PREMIOS 'TOMÁS GARCÍA VERDEJO' A LAS BUENAS PRÁCTICAS EDUCATIVAS

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Convocar los “Premios Tomás García Verdejo” a las buenas prácticas educativas en centros educativos sostenidos con fondos públicos, de niveles previos a la universidad, de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2015-2016.

El objeto principal de estos premios es reconocer, destacar y dar visibilidad a la trayectoria de aquellos centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos que se han distinguido por sus buenas prácticas y por el esfuerzo compartido de la comunidad educativa enla búsqueda de la mejora de la educación y que, habiendo innovado y experimentado nuevosenfoques, puedan orientar e inspirar a otras comunidades educativas en su deseo de mejorar sus actuaciones.

Destinatarios

Centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial, que hayan desarrollado, individual o conjuntamente, planes y actuaciones dirigidos a la mejora y desarrollo de la calidad y equidad de la educación.

No podrán participar los centros educativos con los trabajos premiados en cualquier otra convocatoria, ya sea pública o privada.

Plazo de presentación

Año 2016: desde el 7 al 24 de mayo, ambos inclusive.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Solicitud de participación centros concertados (Anexo I-B)

Solicitud de participación de centro públicos (Anexo I-A)

Decreto 191/2012, de 21 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria para el curso académico 2011-2012 (D.O.E. nº 188, de 27-09-2012)

Orden de 28 de abril de 2016 por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2015-2016 (DOE Nº 86, de 07-05-2016)

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el DOE.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso potestativo de reposición.

* Características de las memorias.

1. La memoria de la actuación o actuaciones llevadas a cabo ocupará un máximo de 30 páginas (35 con los materiales complementarios y los anexos), numeradas y redactadas a una cara, en tamaño A4, con un interlineado doble y utilizando el tipo de letra Arial, tamaño de 12 puntos. Si se presentasen más páginas, las adicionales no se tendrán en cuenta en la evaluación, pertenezcan a la memoria, a los anexos o a los materiales complementarios.

2. La memoria comprenderá las siguientes secciones:

a) Portada (incluyendo título de la memoria, modalidad de participación y datos básicos del centro).

b) Índice (con paginación).

c) Relación completa del profesorado participante, o representantes de otros sectores educativos, indicando nivel educativo, cargo y responsabilidad.

d) Descripción completa de las actuaciones que se han desarrollado, en la que se incluya:

— Punto de partida, justificación de las mismas y objetivos, teniendo en cuenta la realidad y necesidades del centro y de su entorno.

— Acciones, procedimientos y recursos que se han puesto en práctica para desarrollar las actuaciones, señalando con claridad los ámbitos en los que se ha actuado, la temporalización, el plan de seguimiento y la evaluación, así como las medidas emprendidas para dar visibilidad y difundir la experiencia.

— Implicación de la comunidad educativa y del entorno del centro en las actuaciones llevadas a cabo: del profesorado, del alumnado, de las familias, de otro personal e instancias externas al centro (instituciones y entidades colaboradoras), que han participado en su planificación y desarrollo.

— Valoración de los resultados y beneficios obtenidos.

— Proyectos de actuación para el futuro, como consecuencia del trabajo realizado.

— Cualquier otra información que se considere necesaria.

* Modalidades de los premios y cuantía.

1. Se establecen las siguientes modalidades de premios, regidos por el principio de concurrencia competitiva, y siempre dentro del crédito disponible:

a) Modalidad A:

Cinco premios, de 3.000 euros cada uno de ellos, para centros educativos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial, de los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros concertados.

b) Modalidad B:

Cinco premios, de 3.000 euros cada uno de ellos, para centros educativos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial, de los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros concertados.

2. La valoración de propuestas y adjudicación de los premios se efectuará de forma independiente para centros públicos y para centros privados concertados, sujetos a los mismos criterios de valoración establecidos.

3. El importe de cada premio deberá destinarse al fomento y desarrollo de actuaciones educativas, según establezca el Consejo Escolar del Centro.

4. Si resultase premiado un proyecto o práctica educativa realizada conjuntamente por dos o más centros, su importe se repartirá a partes iguales entre ellos.

5. A propuesta del órgano de valoración de las solicitudes, se podrán conceder menciones honoríficas para aquellos centros que, no habiendo obtenido premio, hubieran destacado con su trabajo en la valoración realizada.

6. Si por cualquier razón, en alguna de las modalidades no se otorgasen todos los premios posibles, el órgano valorador de las solicitudes podrá proponer que los premios no concedidos en una modalidad se transformen en premios de la otra modalidad.

7. Los premios podrán declararse desiertos.


Las solicitudes se presentarán en modelo oficial, Anexo I-A o Anexo I-B para centros públicos y concertados respectivamente, suscritas por el director del centro y acompañadas de la siguiente documentación:

a) Certificado de la Secretaría del centro, de participación en los Premios, conforme al Anexo II.

b) Memoria del trabajo en soporte papel e informático (en formato Open Document–OpenOffice y en formato PDF).

Formularios de solicitud

Solicitud de participación centros concertados (Anexo I-B)

Solicitud de participación de centro públicos (Anexo I-A)

Anexos

Certificación de participación (Anexo II)

Certificación justificación de gastos (Anexo III)

Decreto 191/2012, de 21 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se realiza la convocatoria para el curso académico 2011-2012 (D.O.E. nº 188, de 27-09-2012)

Orden de 28 de abril de 2016 por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2015-2016 (DOE Nº 86, de 07-05-2016)

Consejero/a

Plazo normativo para resolver

Plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el DOE.

Efecto del silencio administrativo

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Recurso potestativo de reposición.

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í?rgano gestor

SECRETARíA GENERAL DE EDUCACIí?N
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