El certificado emitido por el fabricante puede estar incluido dentro de la ficha reducida que este haya emitido. Esta homologación se diligenciará en la tarjeta ITV tipo A.
  • En el caso de homologación individual española, resolución de la Autoridad de homologación española.
  • En el caso de homologación individual o serie corta de un estado miembro del EEE, autorización de equivalencia otorgada por la Autoridad de homologación española.
  • En el caso de homologación individual CE, Certificado CE de homologación de un vehículo individual según el modelo “D” del Anexo VI de la Directiva 2007/46/CE.
  • Original del permiso de circulación o documento equivalente del país de procedencia.
  • Original de la tarjeta de Inspección Técnica del vehículo o documento equivalente del país de procedencia.

DIRECTIVA 2007/46/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 5 de septiembre de 2007 por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (D.O.C.E. L,263/1, DE 09-10-07)

REGLAMENTO (UE) N o 183/2011 DE LA COMISIÓN de 22 de febrero de 2011 que modifica los anexos IV y VI de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco) (D.O.C.E. L 53/4, DE 26-02-11)

Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas Directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos (B.O.E. Nº 236, DE 02-10-86)

Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (B.O.E. Nº 275, DE 17-11-94)

Real Decreto 1357/1998, de 26 de junio, por el que se modifica el artículo 2 del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (B.O.E. Nº 158, DE 03-07-98)

Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (B.O.E. Nº 22, DE 26-01-99)

Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos (B.O.E. N º 69, DE 20-03-08)

Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos (B.O.E. Nº 153, DE 24-06-10)

Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos (B.O.E. Nº 170, DE 14-07-10)

RESOLUCIÓN conjunta, de 11 de octubre de 2016, de las Consejerías de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y de Hacienda y Administración Pública, por la que se acuerda la adhesión al procedimiento general para el pago y presentación telemáticos de declaraciones y autoliquidaciones de tasas y precios públicos de las tasas por prestación de servicios de inspección técnica de vehículos. (D.O.E. Nº 211, DE 3-11-2016)

Efecto del silencio administrativo

Sin efecto de silencio

Impugnación ví­a administrativa

* Cita previa ITV a través de Internet:

http://citapreviaitv.gobex.es/CitaPreviaGobExIce/Publico/Inicio.jsp

* Cita previa vía telefónica: 902 488 000

Estos números centralizados están atendidos por operadores que darán día y hora en la que pasar la revisión en cualquiera de las estaciones que solicite el usuario. El horario de atención telefónica es de 7:30 a 22:00.

* HORARIOS

- De 8,00 a 22,00 horas

De 1 Julio a 15 Septiembre:De 8,00 a 15,00 horas

Badajoz - Cáceres - Mérida - Plasencia - Villanueva de la Serena - Zafra

- De 8,00 a 15,00 horas:

Coria - Moraleja - Navalmoral de la Mata - Trujillo

* RELACIÓN DE ESTACIONES DE ITV

- ITV ALMENDRALEJO

Vereda Corona, s/n

Tel: 659 74 02 23

- ITV BADAJOZ

Pol. Ind. "El Nevero". Avda. Miguel de Fabra, s/n

06071 Badajoz

Tel: 924 01 37 06 / 07

Fax: 924 01 37 08

- ITV CÁCERES

Ctra. Nacional 630, km. 558

10195 Cáceres

Tel: 927 00 67 92

Fax: 927 00 67 95

- ITV CORIA

Ctra. Coria-Navalmoral, km. 1,5

10800 Coria

Tel: 927 01 30 92

Fax: 927 01 30 93

- ITV MÉRIDA

Ctra. Mérida-Montijo, km. 0,5

06800 Mérida

Tel: 924 00 98 00 / 01 / 02

Fax: 924 00 98 03

- ITV MORALEJA

Polígono Industrial "La Cañada", c/ Chorrerón

10840 Moraleja

Tel: 927 01 37 06

Fax: 927 01 37 07

- ITV NAVALMORAL DE LA MATA

Antigua N-V, km. 179. Zona del Goche

10300 Navalmoral de la Mata

Tel: 927 01 66 44 / 45

Fax: 927 01 66 46

- ITV OLIVENZA

Ctra. Alconchel, s/n

Tel: 924 49 29 72

- ITV PLASENCIA

Goicoechea 1. Polígono Industrial, s/n

10600 Plasencia

Tel: 927 01 78 82

Fax: 927 01 78 83

- ITV TRUJILLO

Polígono Industrial "Las Dehesillas"

10200 Trujillo

Tel: 927 02 76 16 / 17

Fax: 927 02 76 18

- ITV VILLANUEVA de la SERENA

Polígono Industrial "La Barca", s/n

06700 Villanueva de la Serena

Tel: 924 02 19 38 / 37

Fax: 924 02 19 37

- ITV ZAFRA

Polígono Industrial "Los Caños", s/n

06300 Zafra

Tel: 924 02 99 76 / 77

Fax: 924 02 99 78

* Calendario Estaciones Móviles ITV:

http://fomento.gobex.es/fomento/live/informacion-ciudadano/itv/calendario-itv-movil.html

í?rgano gestor

D. GRAL. DE TRANSPORTE
AVDA.DE LAS COMUNIDADES S/N
06800 MERIDA
dgtrans.marpat@gobex.es
924332041

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.